martes, 19 de julio de 2022

Multados con una arroba de vino los concejales ausentes de cabildo (Jerez, 18 de abril de 1455)

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 QUE PAGUEN UNA ARROBA DE VINO LOS CONCEJALES QUE NO ACUDAN AL AYUNTAMIENTO (JEREZ, 18 de abril de 1455).-

En las Actas Capitulares del Ayuntamiento de Jerez conservadas en su Archivo Municipal (accesibles en: https://www.jerez.es/webs_municipales/turismo_cultura_y_fiestas/servicios/archivo_municipal/actas_siglo_xv/) conservamos un acuerdo concejil en el que se impone como pena a jurados y regidores que no acudan a las reuniones de cabildo formalmente convocadas con media y una arroba de vino del mejor, respectivamente, como pena por su ausencia.

Da la impresión por el tenor del texto que el corregidor trataba quizás de evitar que, por falta premeditada de quorum, quedasen algunos temas sin resolver o sin abordar siquiera. Con este acuerdo se impone una pena suave a los perezosos -o hábiles- interfectos. Aquel 18 de abril de 1455 algunos concejales llegaron exactamente después de que se aprobara esta ordenanza interna punitiva, pero asintieron en ella.

TRANSCRIPCIÓN:

Cabillo.

Por quanto munchas veses acaesçe que por mandado del corregidor son llamados los Regidores e / jurados que vengan al cabillo e non vienen por lo qual no se pueden asy faser / ni exerçer el serviçio del Rey nuestro señor nin las otras que a la çibdat atañen e / porque tengan alguna Rason de venir ordenaron que de aquí adelante los regidores e jurados / que esto __ en la çibdad e fueren llamados en persona de fecho saben a sus mu- / geres sean tenudos de venir al dicho cabillo e los que non vinieren desque el corregidor / entre en la casa del cabillo fasta que pueda ser pasada media ora que el rregi- / dor pague una arrova de vino blanco de lo mejor que a la sason se venfa en la / çibdat e el jurado media arrova del dicho vino por el Regimiento de cada dia e / quel portero sea creydo en el dicho llamamiento e sy no llamare quel dicho / portero pague doblada la dicha pena.

Aquí veno Juan rriquel e pero nuñes de villaviçençio e juan de vargas e fisieronles saber / la dicha ordenança e fueron en ello, aquí veno anton berrnal (?) e manuel ferrandes / jurados e garçia de avila Regidor.