En el Facebook del Archivo Municipal de Jerez:
QUE LOS ESCLAVOS BEBEN y JUEGAN EN LAS TABERNAS DE JEREZ (SEPTIEMBRE DE 1520)
Ya vimos cómo los esclavos en Jerez, a principios de septiembre del año 1464, hacían fiestas en las calles con instrumentos de música. Lo cual generaba, al parecer, algún que otro problema de seguridad en la ciudad. También en 17 de septiembre de 1520 observamos en las actas capitulares un curioso acuerdo de cabildo donde se aborda la cuestión de que los esclavos, en gran número según el texto, juegan y beben en las tabernas de la ciudad, lo que era contrario a las ordenanzas vigentes.
Los caballeros capitulares tratan la cuestión y dicen, entre otras cosas, que “nyngun tavernero de de comer ni de beber a nyngun esclavo conforme a la ordenança ni conpre de esclavo trigo ni vino…” Lo que parece querer decir (sobre todo el hecho de que algún esclavo se dedicase al corretaje de trigo y vino) que el grupo de los esclavos había alcanzado en Jerez cierto nivel de libertades que no eran conformes a la ordenanza, además de aprovechar la ocasión de juntarse en las tabernas de la ciudad como antesala de la huida.
Desde luego, el corregidor Pedro Manrique de Lara se muestra preocupado con el asunto, diciendo que se actúe con diligençia “y que sy otra cosa pareçiere a la çibdad lo que se deva fazer que se mire la ordenança para que para el primero dia del cabildo vea lo que se deve hazer…”, como facultando a que, además de lo que dijera la ordenanza, se tomasen medidas extras si se considerara necesario.
TRANSCRIPCIÓN
Que los esclavos beben en las tavernas
El dicho francisco de trogillo veynte e quatro dixo a los dichos señores / que en las tavernas desta çibdad dan a beber a los esclavos / e se juntan muchos a jugar e desta cabsa se hazen malos / e se huyen a sus amos que sus merçedes lo manden proveer.
El dicho francisco de trogillo veynte e quatro dixo que se pregone qye nyn- / gun tavernero de de comer ni de beber a nyngun esclavo con- / forme a la ordenança ni conpre de esclavo trigo ni vino so / pena de pagallo con las setenas (?) e que a los esclavos que se / juntaren a jugar quel alguazil los amenaze e les tome el / dinero que alli jugaren.
Todos los otros dichos señores fueron en que se pregone que estos / sean castigados e se defienda e que se haga ordenança / sobre ello e se provean diputados.
El señor don pedro manrique de lara corregidor susodicho dixo que su merçed / es que conforme a la ordenança se provea con toda diligençia e que sy otra cosa pareçiere a la çibdad la que se deva fazer / que se mire la orden
ança para que por el primero dia de cabildo / vea lo que se debe fazer porque su merçed sera en ello.