(del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)
TRAMPAS EN EL
COMERCIO DEL VINO DE JEREZ (1582).-
Las botas de vino de Jerez que estaban marcadas con el escudo de Jerez siempre habían sido sinónimo de fiabilidad y rigor comercial (lineas 20-21: “que solía ser la más cierta medida que había en España), pero el historiador del vino Manuel María González Gordon, en su conocido y preciado libro “Jerez-Xerez-Scheris. Noticias sobre el origen de esta ciudad, su historia y su vino” (Jerez, 1935), escribió un interesante pasaje (abajo reproducido) acerca de cómo en el último tercio del s. XVI los comerciantes extranjeros (ingleses, irlandeses, bretones…) se quejan de un posible falseamiento de la capacidad de las botas de exportación (que habían venido siendo de una medida de 30 arrobas) del vino de Jerez.
El cónsul inglés
que canaliza las protestas y que escribe al concejo es muy cuidadoso con los
jerezanos y matiza diciendo: “las botas que vinieren de Cadiz e del Puerto e /
Sanlúcar que tienen en esta dicha ciudad y comarcas / [30- mandar fazerlas ?
visitar porque son] / de menos cuantía que las de Xerez y se cargan / por botas
de Xerez e entiendo que la mayor parte del / 33- yerro desto va en ellas…”
Hoy reproducimos
aquí el documento original conservado en las actas capitulares del Archivo
Municipal de Jerez (cabildo de 3 de septiembre de 1582) que González Gordon
comenta y transcribe en la obra citada (aunque nosotros hemos añadido las
barritas tendidas, el número de los folios de las AC y la numeración de las
líneas para, en alguna medida, facilitar la lectura de tan intrincada grafía):
Manuel Mª González
Gordon (op. cit.):
“En Inglaterra, en aquella fecha y aún antes, había ya Compañías de Importadores, como lo indica un curioso documento, acta del Cabildo Jerezano celebrado el 3 de Septiembre de 1582; en este acta se copia la siguiente petición de un Cónsul inglés, Sr ... (Huntington ?):
fº 352v.:
1- Hoy dia de la fecha recibí una carta de Inglaterra del Pre- / sidente de la Compañía, de todos los señores / 3- que tratan en estos reinos señoríos de España, en la cual / me escriben que todos los mercaderes de Inglaterra,/ y de Irlanda é Bretaña que tratan en vinos en esta ciudad / 6- de Xerez que se hallan muy agraviados diciendo que las / botas de Xerez solían tener treinta arrobas / de vino cada bota, que siempre fué así las que estaban / marcadas con la marca de Xerez, y agora / hallan que faltan en algunas botas dos arrobas / de vinos, en otras dos y media, y, si hay algunas / 12- que tengan su medida cumplida, cuatro hay que no /la tienen.
La dicha Compañía y yo en su nombre, / como Cónsul que soy de la dicha nación, suplico a V. S. / 15- manden llamar los oficiales y oficios que tienen a cargo / dicho oficio y ordenen de manera que se ponga remedio / en ello, porque así conviene a la honra de la / 18- dicha ciudad é provecho de la comunidad / y contratación de ella, por ser tan antigua / como es el dicho trato que solía ser la más cierta / 21- medida que había en España, si V. S. fueren servido de mandar que las dichas botas se visiten / hallarán la dicha falta que dicha es [la respuesta / 24- desta carta.]
Suplico a V. S. manden que se hagan, porque conste / al dicho Presidente e Compañia de las diligencias que sobre / ello sea fecho e lo que esté proveido por V. S. / 27- y asimismo V. S. mandarán requerir / las botas que vinieren de Cadiz e del Puerto e / Sanlúcar que tienen en esta dicha ciudad y comarcas / [30- mandar fazerlas ? visitar porque son] / de menos cuantía que las de Xerez y se cargan / por botas de Xerez e entiendo que la mayor parte del / 33- yerro desto va en ellas y espero de la respuesta / acerca de lo dicho. Nuestro Señor las muy ilustres / personas guarde muchos años…
fº 353r.:
40- E siendo
leida, se acordó por su señoría / que se remita al señor Corregidor e
caballeros / 42- diputados, para que se responda en todo / lo que conviene e se
debe facer>>”