jueves, 13 de abril de 2023

"Roido e movimiento" en Jerez (1468).-

(del Facebook del Archivo Municipal de Jerez)


“ROIDO E MOVIMIENTO” EN JEREZ (1468).-

      En las actas del cabildo de Xerez de la Frontera de 15 de febrero de 1468 se leen unos llamativos acuerdos relativos al “roido e movimiento” que tuvo lugar en la ciudad como consecuencia de un enfrentamiento violento, en el contexto de las luchas de bandos y juego de cañas, entre los caballeros Juan de Sepúlveda y Alfonso Ferrandes de Andino. El ayuntamiento, para poner orden en la ciudad, exhibe su poder coercitivo mediante un pregón donde se hace pública la pena de 600 mrs. a cualquiera que juegue a las cañas, o corra toros, o porte armas, sin permiso de la ciudad.

      La transcripción del texto original está tomada del archivero jerezano Antonio Mª Fernández Formentani “Costumbres y leyes de antaño” (pdf nº 164 de nuestra web: https://www.jerez.es/webs-municipales/cultura-y-fiestas/servicios/archivo-municipal/libros-y-folletos-de-la-biblioteca-auxiliar

TRANSCRIPCIÓN

Cañas, toros y armas:

fº 21v.:

      Fablaron los dichos señores sobre el caso del roido que acaesció en esta çibdad, ayer domingo, sobre el juego de las cañas, entre Joan Sepulveda e Alfonso Ferrandes de Andino, y del bolliçio e movimiento que por esta cabsa en esta çibdad ovo; e asimismo, como por los dichos señores debia ser proveido sobre ello; e luego, fablando en la orden que se debia tener en ello

fº 22r.:

      Mandaron los dichos señores: que ninguna persona no sea osado de jugar nin jueguen cañas, ni corran toros, en manera alguna, sin mandamiento desta çibdad; so pena de 600 mrs. a cada uno, e de las otras penas que Jerez les pusiere e mandare contra ellos.

      Otrosi, que ninguna persona sea osado de traer nin traigan armas por esta çibdad, publica ni ocultamente, en manera alguna, so las penas que Jerez tiene ordenadas; lo cual todo mandaron pregonar.