REGLAMENTO DE
ZAPADORES-BOMBEROS DE JEREZ (1862).-
En el Archivo Municipal conservamos el Reglamento (Jerez: Imp. del Guadalete, 1862) interno de la brigada de zapadores-bomberos de Jerez de 1862; accesible en pdf nº 53 de https://www.jerez.es/webs-municipales/cultura-y-fiestas/servicios/archivo-municipal/libros-y-folletos-de-la-biblioteca-auxiliar. Y en las páginas 11 a 13 del Reglamento se especifican cómo habían de ser los toques de campana de alarma, dependiendo de en qué parroquia de la ciudad se hubiese producido el incidente (fuego, derrumbe, etc.). Adjuntamos imagen al respecto.
El exbombero Honorio Trillo dice en su libro “Historia del cuerpo de bomberos de Jerez, 1846-1930” (págs. 75-76): “El Cuerpo de Bomberos de Jerez, desde que se acordara su creación como se recordará en 1.846 y desde que comenzara a funcionar, el 31 de marzo de 1.862 corno también con anterioridad se ha comentado, ha dependido siempre del municipio, hasta que su Ayuntamiento, el 30-06-81 acordó la Integración de su Servicio Contra Incendios en otra Corporación con ámbito de actuación para toda la provincia, constituida el 20-01-82 llamada Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamentos de Cádiz.
Las brigadas de zapadores bomberos que se organizaban hasta bien entrado el siglo XX prácticamente en su totalidad se establecían mediante la organización de personal con dedicación parcial, es decir, sin empleo profesional en esas tareas propias y por lo tanto, salvo excepciones, generalmente no cobraban sueldos, su disposición y sobre todo el alto riesgo inherente en el arte de apagar incendios, les era recompensado o gratificado principalmente, con privilegios e inmunidades de tipo social, como preferencia a ser empleados en las obras municipales, asistencia médica y farmacéutica gratis, licencia de escopeta, de caza y pesca, cobertura en cuanto a pensiones por accidentes, invalidez, viudedad. orfandad. etc. además de los jornales que empleaban en la extinción de los incendios”.