jueves, 7 de diciembre de 2023

Jerez y el dogma de la Inmaculada Concepción de María en 1854/1855.-

 (del FaceBook del Archivo Mpal. de Jerez)

𝗝𝗘𝗥𝗘𝗭 𝗬 𝗘𝗟 𝗗𝗢𝗚𝗠𝗔 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗜𝗡𝗠𝗔𝗖𝗨𝗟𝗔𝗗𝗔 𝗖𝗢𝗡𝗖𝗘𝗣𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗘𝗡 𝟭𝟴𝟱𝟰/𝟭𝟴𝟱𝟱.-

Manuel Pérez de Molina fue “abogado de los tribunales de la nación y de los ilustres colegios de Madrid y Jerez de la Frontera, miembro de la Real Academia Sevillana de Buenas Letras y Diputado a Cortes”, según reza en la portada de su obra: Sobre la situación de España en 1867, Madrid: Imp. de Manuel Tello, 1867 (http://bdh.bne.es/bnesearch/detalle/bdh0000097210)
El mismo Manuel Pérez de Molina que, unos años antes, en 1855, escribió: “𝗨𝗻𝗮 𝗽𝗮́𝗴𝗶𝗻𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗵𝗶𝘀𝘁𝗼𝗿𝗶𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮... 𝗰𝗶𝘂𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗝𝗲𝗿𝗲𝘇 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗙𝗿𝗼𝗻𝘁𝗲𝗿𝗮: 𝗹𝗮 𝗜𝗻𝗺𝗮𝗰𝘂𝗹𝗮𝗱𝗮 𝗖𝗼𝗻𝗰𝗲𝗽𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗠𝗮𝗿𝗶́𝗮, nuevo... triunfo de la... Iglesia de Jesucristo: fiestas religiosas celebradas... en esta ciudad los días 29 y 30 de Abril y 1º de Mayo del presente año” / memoria escrita por D. Manuel Pérez y de Molina. / Jerez: [s.n.], 1855 (Imprenta de Bueno), 85 p.; 19 cm.


Y al final de su folleto, en la página 85, sobre la fiesta de la Inmaculada en Jerez en mayo de 1855 señaló: “Nota. -𝗘𝗻 𝗹𝗼𝘀 𝗺𝗼𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗺𝗶𝘀𝗺𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗲 𝗶𝗯𝗮 𝗮 𝗿𝗲𝗽𝗮𝗿𝘁𝗶𝗿 𝗲𝘀𝘁𝗲 𝗳𝗼𝗹𝗹𝗲𝘁𝗼, 𝗵𝗮𝗻 𝘀𝗼𝗯𝗿𝗲𝘃𝗲𝗻𝗶𝗱𝗼 𝗰𝗶𝗲𝗿𝘁𝗼𝘀 𝗮𝗰𝗼𝗻𝘁𝗲𝗰𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗮𝗰𝗼𝗻𝘀𝗲𝗷𝗮𝗻 𝘀𝘂 𝗻𝗼 𝗽𝘂𝗯𝗹𝗶𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 hasta que cambien o se modifiquen las circunstancias que nos rodean. Podría ser acaso interpretado como un arma de partido, cuando no ha sido escrito sino en defensa del principio católico. en cuya profesión no pueden por menos de estar acordes todos los españoles, cualesquier que sean sus respectivas opiniones en política. 31 de Mayo de 1855.”
El folleto publicado en Jerez coincidió, efectivamente, con el avance de la revolución burguesa en España y época de cambios políticos e institucionales: “Durante la década de dominio moderado (1843-1854) se adoptaron diversas medidas como fueron la creación de la Guardia Civil, la Ley de ayuntamientos, la reforma del sistema fiscal y el concordato de 1851, en el que 𝗲𝗹 𝗣𝗮𝗽𝗮 𝗿𝗲𝗰𝗼𝗻𝗼𝗰𝗶́𝗮 𝗮 𝗜𝘀𝗮𝗯𝗲𝗹 𝗜𝗜 𝗰𝗼𝗺𝗼 𝗿𝗲𝗶𝗻𝗮, 𝗳𝗿𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗮 𝗹𝗮𝘀 𝗽𝗿𝗲𝘁𝗲𝗻𝘀𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗰𝗮𝗿𝗹𝗶𝘀𝘁𝗮𝘀, 𝘆 𝗮𝗰𝗲𝗽𝘁𝗮𝗯𝗮 𝗹𝗼𝘀 𝗲𝗳𝗲𝗰𝘁𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗱𝗲𝘀𝗮𝗺𝗼𝗿𝘁𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝟭𝟴𝟯𝟲 a cambio de que el estado se hiciera cargo de los gastos de la iglesia” (https://archivoshistoria.com/la-revolucion-de-1854-el.../)


Por su parte, 𝗲𝗹 𝗽𝗮𝗽𝗮 𝗣𝗶́𝗼 𝗜𝗫 𝗵𝗮𝗯𝗶́𝗮 𝗽𝘂𝗯𝗹𝗶𝗰𝗮𝗱𝗼 𝗹𝗮 𝗯𝘂𝗹𝗮 “𝗜𝗻𝗲𝗳𝗳𝗮𝗯𝗶𝗹𝗶𝘀 𝗗𝗲𝘂𝘀” 𝗲𝗻 𝟴 𝗱𝗲 𝗱𝗶𝗰𝗶𝗲𝗺𝗯𝗿𝗲 𝗱𝗲 𝟭𝟴𝟱𝟰: «La doctrina que sostiene que la beatísima Virgen María, en el primer instante de su Concepción, por singular gracia y privilegio de Dios omnipotente, en vista de los méritos de Jesucristo, salvador del género humano, ha sido preservada inmune de toda mancha de pecado original, ha sido revelada por Dios y por eso se debe creer firme e inviolablemente por todos los fieles».
Lamentablemente, en aquellos momentos Jerez estaba siendo víctima de 𝘂𝗻𝗮 𝗲𝗽𝗶𝗱𝗲𝗺𝗶𝗮 𝗱𝗲 𝗰𝗼́𝗹𝗲𝗿𝗮, 𝗰𝗼𝗻 𝘂𝗻 𝗯𝗮𝗹𝗮𝗻𝗰𝗲 𝗱𝗲 𝗰𝗮𝘀𝗶 𝟭.𝟮𝟬𝟬 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝘀 𝗳𝗮𝗹𝗹𝗲𝗰𝗶𝗱𝗮𝘀 (véase: https://www.lavozdelsur.es/.../la-gran-epidemia-de-colera...)
Pero pensando en el dogma, Pérez de Molina escribía: “Prohibida está en España la publicación de la Bula en que se define el misterio de la Concepción: verdad tristísima que enciende en nuestras venas el fuego de un celo santo. Pero ¿habremos de inclinar por eso la mustia frente y regar la tierra con lágrimas de dolor y de amar? 𝗡𝗼, 𝗰𝗮𝗯𝗮𝗹𝗹𝗲𝗿𝗼𝘀 𝗲𝘀𝗽𝗮𝗻̃𝗼𝗹𝗲𝘀: 𝘃𝗲𝗿𝘁𝗮𝗺𝗼𝘀, 𝘀𝗶, 𝗮 𝗿𝗮𝘂𝗱𝗮𝗹𝗲𝘀 𝗲𝗹 𝗹𝗹𝗮𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝗼𝗿𝗮𝘇𝗼́𝗻, 𝗲𝗹 𝗹𝗹𝗮𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗮𝗺𝗼𝗿 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗰𝗮𝗿𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗰𝗿𝗶𝘀𝘁𝗶𝗮𝗻𝗮, 𝗲𝗹 𝗹𝗹𝗮𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗳𝘂𝗲𝗿𝘁𝗲𝘀 𝘆 𝘃𝗮𝗹𝗲𝗿𝗼𝘀𝗼𝘀; no las lágrimas de los débiles y pusilánimes: las lágrimas silenciosas que, destilando gota a gota en nuestra alma, se evaporan y suben hasta el trono del Excelso, para descender luego convertidas en cristalinas gotas de purísimo rocío, que reaniman y vivifican a los mortales; no el llanto que abrasa inútilmente las mejillas, y de que el mundo suele mofarse con imbéciles sarcasmos”.
𝗩𝗲́𝗮𝘀𝗲 “Declaración solemne de la ciudad de Jerez jurando guardar el voto de la Inmaculada Concepción de María. Jerez, convento de San Francisco, 1617, dic., 8)” en: https://issuu.com/.../docs/interior_oton__o_cofrade_1_copia