Ese manuscrito se encuentra en el Archivo Muinicipal en la sección A.H.R.:
El manuscrito está incompleto. Al principio, por ejemplo, da un salto del fº 9 al fº 72, pero bueno, intentaremos ofrecer aquí los 400 folios de transcripciones que se conservan e hizo dicho archivero municipal (véase: http://memoriahistoricadejerez.blogspot.com/2018/01/el-archivero-municipal-de-jerez-agustin.html)
Comencemos.
Fº 1:
Presentóse ante
los dich[os senn]ores…. de una [sentencia que] dio la vista del cab[illo en un]
pleito que pasó con ferrand martin [sobre rason] de guarda de unas vacas.
Jueves veynte e
ocho días del dicho mes de noviembre e año sobredicho
Se ayuntaron a
cabillo los alcalles mayores Alonso ferrandes de valdespino e alvar g[arcia]
De los regidores
ferran gonçales de Vargas e Alonso ferrandes de Vargas e juan sanches [de
bivanco] e lorenço ferrandes de villavicçenío e pero días de Villanueva e diego
rodrigues de nunçivay
De los jurados
juan ortis de natera e iohan estevan de torrecilla e pero ferrandes e francisco
martin e Antonio martin e pero ferrandes e Antonio rruys de busto e pasquall
gil
(no sigue ningún
acuerdo)
Jueves cinco
días de diciembre anno sobredicho del señor de mil e quatroçientos e nueve
annos
[se] ayuntaron a
cabillo en la casa del cabillo Alonso ferrandes de valdespino e alvar garçia de
avanades alcaldes mayores
[de los]
regidores iohan garçía de [Vargas e] pero días de Villanueva e alfon ferrandes
de Vargas [e Bartolomé] de las casas e iohan sanches de bivanco
[de] los jurados
Antonio r[uys de busto] e Alonso peres e francisco martin e Antonio martin [e
iohan] estevan de torre[silla] e pero Alonso de jayna e pero [ferrandes e
ferrand] gil de aroche e juan ortis
A[front]ó iohan
garçia de Vargas, regidor, a juan sanchez de bivanco, recabdador, e a diego días…
[de los maravedís e pedido e monedas que sobre los ochenta mil maravedís que
xeres a de dar del pedido… de xeres ciento e sesenta mil maravedís que dixo que
montava… xeres a de dar , e si non dixo que protestava… a sacallos, e demás so
el pan a mayores plaço…. [sa]callos el danno e la demasya
…dicho plito e
lo librase en su lugar
[e]luego los
dichos sennores dieron por juez
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dellos
egualaren, que lo an por firme.
Antonio rruys
jurado de sant lucas e contador del conçejo (afrontó) e dixo: que bien sabían en
como el anno que paso de mil e quatroçientos e ocho annos en quince días de
agosto del dicho anno le mandaron que librase a alfon ferrandes melgarejo, e a
juan ferrandes de fuentes por él, los cinquenta e quatro mil maravedís que
montava la lieva de los çiento e çinquenta cafizes de pan que xeres avia de
levar a zahara, e que tomase en sy para guarda de xeres la carta que xeres
otorgó a dicho Alonso ferrandes en la dicha rrason; e que por quanto quedavan
por pagar al dicho Alonso ferrandes la lieva de otros sesenta cafizes de pan
que por esta rrason non le diera la dicha carta que xeres avia otorgado, e que
quedó en poder de Antonio symenes escribano público fasta quel dicho Alonso ferrandes
e el dicho juan ferrandes en su nombre fuese pagado de todos los maravedís que
la lieva de los dichos dosçientos e diez cafises de pan montavan, e que agora
quel dicho Antonio rruys avia librado al dicho juan ferrandes todos los maravedís
que la lieva de los dichos ccx cafises de pan montavan e que non le quedaba de
pagar de todo lo que le era librado salvo en la collaçion de sant juan
nueveçientos e _____ maravedís de los quales maravedís quedó la dicha collaçion
de pagar los quinientos maravedís, e los quatroçientos e ____ maravedís [f]allaron
lorenço ferrandes e alfon ferrandes de valdespino e pero ferrandes jurado e
contador que era de recebir en quiebra a la dicha collacçion, porque los maravedís
por se non pagar al dicho juan ferrandes non daban la carta de obligaçion al
dicho Antonio rruys para guarda de xeres, por lo qual les pedió e afrontó e
rrequerió que pues tenían maravedís de que pagar al dicho juan ferrandes los
dichos maravedís de las dichas quiebras que gelos mandasen dar e pagar porquel
pudiesen recabdar la dicha carta para guarda de xeres. E si lo asi non fiziesen
quel cargo e la culpa fuese suya e non del dicho Antonio rruys. E de como gelo
decía e rrequería pedió testimonio sy la menester oviese. E pedido a mi el
dicho anton rrodrigues escribano público, escribano del cabillo que lo pusiese
en el libro del dicho cabillo…
Fº 18
…virtud de la
dicha comysion que enviava emplasar a xeres especialmente a los dichos alfon
nunnes e pero días alcalles e lorenço ferrandes peçanno e alfon ferrandes de
valdespino e a sancho garçia de Vargas e a alvar garçia de avanades, rregidores
desta dicha cibdat. Otorsy se leó en el dicho cabillo por el dicho lope
martines la carta de la comisión del dicho señor rrey que envió al dicho lope
martines doctor sobre el dicho negoçio. E pedió al dicho ferrand rruys de todo
testimonio al dicho lope martines. E los dichos alcalles e alguasil e
rregidores e jurados pedieron treslado de las dichas cartas, e que las verían e
farían aquello que servicio fuese del dicho señor rrey.
Paresçió en el
dicho cabillo lope martines escribano público e dixo a los dichos alcalles e
alguasil e rregidor e jurado que como quiera que non aviar respondido al
testimonio que contra ellos tomó en su presencia ferrand rruys cabeça de vaca
sobre el ofiçio del regimiento desta cibdat, con las cartas de nuestro señor el
rey de quel dicho señor rrey le diso merced al dicho ferrand rruys, e quel
dicho testimonio que gelo non avia dado nin daría syn rrepuesta de los regidores
e jurados de los que rrepondido non avian. E sy el dicho ferrand ruys e otro
por él el dicho testimonio demandase quél les rrequería primero por la
repuesta.
Aquí venieron al
dicho cabillo pero ferrandes e juan estevan de valdespino e Antonio rruys
jurados.
Fablaron los
dichos alcalles e rregidores e jurados e dixeron: que porque entendían que
cumplía a servicio de nuestro señor el rrey que Bartolomé de las casas alguacil
mayor, e Bartolomé sanches mayordomo del conçejo desta cibdat, en presencia de
mi Antonio rrodrigues escribano público, que rrequiriese y afrontase a juan
sanches de bivanco sobre el trigo que le queda de rreçebir de algunos vecinos labradores
desta cibdat de lo quel dicho señor rrey mandó que le diesen los dichos
labradores, e tome contra el testimonio por la manera e forma que los dichos
alcalles gelo dieren ordenado por un escrito, por quanto el dicho juan sanches
non quiere rreçebir el dicho pan, aunque gelo lievan los dichos vecinos nin
quiere pagar los maravedís que monta, segund quel rey lo manda pagar. E
dixeron: que todos tomavan carga de lo contenido en el dicho escripto de
afruento o rrequerimiento