(del Facebook del Archivo Municipal de Jerez)
CUSTODIA DEL ARCA DE PRIVILEGIOS DE JEREZ (9 DE JUNIO
DE 1500).-
En este precioso documento del Archivo Municipal de Jerez (AMJF, AHR, C. 3, Nº 53) vemos cómo en el año 1500 era responsable del arca de privilegios, donde se atesoraban los documentos más valiosos del Ayuntamiento o concejo, el caballero veinticuatro Pedro Martínez de Hinojosa. Y el concejo ordena que se saque del archivo “el previllejo que desta çibdad / teneys en el arca de los previllejos della que fabla en el departimiento de los mojones de entre esta çibdad e la villa de lebrixa”. La orden quedó sellada con el sello de placa del concejo, es decir, se le dio una validación formal inequívoca que concedía mayor peso y relevancia al contenido del documento.
No era costumbre del concejo de Jerez sellar sus documentos con este sello en papel (o sello de placa), ya que es casi el único ejemplo que se conserva en el Archivo Municipal, siendo por tanto esta pieza de extremo valor. A la espalda de la orden: “Mandamiento de xeres para pero martines de hi- / nojosa que de al jurado garçia de lara / un previlegio sobre los terminos de / lebrixa y xeres”. Hay otro sello en acta de 9 de septiembre de 1523 (véase: https://twitter.com/jejleguileta/status/1362050446890840065)
Más información: https://repositorio.iaph.es/handle/11532/339418
TRANSCRIPCIÓN:
El concejo alcalde mayor e los veynte e quatro
cavalleros de la muy noble e muy leal çibdad de xeres de la frontera estando
ayuntados en nuestro / cabillo llamados por nuestro portero segund que lo
avemos de costunbre mandamos a vos pero martines de finojosa veynte e quatro
desta çibdad / que bisto este nuestro mandamiento deys e entregueys luego al
jurado garçia de lara procurador desta çibdad el previllejo que desta çibdad /
teneys en el arca de los previllejos della que fabla en el departimiento de los
mojones de entre esta çibdad e la villa de lebrixa villa / de la çibdad de
sevilla, el qual dicho previllejo original lleva ante sus altesas a la dicha
çibdad de sevilla por mandado desta çibdad / y dandogelo tomad del dicho jurado
su carta de pago con la qual e con este nuestro mandamiento sereys quito del
dicho previllejo, fecho / martes nueve dias de junio año de mill e quinientos
años.