miércoles, 30 de diciembre de 2020

Memorias xerezanas s. XV (XIV)

bien sabedes en como por otra mi carta vos enbie desir que estando ayuntados conmigo en Valladolid, este anno de la data desta mi carta la rreyna donna catalina mi madre e mi señora e el Infante don ferrando mi tío, mis tutores e regidores d ellos mis regnos e algunos de los perlados e condes e rricos-omes e cavalleros e escuderos e los procuradores de las çibdades e villas e lugares de los mis rregnos les fue mostrado en como para conplir las cosas que eran nesçesarias para la guerra que yo he con los moros enemigos de la fe, a la qual si dios plugiere a de ir el dicho Infante, mi tío, lo más poderosamente que ser pudier que eran menester muy grandes contias

fº 125:

demaravedís demás de los maravedís que sobraron del pedido e monedas que yo mande coger el anno que paso de mil e quatroçientos e ocho annos; por la qual rrason todos en concordia otorgaron que para la dicha guerra me diesen este dicho anno en monedas e en pedidos quarenta cuentos de maravedís esto dicen prestos que en tanto que se ygualavan los rrepartimientos del dicho pedido deste dicho anno porque se desagranjasen los que estaban agranjados que acordaran con la dicha rreyna mi madre e mi señora e con el dicho Infante, mi tio, e con los del mi conçejo de mandar coger luego la meytad de los dichos veinte cuentos de maravedís segund todo esto e otras cosas en la dicha mi carta que sobre esta rrason vos fue enviada de contiene= E agora sabed que yo mande fase rrepartimiento de todos los dichos veinte cuentos de maravedís por todas las çibdades e villas e lugares de los dichos mis rregnos por la mejor via e manera que se pudo rrepartir; e porque los unos non fuesen mas agranjados que los otros en el qual dicho rrepartimiento copo a pagar a cada uno de vos los dichos conçejos en esta mi carta contenidos las contías e maravedís que aquí dira en esta guisa.

A vos el conçejo de la dicha çibdat de Sevilla e de las villas e lugares de vuestra tierra syn los oficiales e menestrales de las mis taraçanas de la dicha çibdat e de la casa de la moneda e del alcazar de la dicha çibdat e de la casa de la moneda e del alcazar de la dicha çibdat

Fº 126r.:

E de los cómitres e barqueros que en la dicha çibdat se suelen franquear e en la dicha su tierra sieteçientos e noventa e un mil e sieteçientos maravedís…

E a vos el concejo de Cantillana doce mil e çiento e ochenta naravedis

E a vos el concejo de villa verde dos mil e treynta maravedís

E a vos el cncejo de brenes dos mil e ocho çiento e quarenta maravedís

E a vos el concejo de umbrete con aguaçul e aguaçulejo mil e veinte maravedís

E a vos el concejo de rriançuela quinientos e diez maravedís

E a vos el conçejo de çalamea quatro mil e ochoçientos e setenta maravedís

E a vos el conçejo de almonaster tres mil e cientos e noventa maravedís

E a vos los conçejos de gandul e marchenilla tres mil e syeteçientos maravedís

E a vos el conçejo de castilleja del maestre de alcantara tresientos maravedís

Fº 127:

E a vos el conçejo de chusena ocho cientos e veyntes maravedís

E a vos el conçejo de arracena çiento veyntes maravedís

E a vos el conçejo de torralva treçientos e sesenta maravedís

E a vos el conçejo de Purchena seysçientos e veinte maravedís

E a vos el conçejo de nucres seys mil e syeteçientos maravedís

E a vos el conçejo de gatos tres mil e setecientos maravedís

E a vos el conçejo de villanueva del aliscar diez mil e tresyentos maravedís

E a vos el conçejo de estercolinas seys mil maravedís

E a vos el conçejo de tomares quinientos e veinte maravedís

E a vos el conçejo de Gelves cinco mil e cientos e quarenta maravedís

E a vos el conçejo de castilleja de talhara seys mil e cientos e ochenta maravedís

E a vos los conçejos de algava e alaras dies e seys mil e quatroçientos e ochenta maravedís

E a vos el conçejo de sanctiponce mil e nueveçientos e veinte maravedís

E a vos el conçejo de gines dos mil e siete-

Fº 128:

Cientos e sesenta maravedís

E a vos el conçejo de carrion de los ajos tres mill e dozientos e ochenta maravedís

E a vos el conçejo de rrobayna dos mil e quatroçientos e setenta maravedís

E a vos el conçejo de dos hermanas mil e cientos e quarenta maravedís

E a vos el conçejo de la çibdat de xeres con ceruenna çiento e treinta e tres mil e dozientos e setenta maravedís

E a vos el conçejo de solucar de Barrameda treynta e nueve mil e çiento e cinquemta maravedís

E a vos el conçejo del puerto de santa maría veinte e dos mil e çiento e cinquenta maravedís

E a vos el conçejo de rrota honse mil e çiento e sesenta maravedís

E a vos el conçejo de trebuxena mil e quinientos e veinte maravedís

E a vos el conçejo de alventos seysçientos e diez maravedís

E a vos el conçejo de cadis cinco mil e setenta maravedís

E a vos el conçejo del copero treçiento e sesenta maravedís

E a vos el conçejo del rrencon de ferrand yvannes mil e quiniento e veinte maravedís

Fº 129:

E a vos el conçejo de santa maría de guadañar seysçientos e diez maravedís

E a vos el conçejo de la villa de Carmona sesenta mil e nueveçientos maravedís

E a vos el conçejo del viso cinco mil e quatroçientos maravedís

E a vos el conçejo de la monelva quinientos e cinquenta maravedís

E a vos el conçejo de la canpana treçientos maravedís

E a vos el conçejo de fuentes dos mil e quinientos e quarenta maravedís

E a vos los conçejos de la villa de niebla e torrezilla e fircania e cabannas e el alcaria de juan peres e veas e trigueros e lucena e el portezuelo e bonares e rrocayna e nabares e el alosno, vuestros lugares, quarenta e cinco mil e seiscientos e setenta maravedis

E a vos el conçejo de gibraleon dies e syete mil e dozientos e cinquenta maravedís

E a vos el conçejo de lepe dies e ocho mill e dozientos e setenta maravedís

E a vos el conçejo de aymonte mill e quinientos e veinte maravedís

E a vos el conçejo de la rredondela sietecientos e dies maravedís

E a vos el conçejo de huelva dies e seys mill e dozientos e quarenta maravedís

Fº 130

E a vos el conçejo de moguer treynta mil e quatroçientos e cinquenta maravedís

E a vos el conçejo de almonte trese mill e quinientos maravedís

E a vos el conçejo de Bollullos nueve mil e syeteçientos e quarenta maravedís

E a vos el conçejo de la palma diez e ocho mil e dozientos e setenta maravedís

E a vos el conçejo de villalva quince mil e dozientos e veinte maravedis

E a vos el conçejo de la çibdat de ecija noventa e uno mil e trezientos e cinquenta mrs.

E a vos el conçejo de marchena nueve mil e çiento e treinta maravedís

E a vos los conçejos de lora e setefilla dies e seys mill e dozientos e quarenta mrs.

E a vos el conçejo de alcolea tres mil e quarenta maravedís

E a vos el conçejo de tisyna quatro mil e dozientos e sesenta maravedís

E a vos el conçejo de gelos mill e ochoçientos e treinta maravedís

E a vos el conçejo de benacaçon mil e quatroçientos e treinta maravedís

Porque vos mando que vista esta mi carta, o el dicho su treslado signado como dicho es, que luego en junta sin otro detenimiento, nin tardança,

Fº 131:

Alguna, rrepartades entre vos otros los dichos maravedís aquí contenidos que asi vos caben a pagar en todo el dicho pedido de los dichos veinte cuentos por todas las personas de las dichas çibdades e villas e lugares aquí nombrados, asy esentos como no esentos, salvo clérigos de misa e de orden sacra; en tal manera que los fagades luego coger e los dedes e paguedes a niculas martines de Sevilla, min contador mayor de las mis cuentas e mi thesorero mayor del dicho pedido e monedas o al que lo oviere de rrecabdar por el del dia que vos esta mi carta o el dicho su treslado sygnado como dicho es vos fuer mostrada fasta diez días primeros siguientes. E de lo que le dierde e pagardes al dicho niculas martines, mi tesorero, o al que lo oviere de rrecabdar por el, tomad su carta de pago, e con esta mi carta e con el dicho treslado sygnado como dicho es, mando que vos sean rreçebidos en cuenta. E los maravedís que avedes pagados en el dicho medio pedido de los dichos diez cuentos de maravedís que vos mande pagar este dicho anno, segund dicho es, descontad los de los maravedís que en esta dicha mi carta vos enbio mandar que agora paguedes ca mi merçed es que por esta mi carta nin por la otra en que vos enbie mandar pagar lo que vos copo en el rrepartimiento de los dichos cuentos que non paguedes mas de los maravedís que en esta dicha mi carta se contienen. E los unos e los otros non fagades ende al por alguna manera, so pena de la mi merçed e de diez mill maravedís a cada uno de vos para la mi cámara. E demás sed çiertos que si algún dapno o deservicio me vinier por vos

Fº 132:

Lo non conplir luego segund que en esta dicha carta es contenido que a vos e a vuestros bienes me tornaré por ello. E de como esta mi carta vos fuer mostrada, o el dicho su treslado sygnado como dicho es, e los unos e los otros la cunplierdes, mando so la dicha pena a qualquier escrivano publico que para esto fuer llamado, que de ende al que vos la mostrare testimonio signado con su signo, porque yo sepa en como conplides mi mandado, dado en la çibdat de palençia catorce días de desienbre, anno del nasçimiento del nuestro salvador ihesuchristo de mill quatroçientos e nueve annos=

Todo atado y bien atado...

Un vídeo que también lo dice todo de la historia de España más 
reciente:

Anales de Xerez (XI) (BNE, MS. 17.982)

Fº 23r.:

Los regidores y jurados que eran el año de mil y cuatrocientos y nueve e mil y cuatrocientos y diez.

Regidores.

Alfonso Fernández de Vargas, y fue alcalde mayor.

Lorenzo Fernández de Villavicencio, y era alcalde mayor.

Alfon Núñez de Villavicencio.

Fernán González de Vargas.

Alvar García de Vanades.

Pero Fernández Pezaño.

Pero Dias de Villanueva.

Pero García de Natera.

Diego Rodríguez de Nuncibay.

Alfonso Fernández de Valdespino.

Sancho García de Vargas.

Álvar Núñez Cabeza de Vaca.

Juan Sánchez de Vi[ñ]ana.

Juan Ruiz de Torres.

Jurados.

Juan Esteban de Trujillo.

Juan Esteban de Cuenca.

Juan Esteban de Valdespino.

Fº 23v.:

Juan Esteban Torrecilla.

Juan Oras.

Juan González.

Pero Fernández.

Pero Alonso de Jaina.

Fernan Gil de Aroche.

Francisco Martín.

Antón Martín.

Antón Martín de Busto.

Pascual Gil.

Alonso Martínez de Trujillo.

Benito Sánchez de Perales.

Alfonso Ximenez.

 

Memoria de judíos y confesos.

En año de MCCCCLXXXI señaló Juan de Rob[les] con los diputados del cabildo la sinagoga a los judíos desta cibdad.

En año de MCCCCLXXXV vino un man[da]miento del rey contra los bienes de los confe[sos] condenados desta cibdad.

Asimesmo en el año de MCCCCLXXXI vino un mandamiento para secrestar ciert[os] caballos y machos porque se querían au[men]tar.

Fº 24r.:

Estando por alcaide en Arcos por el rey don Juan Diego de Zurita, al principio del mes de enero del año de mil e cuatrocientos y treinta y ocho, los moros de Ronda y su cabecera juntó toda la sierra y determinó de venir a correr a tierra de Arcos, y armóles una celada, y como los moros entraron, los de Arcos salieron como siempre lo hacían y revolviéronse con los moros y comenzaron a pelear como otras veces, y andando peleando salió la celada de los moros y desbaratáronlos muy dañosamente que mataron muchos y prendieron veinte principales, entre los cuales fue el dicho Diego de Zurita; y luego que esto fue fecho, fue a la dicha villa de Arcos por alcaide Hernando Alonso de Zurita, su hermano, , el cual vino a Jerez para tratar que dejasen andar los ganados de los vecinos de Arcos por el término desta cibdad, porque no tenían quien los mamparasen si los moros entraban por el perdimiento que había habido en cierto recuentro que obieron con los moros, porque todos los más eran muertos y cativos. Vino al cabildo el dicho Fernando Alonso de Zurita, sábado ocho días de marzo

Fº 24v.:

De MCCCCXXXVIII años.

Fernando de Zurita. Em viernes veinticuatro de enero de MCCCCLXVI años Fernando de Zurita pr[e]sentó una carta del rey, la cual no se registró, pero por los votos de los veinticuatro[s] se supo lo que era, y era de ciertas mercede[s] que el rey le hacía, y principalmente de [la] correduría mayor desta cibdad, de la cual provi[sión] suplicaron della, y le concedían la correduría si se dejase de lo otro, y no quiso. Y lueg[o] en trece de marzo deste año Alfonso de Ç[ea] en nombre del dicho Fernando de Zurita req[ui]rió con la dicha carta, y suplicaron algún[os] y otros lo recibieron.

Francisco de Zurita. E luego en miércoles ocho de mayo de MCCCCLXVI paresció Francisco de Zuri[ta] en el dicho cabildo desta cibdad, siendo alcalde[es] mayores Juan de Ferrera y por él Pedro de Ferrera y Jedeón de Hinojosa y por él Ju[an] Gaitán, y el dicho Francisco de Zurita, fijo [de] Diego Fernando de Zurita, y dio cuenta a los alcaldes mayores y a los que estaban [en] su lugar como Hernando de Zurita, su herm[ano] legítimo, era fallecido sin herederos forzosos y q[ue] a él, como su pariente más propinco, le pert[e]nesce el oficio de veinticuatro por virtud de la confirmación que el rey don Enrique ha[bía]

Fº 25r.:

Fecho a esta cibdad del previllejo de Tarifa, el cual se contenía que heredasen los oficios los parientes más propincos no teniendo hijos; el cual confirmó así mismo el rey don Alfonso en el tiempo que tuvo título de rey todo lo presentó, por virtud de lo cual le dieron la posesión del dicho oficio. Está en los libros del cabildo deste dicho año susodicho.

(Faltan aquí algunas hojas en el original)

Otro servicio muy grande que los caballeros e vecinos desta villa hicieron en la toma de Ximena la primera vez, como da testimonio dello Juan Román, escribano público y del cabildo desta cibdad al rey, e la ganar y sustentar con gente e mantenimiento, como se verá por la fe que da dello el dicho escribano que es esto que se sigue.

Dice que se llegaron en las casas del cabildo viernes nueve días de marzo, año de MCCCCXXXI AÑOS, Gonzalo Núñez de Villavicencio e Juan García de Natera, regidores y alcaldes mayores desta cibdad, y Nuño Fernández de Villavicencio, alguacil mayor, e de los otros regidores desta

Fº 25v.:

Cibdad Fernando de Zurita e Fernando de Villavicencio e Alonso de Vanades; e de los jurado[s] Guiraldo Gil e Diego González e Juan López e Francisco López e Alonso García, e dio fe Ximeno Martínez, portero, que había sido llamado por mandado de los dichos alcaldes, [e] los otros regidores que en esta cibdad están [por] venir, e para que viniesen hoy a estar a [__] cabildo.

Veno Pero García de Herrera, mariscal, a [__] cabildo e dijo que él sabía por un moro qu[e] había traído de tierra de moros Juan viud[o] adalid, que mucha gente de moros estaba a[__]gada en Ximena del reino de Granada pa[ra] correr a esta tierra, e porque creía que [__] entrando para aquí que él por servicio d[e] nuestro señor el rey entendía hoy partir d[esta] cibdad con la gente que aquí por el dic[ho] señor rey fuese guardado e que para e[llo] era menester que Xerez le diese le diese ciento e [cin]cuenta omes de caballo, buenos omes e bie[n] armados, e docientos e cincuenta omes d[e] pie, buenos mancebos, que fuesen los [__] ballesteros. E mandó que lo fagan por

Fº 26r.:

Servicio del rey e por virtud de la creencia que de él tiene, que luego le diesen la dicha gente de caballo e de pie para que fuesen con él e partiesen desta cibdad hoy, e finalmente les mandó que si luego non pudiesen partir, que partiesen en la noche e de mañana en amaneciendo, y que se diesen priesa e fuesen con él lo más temprano que se pudiese en el alcornocal de camino de Alcalá d ellos Gazules.

Otrosí, dijo el dicho mariscal que porque él se entendía y tenía por averiguado e sabía la gente de los moros cuánta es, que eso mesmo decía e mandaba de parte del dicho señor rey por la dicha creencia a los dichos alcaldes e alguacil e regidores e jurados, que luego salgan con el poder e pendón desta dicha cibdad el lunes primero que viene e esté cerca de él donde él fuese, porque si cumpliesen lo acorriesen, e que lo cumpliesen e ficiesen todo así, so las penas que el señor rey manda por su carta, e de privación de los oficios que han e de confiscación de todos sus bienes para la cámara del dicho señor rey, de que pidió testimonio a Juan Román, escribano público. E eso mesmo le pidieron por testimonio los dichos alcaldes e Alonso de Vanades.

E luego el dicho Alonso de Vanades

Fº 26v.:

dijo que sería bien que los otros regidores viniesen porque se dijese e supiere…

(falta también alguna hoja en este sitio del original)

Año de MDXX años.

dellas ayudar e socorrer a la dicha cibdad de Xerez a facer todo lo que le dijeren que conviene para el bien della. Por ende por la presente os mando que del día que esta mi carta os fuere mostrada en adelante estéis todos apercibidos a punto de guerra, por que cada e cuando vierdes carta del dicho mi alcaide en que os envíe a decir que vais a os juntar con él, porque la dicha cibdad de Xerez le escripto que vaya para que así lo hagáis, e juntos con él vais a facer todo lo que a la dicha cibdad cumple e que de su parte os fuere dicho en mandado, lo cual os mando que así fagais e cumpláis, so pena de privación de los oficios e de 10.000 maravedíes para mi cámara a cada uno que lo contrario hiciese. Fecho en Sevilla a 3 de octubre de 1520 años. El Duque. Por mandado del duque, Antonio Gallego.

Fº 27r.:

“Concejo, corregidor, justicia mayor, alguacil y los trece regidores e jurados, caballeros, escuderos, oficiales, omes buenos de mi villa de San Lucar de Barameda, sabed que por conservar e acrecentar el mucho amor e antigua amistad que tengo e mis antepasados tuvieron con la muy noble e muy leal cibdad de Xerez de la Frontera, conosciendo como conozco el mucho celo e voluntad que los vecinos e moradores della e principalmente la justicia e regimiento que la gobiernan, han tenido e tienen de seguir en todo el servicio de la reina e rey su hijo, nuestros señores, con la lealtad que se debe seguir, mi voluntad es que acudan a esta cibdad.

E presentada la dicha carta e mandamientos el dicho alcaide Francisco de Espíndola pidió e requirió a mí el dicho escribano que de la presentación que hacía e de lo que los dichos señores a ello dijesen e respondiesen e sobre ello ante mí pasase, le diese testimonio en púbica forma.

Todos los señores 24º fueron en una cosa teniendo en gran merced a su señoría la carta y favor que da a esta cibdad, y que se le responda.

Leonís Adorno y Francisco Adorno, su hijo, 24º, dijeron que ellos son en que

Fº 27v.:

se responda al sr. Duque de Medina la poca necesidad que esta cibdad tiene de socorro, e que se tenga en merced a su señoría su voluntad. E que en lo demás de pregón que requiere al señor corregidor e a esta cibdad que no se pregone la dicha merced.

El dicho señor corregidor don Pedro Manrique de Lara dijo que besa las manos de su señoría por el cuidado que muestra en servicio de sus católicas majestades, e en lo demás que su merced con los diputados de proveerá lo que se ha de responder.

(Faltan hojas en el original)

Debe e el dicho señor rey le manda facer luego el dicho Esteban juró sobre la señal de Christus e por los santos evangelios en forma de derecho de guardar el servicio del dicho señor rey e los previlegios e usos e costumbres desta cibdad e el ____ de los fechos del cabildo.

Por virtud del apercibimiento que el rey manda facer como está dicho luego en miércoles adelante 26 días del dicho mes de marzo a hora de vísperas el

Fº 28r.:

Corregidor Pedro de Tapia mandó apregonar lo que se sigue.

“Por cuanto el rey nuestro señor mandó apercibir toda la gente desta cibdad, así de caballo como de pie, que estuvieren prestos e aparejados para ir donde y cuando su merced mandase o el corregidor desta cibdad en nombre de su alteza gelo mandaba, según que por esta cibdad fue mandado pregonar.

Por ende de parte del señor rey manda el corregidor que ninguna ni algunas personas de cualquier estad e condición que sean, de los vecinos e moradores e estantes e fijos de vecinos desta cibdad non sean osados de ir a parte alguna fuera desta cibdad ni de sus términos a llamamiento de señor alguno nin de otra persona alguna, nin se cojan para ir al tal llamamiento, porque si el dicho señor rey por esta cibdad enviare, todos puedan ir a su llamamiento a facer las cosas que a su servicio sean, so pena que cualquier que fuese al tal llamamiento del tal señor o de otra cualquier persona, que por el mismo fecho hayan perdido e pierdan el caballo e caballos e armas que toviere, e más que pierda la tercia parte de todos sus bienes, los cuales

Fº 28v.:

Dese agora para entonces sean confiscados e confisca para la cámara e fisco del dicho sr. Rey. Pero si algunos dicen o dijeren que tienen tierras o acostamientos de algún señor o de otras personas, que parescan ante el dicho corregidor e si fallaren que es verdad e que van en servicio del dicho señor rey, les dan licencia para ello”

Y luego otro día jueves 27 de marzo deste año fue apregonado que por  [es]to el corregidor fizo pregonar que ninguno nin algunas personas non vendiesen caballos a ___ de fuera parte so ciertas penas que agora afirmando lo sobredicho manda el dicho corregidor que ninguno nin algunas personas de cualquier estado o condición que sean, non vendan caballo ni caballos alguno a otro o a otras personas así de la cibdad como de fuera della, so la pena de perder el caballo o caballos que así se vendieren e los maravedíes por que los vendieren.

Y luego adelante sábado 30 deste dicho mes de marzo, el dicho corregidor fizo pregonar e fue pregonado por todas las calles e ____ desta cibdad esto que se sigue:

“Manda el corregidor Pedro de Tapia por cuanto es cumplidero al servicio del rey

Fº 29r.:

nuestro señor de saber la gente de caballo desta cibdad desta cibdad que para el domingo primero que viene, que será día de Ramos, que todos los caballeros de contía e de gracia desta cibdad e otras cualesquier personas que tovieren caballos vaya a facer alarde con sus caballos e armas los que cada uno toviese al camino de la torrecilla, donde se acostumbraba facer los alardes desde mediodía adelante en manera que a la una después de mediodía sean todos en el dicho lugar con sus caballos e armas, so pena de seiscientos maravedís para los reparos de los muros e torres e alcázar desta cibdad a cada uno, e que ninguno nin algunas personas non fagan alarde con caballos agenos so pena de lo perder. E que idos al dicho lugar se aparten los vecinos e moradores de cada collación con los jurados della sobre sí”.

Habiendo pasado todo lo susodicho el mandamiento que envió a decir que acudiesen al conde don Juan para dar el socorro a aquel rey moro y los apercibimientos que el corregidor mandó facer en esta cibdad, paresce que no fue menester aquel socorro que el rey quería dar a aquel moro, y mudó la voluntad y tomó otro propósito de querer

Fº 29v.:

él hacer la guerra en persona a los mor[os], lo cual lo proveyó lo cual lo proveyó de la manera que se s[igue].

MCCCCLV años se llegaron a cabildo el cor[re]gidor Pedro de Tapia y de los regidores e jurados algunos. Y estando en el dicho cabildo vino un e[__] que dijo que había nombre Nuño de Arébalo, [y] mostró e presentó una carta del rey nuestr[o] señor, escripta en papel, firmada de su nom[bre] e sellada con su sello de la poridad de ce[ra] colorada en las espaldas, que luego fue lei[da] e su tenor es este que se sigue.

“Don Enrique, por la gracia de Dios, [rey] de Castilla, de León, de Galicia, [de] Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaén, del Algarbe e de Algecira, señor de Vizca[ya] e de Molina. Al concejo, corregidor, alcal[de], alguacil, regidores, caballeros, escuderos e omes buenos de la cibdad de Xerez de la Frontera, e a cualquier o cualesquier [de] vos a quien esta mi carta fuere mostr[ado] o el traslado della signado de escriban[o] público, salud e gracia. Sepades que po[r] algunas cosas muy conplideras a servicio [de] Dios e a bien de la cosa públic[a] de mis reinos, es mi merced que todos [estén]

Fº 30r.:

Prestos e apercebidos, los caballeros e escuderos con vuestras armas e caballos, e los peones  con vuestras armas e escudos e lanzas e ballestas para que cada e cuando vierdes otra mi carta, porque vos mando que lo fagades e cumplades así, e así mismo tengades prestos e aparejados los más mantenimientos que ser pueda, por cuanto yo con la ayuda de Dios entiendo ser allá prestamente. E que non saquedes nin consintades sacar de la dicha cibdad e su tierra pan ni otros mantenimientos algunos para otras partes, so pena de los cuerpos e cuanto han, porque los dichos mantenimientos serán necesarios para las gentes que conmigo van. E en tanto non fagades nin consintades facer guerra nin males nin daños en el reino de Granada, certeficando vos que los que lo contrario ficiéredes a vuestras cabezas e bienes me tomaré, porque así cumple a mi servicio. E los unos nin los otros non fagades ende al por alguna razón ni manera, so pena de la mi merced e de privación de los oficios e de confiscación de los bienes de los que lo contrario

Historia de Jerez (MS., Tomás Molero, 1786, III)

 

Midrático, Mercader Fenicio, por haber pasado el primero a España, recivió el honor del Famoso y divino nombre de Hércules, que significa hombre de gran valor y esfuerzo ([1]), y por tradición antigua de los Gaditanos su viaje fue muy anterior a los de los Tirios, fundadores de Cádiz ([2]), cuya tradición se conserva en fenicio, porque hablando Estrabón de los viajes antiguos, de que se informó Homero en aquel pays, en primer lugar hace mención de la derrota a España de aquel negociante antiguo, y en

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segundo lugar trata de los viajes de los demás Fenicios ([3]) y habiendose hecho estos en el siglo décimo quinto, se sigue que el primer viaje de Midrático, llamado después Hércules, precedió un siglo a los otros, que fue el décimo quarto antes de la Hera Christiana.

En efecto, en el expresado siglo décimo quinto, antes de la Era citada, habiendo llegado el tiempo de que tubieran su cumplimiento las promesas de Dios hechas con juramento a Abram ([4]), de que la posteridad de este Patriarca devía entrar en la posession de la tierra de Caanan, o de Fenicia: Josué conductor del Pueblo escogido los introduxo Espada en mano y se apoderó de una gran parte de aquella Provincia y de varios terrenos confinantes. Los antiguos moradores, atónitos y espantados de las victorias de los Ysraelitas, y estrechados en un rincón de sus antiguas posesiones, para consolarse en sus pérdidas no tenían otro recurso sino el de buscar medios para estenderse en otros lugares donde se pudieran establecer: y como con las frecuentes Navegaciones habrían adquirido el conocimiento de la mayor parte del mundo, no ignorando quales eran los más ricos y a propósito para el comercio y más fácil de ser ocupados, pusieron sus miras a los últimos confines del Africa y de España con ánimo quizás no solo de asegurarse de las Victoriosas Armas de Josué, sino de estender su Comercio dominando en el Me-

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diterráneo y en el Occeano. Tales fueron los efectos de las noticias que habían adquirido desde el Siglo décimo quarto por Midrático y sus Marineros, de las que habiéndose aprovechado efectivamente pusieron en ejecución este proyecto el siguiente Siglo décimo quinto, más de doscientos años después de la fundación de su Patria la Ciudad de Tiro.

No han faltado Autores que les a parecido imposible la antigüedad de estos establecimientos ([5]) de quien para su confirmación pondré la Autoridad de Procopio que es terminante. Con ocasión de la guerra de los Vándalos, cuya historia escribió, estubo en Africa en calidad de Secretario del General de los Exércitos de Justiniano, y atestigua haber visto en Tanger, cerca de una fuente abundantissima, dos columnas de piedra blanca con esta inscripción en idioma y caracteres Fenicios: Nosotros llegamos aquí huyendo de las Armas del usurpador Josué, hijo de Noé ([6]). No se puede prudentemente refutar este testimonio, porque Procopio cuenta lo que vió, y no se puede sospechar que tuviese el atrevimiento de publicar una Fábula exponiendose a la vergüenza de ser desmentido de todo un Exército testigo de la verdad o falsedad de la relación: fuera de que es muy verosímil la narrativa de Procopio, ya por la costumbre de los Fenicios de levantar Columnas en memoria de los acontecimientos famosos, ya porque todos los escritores antiguos convienen

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en que practicaron lo mismo quando abordaron al Estrecho de Gibraltar, ya finalmente porque Pomponio Mela, natural de Julia Traducta Ciudad de España enfrente de Tanger donde fueron transportados los Tangitanos, asevera que su Patria, a la qual él llama segunda Tanger, era habitada por los Fenicios venidos del Africa ([7]).

De la expresada inscripción de Procopio se infiere que los Fenicios que desampararon a su Patria a tiempo de Josué fueron su primer establecimiento en las Costas de Tanger: y se apoya este pensamiento con la tradición de los Gaditanos que refiere Estrabón según la qual los Tirios antes de tomar la Ysla de Cádiz habían hecho otras dos Expediciones, y ocuparon en ellas otros dos parajes del Estrecho ([8]). Es muy verosímil que uno de estos sus primeros establecimientos fue Tanger, de donde pasarían a la costa opuesta de España, y se establecieron en la Ysla de Santi Petri, y luego en Cádiz.

Formado este último establecimiento de Cádiz dieron principio los Fenicios a su tráfico por las vecinas Costas de Andalucía donde havitaban los Tartesios Turdetanos. Dice Estrabón que hallaron una Provincia que por la excelencia de las producciones de la tierra y del mar no es inferior a otro pays alguno del mundo ([9]). El Mar abundante de mil géneros de Pezes, la tierra la más fértil de Trigo, Viñas, Olivares, cubiertas

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de pingües y sazonados pastos que sustentaban numerosas porciones de ganado, de quienes sacaban las más finas y excelentes lanas. La Miel, la Cera, el Minio y la Grana eran otros tantos géneros muy estimados, a todo lo que se agregava la abundancia extraordinaria de metales: Todo lo que refiere como atónito y admirado Estrabón, según su cita en el primer punto antes mencionado.

No pudo presentarse Teatro más excelente para una Nación Comerciante. ¿Qué más podía desear la avaricia de los Fenicios sino una tierra que convidava con los mejores frutos y toda suerte de metales?. Los Españoles Turdetanos, en aquella época todavía bozales y sencillo, contentos con los frutos de la tierra, aún no conocían el valor estimable de sus minas, de modo que los Fenicios tuvieron la suerte de ser los primeros que chuparon la sustancia de una tierra virgen e intacta; y al modo de lo que hicieron los modernos Españoles en América, executaron mucho antes los Fenicios en la Turdetania dando Mercancías de poco valor en trueque de los más ricos metales, y vagatelas despreciables por los géneros más superiores, que transportaban a la Grecia, Asia y Egypto con proveco y ganancia indecible.

Con la frequencia de este Comercio en que tanto se utilizaban, se establecieron los Fenicios su amistad con los Turdetanos, Batestanos, dos Pueblos de la Bética cercanos a la Colonia de Cádiz que habían formado para facilitar el tráfico con los demás pueblos de la Tartesia Turdetana. En efecto, establecida

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la Colonia de Gibraltar, de Málaga, de Córdova, por los años de 1.200 antes de la Era Christiana, época que da Estrabón a sus fundaciones ([10]), pasaron a formar la de Sevilla con el nombre de Ysbilia, entre los latinos Hispalis, Libustina, que los Griegos denominaron Libustina, en un Lago que forma el dicho Río: Nebrisa, Hasta y Sidonia. Todos estos Lugares, no muy lexos del mismo Betis o Guadalquivir, conocidos baxo los nombres de Lebrija, Mesa de Asta y Sidonia, todos estos Lugares y muchos otros de España, célebres por su antigüedad y cultura, fueron habitados por los Fenicios que hacían en estos parages un Comercio general y continuo. De modo que llegó su fama a hacer tanto ruido en la Corte de Salomón, que informado este Soberano de que los principales Agentes de este comercio eran los Fenices de España descendientes de Tiro, para poner en práctica las órdenes de su Padre David dirigidas a la Fábrica del Templo de Jerusalem, que pensava concluir con la mayor perfección y grandeza e introducir en sus Estados la opulencia, deseava tener parte en las riquezas de los Hyspanos Fenices; y como Salomon mantenía la amistad que tubo su Padre con Hyran, Rey de Tiro, estos Príncipes de un mismo acuerdo establecieron sus Flotas en el Puerto de Siongaber, siendo los Pilotos de Tiro los que enseñaron la Navegación a los Hebreos, y sirbieron

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de guías a las flotas de Salomón. Algunos Bajeles tomaban la derrota cada año hacia el Oriente y abandonaban en el Ofir; las demás Naves dirigían su rumbo a Tarsis y tardavan tres años en bolver de este viaje; lo continuaron después yendo de tres años en tres años a España o Tarsis, siempre con grande utilidad y ganancia. Los Géneros de que bolvian cargados a sus Payses consistían en oro, dientes de Elefantes o Marfil, en Monos y Pavos Reales, y sobre todo en una cantidad tan prodigiosa de Plata que sería increíble lo que se nos cuenta si no lo asegurara el testimonio de la Santa Escritura; era aquel metal tan vil en Jerusalem que Salomón lo desterró de su Palacio en donde el Trono, los Muebles, los Vasos, la Vajilla y los demás utensilios destinados al uso del Soberano era de Oro. Lo cierto es que las dilatadas Navegaciones de las Flotas de Salomón a Tarsis eran siempre gloriosas a la España, y el Comercio de aquel Príncipe será en todos tiempos una memoria ilustre para los Españoles, pero muy en particular para los Pueblos felices de la Tartesia o Andalucía, los quales contribuyeron con sus tesoros a la magnificencia del Palacio del Soberano más insigne de la tierra y lo que le da más honor a la suptuosidad, explendor y decoro del primero y más famoso Templo Consagrado a la Divinidad.

Con la frequente sociedad, trato y alianzas entre las familias Fenicias y Turdetanas fueron éstas insensiblemente adoptando el culto de sus Dioses fabulosos, al mismo tiempo que su literatura, usos y costumbres; nos es muy verosímil que todos

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Los Turdetanos de la Tartesia conservaron el conocimiento de la Divinidad hasta el establecimiento de Ydólatras Fenicios en sus Paises según que se puede persuadir, de lo que dice el gran Padre San Agustín por estas Expresiones ([11]): entre los pueblos antiguos que conservaron la noticia clara de un solo Dios Autor de lo criado, incorpóreo, incorruptible, nuestro principio y nuestro bien, nombra a los Españoles atribuyendo esta doctrina a sus Sabios Filósofos. Y comentando al Santo el Erudito y Sabio Español Luis Vibes ([12]) también atribuye esta doctrina a sus Filósofos, sin embargo de no expresar el fundamento sobre que se apoya esta opinión. Pero el docto Masdeu en su España Primitiva ([13]) es de parecer que más bien se puede persuadir que con la Religión rebelada se fue conservando por tradición de Padres a hijos hasta que por desgracia fueron introduciendo los Fenices la Ydolatría, con una Copia prodigiosa de Divinidades o Dioses Fabulosos.

Este pensamiento también se puede fundar en las reflexiones siguientes: Los Egypcios y Fenices, de quienes todas las Historias profanas deducen el horroroso manantial de la Ydolatría, descienden de aquella raza maldita de Mesrain, Padre de los Egypcios, y de Can, Padre de los Fenices. Por otra parte, la Historia Sagrada concuerda admirablemente con la Profana en quanto en una y otra se atribuye a el Egypto


[1] Masdeu, España Fabulos., nº 6.

[2] Estrabón, titulo 1º, lib. 3º, pág. 258

[3] Strab., tom. 1º, lib. 1º, pág. 4ª; lib. 3º, pág. 225.

[4] Exodo, Cap. 28, versi. 20; Cap. 39, versi. 13.

[5] Masdeu, España Fenic., pág. 35.

[6] Procopio Historin., lib. 8 De bello Vandalic., lib. 2º, Cap. 10, pág. 258.

[7] Mela, De situ Orbis, lib. 1º, Cap. 8º, pág. 40.

[8] Estrab., tom. 1º, lib. 3º, pág. 259.

[9] Strab., tom. 1º, lib. 3º, pág. 203.

[10] Strab., tom. 2º, lib. 16, pág. 1097.

[11] San Agustín, lib. 23 de la Ciudad de Dios.

[12] Luis Vibes, lib. 8, Cap. 9, colum. 431.

[13] Masdeu, Espag. primi., pág. 91.

miércoles, 23 de diciembre de 2020

La historia de España sí que puede cambiarse.

Algunos repiten mil, dos mil, tres mil veces, que la historia no puede cambiarse... y que como no puede cambiarse es lógico, razonable y bonito que las estatuas de los dictadores (como la de Varela en San Fernando o la de Primo de Rivera en Jerez) permanezcan en medio de nuestras plazas principales para mayor gloria de la más pura antidemocracia y el peor recuerdo de las dictaduras militares que se han padecido.

En fin, esta actitud nostálgica de algunos no puede durar ya mucho más, ya que no se sostiene desde el punto de vista constitucional, desde el punto de vista democrático. La vía pública no puede ser, eternamente, un escaparate publicitario donde las dictaduras, barnizadas de "hitos históricos" inamovibles, quedan ensalzadas, glorificadas y petrificadas en nuestra memoria.

El caso es que, según parece, la historia no puede cambiarse por quienes pretendemos renovar el aspecto de la vía pública con otros monumentos y recuerdos que no ensalcen a las dictaduras, o a los traficantes de esclavos, o a los ricos y poderosos que, con sus tiranías, trajeron la pobreza y la indignidad de la mayoría. Pero sí pudo y de hecho fue cambiada por quienes trajeron, precisamente, esas estatuas que ahora son defendidas, por una minoría nostálgica, a capa y espada. Como ejemplo: José María Pemán, autor de una Breve Historia de España, descaradamente ideologizada y tergiversada, donde el golpe militar de julio de 1936 y Franco, de la mano de Dios, es según él el destino histórico de España, el recuperado hilo conductor del imperio español... Una cambiada, descoyuntada y surrealista Breve historia de España que se reduce a justificar el golpe militar contra la II República y contra toda lógica democrática y social.

Este panfleto de José María Pemán, este libro suyo publicado en Cádiz en 1950, es un ejemplo de manipulación de la historia sin contemplaciones. No hay más que leer estos párrafos, donde por cierto los campesinos de Jerez quedan retratados como asesinos (sin explicar qué era lo que estos reclamaban en sus protestas), para caer en la cuenta del pensamiento totalitario de José María Pemán y de su apuesta absoluta por Franco y su dictadura:







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viernes, 18 de diciembre de 2020

Historia de Jerez (MS., Tomás Molero, 1786, II)

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De este principio se deduce no solo el origen del nombre de España, sino también el de la Provincia Bética, formando el siguiente discurso. Es cierto que Tubal fue hermano de Jaban, y ambos hijos de Noé, y que de Jaban lo fueron Tarsis, Elisa y otros entre los que se separaron y dividieron las Yslas de las Naciones en sus propias tierras, cada una con su lengua, o idioma, parentesco y gente propia según que lo refiere el Sagrado Libro del Génesis ([1]). Supuesta pues la expresada división de gentes, verificada en los hijos de Jaban, Tarsis y Elisa y los demás hermanos, y que binieron a España (no el mismo Tarsis, porque este se pretende establecer en las Yslas que hay desde Cipro hasta el Oriente y Aquilon, por quien toda la Cilicia fue llamada Tarsis) sino por algunos de sus hijos Nietos y descendientes de quienes se verificase eran de su propia cognación y gente; se deduce claramente que más bien por los descendientes de Tubal y Tarsis que no por el nombre que dieron los Hebreos a los Mares, que ellos no conocían, se llamó a esta provincia Bética la Tartesia, nombre que manifiesta la antigüedad de dicha Provincia.

No es menos la confirmación y prueba que nos

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dan de lo expuesto los Autores y Geógrafos antiguos, de quienes reflexionando sus autoridades benimos en conocimiento que la verdadera Tarteso fue nuestra Bética, o Andalucía: nombre que igualmente daban a diversos Pueblos de ella y a sus dos principales Ríos como son el Betis, o Guadalquivir, y el Chrisso, o Guadalete Río de Xerez. Estrabón dice que en el espacio de tierra que se formaba entre las dos vocas del Río Betis había un lugar o Pueblo que se llamaba Tarteso, y que en aquel tiempo estaba habitado por los Tundulos ([2]) y describiendo el origen y nacimiento de este Río afirma que lo trae de un Monte que está cerca de un lugar llamado Castone, a cuyo Monte llama de Plata por haber en él Minas de este precioso metal, y a quien los antiguos llamaron Tarteso ([3]).

Sigue el mismo Geógrafo y dice que algunos a Tarteso le llamaban Carteya ([4]) confirmando esto mismo Rufo Avieno quien en sus Horas Marítimas asegura que los Griegos llamaron a Carteya Tarteso, y lo mismo a Cádiz por estar esta Ciudad más cerca del Río Betis que Carteya, asegurando que Cádiz

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antes de este nombre se llamó Tarteso ([5]), a lo que se agrega que por estar la Provincia Bética y su costa situada a el Ocaso del Sol, era generalmente conocida por la Tartesia, según aquella expresión de Ovidio: Praesseserat occiduns tartetia littora Phaebus ([6]) y con este mismo nombre era conocido también el Río Guadalquivir, que es el más caudaloso, desde las Bocas del Betis hasta el estrecho: cuyo Río dice Avieno que se llama Chrisso por lo abundante de sus aguas, y añade al mismo tiempo que a lo largo de su extensión por una y otra banda había gentes establecidas, y que sus Campos eran fertilissimos y ricos sus vecinos los Tartesios ([7]). Luego si los Autores antiguos llamaron Tarteso a el Lugar o Pueblo que hubo entre las dos bocas del Río Betis, a Carteya, a Cádiz y a los vecinos del Río Cryso o Guadalete, y que toda la Provincia era conocida por Tartesia como afirmó Estrabón, no puede haber duda que el origen de este nombre lo tubo por los descendientes de Tubal y Tarsis que vinieron a poblarla por la divina disposicion.

Mas ¿por dónde harían su viaje desde las Campañas de Senaar estos muchos pobladores de España?, ¿qué camino o rumbo tomarían?, ¿acaso por la tierra o por la Mar?. Sin embargo de ser este punto muy contravertido entre los Autores, opinando unos que lo hicieron por tierra, otros que por mar, me inclino a este último parecer fundado en authoridad y razón: la

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Authoridad es de Joseph Hebreo citado de Masdeu ([8]), dice pues Joseph tratando de la division de las gentes después de la confusión de las Lenguas, quando la Fábrica de Babel: En aquel tiempo habiendose separado los hombres a causa de la diversidad de las lenguas y formado diferentes Colonias, hubo algunos que embarcandose pasaron a habitar las Yslas. Y ya aquí se manifiesta que el Docto Hebreo supone haber embarcaciones para el viaje de algunos de aquellos hombres, y aunque no dice determinadamente a qué Yslas se dirigieron, con todo eso da fundamento para decir que precisamente tendrían reglas y medidas para haver formado aquellas naves que los pudieran transportar a su destino.

Pero sin embargo, los de la opinión contraria dificultan cómo en aquellos tiempos las podrían construir preparandoles sus aparejos y los Pilotos para su gobierno sin hacerse cargo, que esto lo pudieron facilitar en el tiempo de ciento y cinquenta años que corrieron desde el Diluvio hasta la confusión de las Lenguas y dispersión de aquellas gentes, en cuyo tiempo permanecieron juntos en los Campos de Senaán: y como Dios quería ser obedecido se valió de aquella confusión para que pusieran en práctica lo que les había mandado: pudiendose creer que a efecto que se verificara este proyecto los ilustraría dándoles las ideas más propias para haber formado

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las Embarcaciones con todo lo a ellas conducentes, según el modelo del Arca que había fabricado Noé.

Parece pues que por este medio les era más fácil vencer todas las dificultades que se les pudieron ofrecer en orden a la construcción de los Bajeles, que las muchas más que se les presentarían en un viaje tan dilatado por tierra si atendemos a las grandes distancias que habían de caminar, encontrando los Campos desiertos y sin veredas, habitados por todas partes de fieras, los montes escabrosos e inaccesibles dando a cada paso un tropiezo, y en muchas partes Ríos Caudalosos que vadear, sin advertirse de dónde o cómo se proveherian de alimentos para el sustento, cuyas dificultades y trabajos eran suficientes para apurarles la salud y que la mayor parte de aquella gente hubieran sido víctimas de la muerte en el Camino. El Erudito juzgará lo que le parezca más verosímil en el asumpto, en el supuesto que mi deseo es (quando no pueda encontrar la verdad de los hechos) a lo menos acercarme a ellos todo lo que sea posible, assi en los particulares que van expuestos, como en todos los demás que se irán proponiendo en los puntos históricos de esta Obra.

Mas como ya se ha insinuado con la autoridad de Rufo Avieno, que los Antiguos Españoles que habitavan la Tartesia eran ricos y acomodados, y sus Campos los más fértiles en toda suerte de frutos, no es extraño de este lugar tratar del

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bello clima, fecundidad, delicias y riquezas que producía la Provincia Bética, conocida entonces por la Tartesia o Turdetana, fue tan liberalmente dotada de bienes de la naturaleza que dio margen a los antiguos para inventar muchas especies fabulosas: Como decía Homero que en ella estaba el descanso de las Almas de los piadosos y el Campo Eliseo ([9]), dando esto mismo ocasión a los Poetas para fingir que en ella estaba Gerión, Rey fabuloso de España, enrriquecido con una porción de ganado portentosa.

No son menester estas ficciones Poéticas para conocer su temperamento apacible, fertilidad y riqueza, pues además de producir todos los frutos de la tierra de la mejor calidad afirma Strabón ([10]) que hasta su tiempo no se sabe en qué parte del mundo se hubiera encontrado tanta copia de oro, plata, Cobre y hierro. Es verdad que esto lo diría por no estar entonces descubiertas nuestras Américas, pero sin embargo añade y dice que aunque la tierra enrriquecida de metales, suele carecer de la abundancia de otros frutos y que es muy raro el que una Region pequeña goze de géneros de metales, con todo esso la Bética o Tartesia y sus Lugares adyacentes abunda en tanto grado en unos y otros bienes que no hay alabanza digna de su silencio.

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Otras pruebas confirmarán lo mismo quando se baia manifestando el estado de la Bética en los Puntos históricos que siguen: pero desde aquí es de notar que ya se va descubriendo la situación de la Ciudad de Xerez de la Frontera en quanto a su dilatado término quizás el más abundante y fértil del que logran muchas ciudades de las más famosas de España: Pero suspendiendo este assumpto para tiempo más oportuno trataremos ahora del nombre con que era conocida esta Provincia antes que se llamara Bética y después de haberla considerado con el nombre de Tartesia el qual fue el de Turdetana de que va a tratar el segundo punto de esta Obra.

Punto 2º. Nombre de Turdetania.

La Provincia Bética conocida en aquellos tiempos por la Turdetania muchos Autores antiguos, y aun algunos de los modernos, han crehido que este nombre lo tubo por Betoturdeto que lo suponían Rey de España por haber dado asenso a el Cathalogo de los Reyes fabulosos que le fingieron los Griegos, promovido después por Annio Viterviense, y adoptado por varios Autores Estrangeros: cuya aficción la hace patente y prueba el Docto Masdeu en su España Fabulosa ([11]), en cuyo supuesto devemos estar a lo que nos dice Estrabón quando afirma que el expresado nombre lo tubo por sus

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habitadores, a quienes llamaban Turdetanos o Túrdulos ([12]). Y aunque es difícil poder dar una razón cierta de los Pueblos y lugares que hubo en tiempo de los primeros Pobladores que según Masdeu arribaron a nuestro continente el año de 2.150 antes de la Era Christiana ([13]), sin embargo se hace preciso tratar en particular de la venida de los Fenicios a España por lo mucho que conduce para este intento.

Los Fenices, aquella Nación que desde los tiempos muy remotos había formado tantos establecimientos en las Regiones ocupadas por ellos, a las que dieron los nombres de Sidón, Biblo, Paletyno, Tiro y Jersualén, nombres los más ilustrados de sus tiempos que conserban historias muy antiguas, y públicos Archivos, los primeros, y célebres Marineros, comerciantes los más expertos, que fueron inventores de la moneda, siendo havilissimos en las Artes y Manufacturas, y lo que es más, que igualmente inventaron el Alphabeto y el arte de Escribir como refuiere Masdeu en su España Fenicia ([14]); estos dichos Marineros y háviles Comerciantes emprendieron las Navegaciones más dilatadas hasta llegar en el año de 1400 antes de Christo a los últimos confines de la España, como se deduce de los indicios que nos dan la Historia Sagrada y Profana.

El Estaño, producción de España, iba por mano

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de los Fenicios a el Asia, y los Escritores que hablaron de él, como Herodoto, Diodoro, Sículo, Positonio, Estrabon, Plinio ([15]) y otros muchos, no conocieron otro alguno que el nuestro. Ahora pues Moysés, que murió mil quatrocientos setenta años antes de la venida del Mesías, entre los metales de que se serbían en su tiempo hace mención del Estaño. Midrático, que fue el primero en transportarlo al Asia, según Plinio, era sin duda un Mercader Fenicio anterior a Moysés, y no habiendo podido navegar a otra parte en busca de él, sin duda tomó este género de la España Occidental a donde se hallava con tanta abundancia que Avieno atestigua que el nombre Casiteron que los Griegos dan al Estaño tiene su origen del Monte Cassio situado en la España Turdetana ([16]).


[1] Gen., Cap. 10

[2] Estrab., Pág. 140

[3] Estrab., ibi.

[4] Estrab., pág. 142.

[5] Avien., Veri. 268

[6] Ovid. 15 Methamorf.

[7] Avien. Xens. 417

[8] Masdeu ilust. 6ª, part. 1ª, España antigua.

[9] Strab., lib. 3º, pág. 150.

[10] Strab., lib 3º, Cap. 2º.

[11] [El texto original carece aquí de Nota al Pie]

[12] Strab., Lib. 3º

[13] Masdeu, Españ. Primit., lib. 2º, nº 10

[14] Masdeu, lib. 4º, pág. 13.

[15] Herodot., lib. 3, pág. 254; Diodoro. Sicul. Bibliot. Hist., lib. 5, n. 34, pág. 361; Posidon citado por Strab., T. 1, lib. 3, pág. 219; Plin., T. 2, lib. 34, cap. 16, pág. 668.

[16] Avien., Orae Maritime, verb. Págs. 259, 292.