(del FaceBook del Archivo Mpal. de Jerez)
"LOS PAJAREROS" ROBAN
VACAS DE JEREZ EN LA LINDE CON MEDINA (1498).-
En la colección de actas capitulares del Archivo Municipal
encontramos una demanda de un regidor y un acuerdo concejil de 3 de diciembre
de 1498 en los que se dan cuenta de la posición del rico ganadero jerezano
Pedro Camacho de Villavicencio respecto a los robos de vacas que él sufría en
la zona de la linde divisoria entre Jerez y Medina Sidonia, posiblemente a la
altura de la fuente de los Ballesteros (¿fuente del Rey?). Los autores de estos
robos fueron, según la denuncia, las personas conocidas con el apodo de
"los paxareros".
Ya estas personas ("los paxareros") parece ser
-siguiendo la letra del documento- que habían sembrado la zona limítrofe entre
los dos términos (más de un cahiz) usurpando tierras de Jerez y que Jerez había
"cortado" el dicho pan.
Una vez leída la petición del caballero 24º Pedro Camacho en
el cabildo, se le contesta que declare por menor ante el escribano de cabildo
lo sucedido y que ello se remitirá a los diputados de los términos "para /
que lo vean y provean conforme a justicia en manera que la çibdad non rreçiba
per- / 35 juysio alguno en sus términos nin en el derecho que a ellos esta
çibdad tiene".
TRANSCRIPCIÓN. ARCHIVO
MPAL. DE JEREZ DE LA FRA., ACTAS CAPITULARES, 1498, dic., 3: Acuerdo capitular
sobre el robo de vacas a Pedro Camacho, 24º, en la linde entre Jerez y Medina
Sidonia.
Petiçion pedro camacho veynte y quatro
Leose en el dicho cavildo una petiçion que se presento por
parte de pedro ca- / macho de villaviçençio veynte e quatro desta çibdad que es
esta que se sigue
Muy nobles señores
5 Pedro camacho de villaviçençio veynte e quatro desta çibdad
de xeres me en- / comiendo en vuestra merçed a la qual notifico que puede aver
veynte días que vini- / endo las guardas de medina rrequeriendo los mojones de
entre esta çib- / dad e medina las dichas guardas de medina fallaron dos vacas
mias / en su termino las quales llevaron y la una dellas luego cortaron y otro
dia / 10 yendo my conosçedor y vaquero por los mojones para ver si ganados de
me- / dina entravan en el termino de xeres para se entregar fallaron un hato /
de vacas que dicen de los paxareros de sus vacas en termino desta / çibdad y
tomaron dellas dos vacas añojadas en prenda de las dos que / asy me llevaron y
despues de aquello agora el viernes pasado al qua- / 15 rto del alba vinieron
dos de a caballo e uno de pie como ladrones e en- / traron en el termino de la
çibdad y apartaron del hato de mis vacas dy- / senme que synco o seis rreses y
luego syntiolo el vaquero que estaba / echado en la delantera de las vacas e
levantose a ellos e dixoles / que por que llevavan las vacas no estando en su
termino nin llegando / 20 a ellos y ellos le rrespondieron al vaquero estate ay
y llevaron las vacas / y como era noche no conosçio a ninguno dellos,
notificolo todo a vuestra merçed / para que en ello provea todo lo que de
justicia deva y me mande desa / graviar y asy mesmo notifico a vuestra merçed
que estos que dicen los paxareros / tienen senbrado en el termino desta çibdad
entre los mojones sobre / 25 la fuente de los ballesteros mas de un cafis e
medio de pan trigo e çeva- / da donde ya otra ves corto la çibdad al de pina en
este mesmo lugar el pan / que allí tenia senbrado
Comisión
E vista la dicha petiçion por los dichos señores dixeron que
en lo que / 30 toca a las vacas que fueron llevadas al dicho pedro camacho
veynte / e quatro que en esto de ynformaçion antel escribano del dicho cavildo
/ de como se fiso y paso por que vista por xeres le sea dada carta y en lo al
fº 16r.:
del pan senbrado rremitieronlo a los señores justicia y
diputados de los términos para / que lo vean y provean conforme a justicia en
manera que la çibdad non rreçiba per- / 35 juysio alguno en sus términos nin en
el derecho que a ellos esta çibdad tiene.