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TÍTULO DE BARBERO SANGRADOR A FAVOR DEL JEREZANO LORENZO MONTES DE OCA (1620)
Este documento en pergamino de 6 de agosto de 1620, dado en la villa de Madrid, que ofrecemos hoy es el título de barbero, una especie de ATS especializado en extracción de sangre (“flebotomiana”) y dentista a la vez, a favor del jerezano Lorenzo Montes de Oca; título que le dieron en aquella fecha los protomédicos del rey Alonso Muñoz y Pedro Tabuenca tras el respectivo examen. Lo conservamos en el Archivo Municipal en la sección Archivo Histórico Reservado, C. 24, nº 2bis.
Lorenzo Montes de Oca “era mayor de veynte e dos años”, “havia practicado el arte de barberos los quatro años que su magestad manda”, y era “vezino de la ziudad de jerez de la frontera, de buena estatura, de hedad de veynte y seis años, con una señal de herida en la mejilla derecha y otra en la frente azia la parte derecha”.
En relación con el precio de sus servicios a los pobres de la ciudad, en este título de barbero sangrador se especificaba el siguiente detalle: “y del susodicho se rrezibio juramento en forma de derecho de que bien y fielmente usara el dicho arte y a los pobres ara limosna en el llevar de su trabajo y prometio de lo ansi hazer y cunplir”.
TRANSCRIPCIÓN:
In dei nomine amen. Nos alonso Muñoz y pedro tabuenca sangradores y protomedicos del rrey ntro. señor, alcaldes y examinadores en to- / dos sus rreynos y señorios de todos los barberos etc. testimoniamos= Hazemos saber a los que la presente vieren como ante nos parezio / presente lorenço de montes de oca vezino de la ziudad de jerez de la frontera de buena estatura de hedad de veynte y seis años / con una señal de herida en la mejilla derecha y otra en la frente azia la parte derecha= Y nos yço rrelazion diziendo que era / mayor de veynte e dos años y havia practicado el arte de barberos flebotomiana los quatro años que su magestad manda como constava / por zierta informazion fecha con autoridad de justicia de que izo presentazion y vista, le admitimos a examen y le examina- / mos en la theorica del dicho arte y de los nombres dellas y del modo de desangrar, sajar y echar ventosas y sanguijuelas i sacar / dientes y muelas= Y ansimismo en la practica le vimos obrar de manos haziendo sangrias a todo lo qual satisfizo y rrespondio bien y / cunplidamente= Y por nos vista su abilidad y sufizienzia y la buena cuenta y rrazon que en el dicho examen dio le aprobamos= y por / la presente damos lizenzia y facultad cumplida al dicho lorenço montes de oca para que de oy en adelante libremente sin / pena ni calumnia alguna pueda usar y ejerçer el dicho arte de barbero y poner su tienda publica en todas las ziudades villas y lu- / gares de los dichos rreynos y señorios= y del susodicho se rrezibio juramento en forma de derecho de que bien y fielmente usara el / dicho arte y a los pobres ara limosna en el llevar de su trabajo y prometio de lo ansi hazer y cunplir= Por tanto de parte del / rrey nuestro señor exortamos y rrequerimos a todos y qualesquier sus juezes y justizias que no le pongan embargo ni ympedi- / mento alguno en el usar el dicho arte so las penas en que yncurren los que se entrometen a conozer de juridizion que no tienen poder y de / diez mill maravedis para la camara de su magestad, antes le guarden y agan guardar todas las honrras franquezas y libertades que a se- / mejantes barberos examinados suelen y deven ser guardadas [___] pagan qualesquier maravedis que por rrazon del dicho / le fueren debidos y de ello le mandamos dar este título y lizenzia signada de andres de gusman escrivano de su magestad= dada en / la villa de madrid a seis dias del mes de agosto de mill y seiscientos y veinte años= e yo andres de guzman escrivano del / rrey nuestro señor en todos sus rreynos y se- / ñorios y de los dichos examinadores vezino de madrid / presente fuy y de mandamiento de los dichos señores examinadores que aquí firma- / ron [Alonso Muñoz, Pedro Tabuenca] y doy fe e conozco di este titulo y licencia y lo signe y firme el dicho dia / en testimonio de verdad / andres de guzman.