lunes, 12 de junio de 2023

Arrendamiento de olivares en Trebujena (Jerez, 1484).-

(del Facebook del Archivo Municipal)

ARRENDAMIENTO DE OLIVARES EN TREBUJENA (JEREZ, 1484).-

En el protocolo notarial de Hernando de Carmona del año 1484, conservado en el Archivo Municipal, vemos cómo el vecino propietario de Jerez Fernando de Cuenca arrienda al vecino de Trebujena Fernando Velázquez de Cuéllar unos olivares en término de esa villa propia del duque de Medina Sidonia (véase: https://www.trebujena.es/images/CULTURA/Historia/Carta_Puebla.pdf). El arrendamiento tiene lugar por un solo año y tiene como contraprestación diez quintales de aceite claro y sin borras (https://www.um.es/lexico-comercio-medieval/index.php/v/lexico/24567/quintal), más “que pueda traer el dicho ferrando de cuen[ca] / aseytuna prieta e verde para su casa la que quisiere tomar que sean qua[tro] / fanegas de aseytuna mas”. La minuta escrituraria no dice en qué lugar exacto del término de Trebujena estaban los olivares y molino arrendado. Al final del documento se especifica: “e obligo a sy e a sus bienes e Renusçio su propio fuero / sometiose al fuero e juridiçion desta çibdad”, con lo que se remacha que si hubiere pleito se sustanciaría no bajo la tutela jurisdiccional del duque de Medina Sidonia, sino bajo la real de Jerez.

TRANSCRIPCIÓN.-

AMJF, Protocolo notarial de Hernando de Carmona, 1483-1484, Xerez, 1484, nov., 22

Lunes veynte e dos dias del mes de novienbre año [del] / señor de myll e quatrosientos e ochenta e quatro años

Arrienda fernando de cuenca fijo de pero garçia de cuenca vesino desta çibdad en nonbr[e de] / ysabel ponçe su señora madre a ferrand velasques de cuellar vesino de trebux[ena] / que esta presente los olivares que tiene en el termino del dicho logar de trebuxen[a] / con la parte del molino que ella tiene por esta montanera primera en que estamos / deste año e por presçio de dies quintales de aseyte de olivas bueno e d__ e cl[aro] / e syn borras tal que se a de dar e de tomar pagados mediado el mes de en[ero] / primero que verna puestos aqui en esta çibdad de xeres so pena del doblo e que le de[xe el] / molino moliente e corriente etc. e que pueda traer el dicho ferrando de cuen[ca] / aseytuna prieta e verde para su casa la que quisiere tomar que sean qua[tro] / fanegas de aseytuna mas etc., promete e se obliga en el dicho nonbre de[xar] / sano este arrendamiento e de no le quitar los dichos olivares e molino antes [del] / dicho tiempo ser conplido so pena del doblo etc., sobre lo qual otorgo carta conplida [e] / obligo los bienes de la dicha su madre etc. E el dicho ferrand velasques otorga [que a] / Resçebido arrendados los dichos olivares e molino por el dicho tiempo e por el dicho [presçio] / de los dichos dies quintales de aseyte los quales promete e se obliga de le dar [_] / aquí en esta çibdad mediado el dicho mes de enero aquí en esta dicha çibdad tal que s[e a] / dar e de tomar so pena del doblo etc. E conplido el dicho tiempo de dexar el d[icho] / molino moliente e corriente e desenbargado so pena del doblo etc. sobre lo qual [otorgo] / carta conplida esecutoria e obligo a sy e a sus bienes e Renusçio su propio fuero / sometiose al fuero e juridiçion desta çibdad etc. testigos anton e ferrando



domingo, 11 de junio de 2023

El mapa más importante de la historia de Jerez (1904).-

(del Facebook del Archivo Municipal de Jerez)

EL MAPA MÁS IMPORTANTE DE LA HISTORIA DE JEREZ (1904)


El pasado viernes día 9 (Día Internacional de los Archivos) tuvo lugar la ponencia del conocido investigador Agustín García Lázaro sobre el mapa parcelario de Adolfo López Cepero de 1904. La conferencia, en el salón de actos del Ateneo de Jerez y con gran asistencia de púbico, cerró el VIII ciclo 2022-2023 que lleva el título “El documento del mes del Archivo Municipal de Jerez”.

El ponente desgranó un muy pormenorizado análisis del mapa (Adolfo López Cepero, 1904) estructurando su exposición en cuatro apartados: a) contexto histórico, b) contexto cartográfico, c) perfil biográfico del autor del mapa, y d) análisis de la pieza cartogáfica.

Agustín García Lázaro destacó la gran riqueza de topónimos (unos 2.700) que ofrece el mapa y presentó al público numerosos cuadros donde, bajo una rigurosa clasificación, expuso ejemplos de etnónimos, hagiónimos, topónimos basados en ganadería/caza, antropónimos, odónimos (para vías de comunicación, caminería, etc.), hidrónimos (arroyos, laguas, etc.), toponimia de raíz varia (latinos, andalusíes, villares/casas, torres, castillos, vestigios, monumentos…), etc.

Como la pieza cartográfica objeto del análisis es un mapa parcelario, el ponente se detuvo particularmente en explicar la rica toponimia de “viñas, hazas, dehesas, cortijos, ranchos, olivares, suertes, huertas, espacios agrarios, especies cultivadas, construcciones/instalaciones…” Igualmente presentó una diapositiva con los 135 pagos que Parada y Barreto señala en su obra (Cultivo de la vid y comercio vinatero, 1868): Abiertas de Caulina, Cerro de Santiago, Lazo, Plantalina, Albaladejo, Cibullo, León, Pocillos… de los que López Cepero anota 49 en su mapa.

La descripción física de la pieza también fue resumida por el ponente: IMPRESIÓN: Barral Hermanos, Talleres Lirográficos, Barcelona, 1906 / ESCALA: 1:25.000 / ORIENTACIÓN: Se indica en torno al mapa los nombres: Norte, Sur, Este, Oeste / COLORES: Tonos pastel (viñas, huertas (H), jardines (J)), verde oscuro (olivar), verde medio, amarillo, marrón claro, marrón oscuro (cañadas), naranja, rosa, azul (ríos, arroyos, lagunas), rojo (carreteras, ciudad construcciones dispersas), negro (nombres, límites) / ELEMENTOS REPRESENTADOS: parcelas (viñas, cortijos dehesas, ranchos, hazas…), carreteras, caminos, cañadas, hidrografía, construcciones (puntos rojos). Figuran los nombres d elos distintos elementos. En ocasiones aparecen parcelas o arroyos sin nombre. No incluye formas de relieve.

Pero el más notable valor de esta importante conferencia quizás estriba en el exhaustivo conocimiento de fondo del autor acerca del medio físico que el mapa representa. Agustín García Lázaro procedió a una meticulosa contrastación del mapa con el medio físico real; contrastación que el ponente fue mostrando a lo largo de su pedagógico análisis, es decir, de manera sistemática fue sobreponiendo imágenes seleccionadas del mapa con fotografías tomadas del alfoz jerezano actual (o pasado, pues no faltó una colección muy llamativa de fotografías históricas por ejemplo sobre el río Guadalete, la Laguna de Medina, etc.).

La interesante ponencia podrá ser vista en su momento vía canal YouTube y será insertada en este perfil de Facebook.

El mapa (1904) objeto de la conferencia, además de consultarse en el Archivo Municipal de Jerez, puede visionarse en: http://gigapan.com/gigapans/68318










jueves, 8 de junio de 2023

El Archivo Municipal de Jerez reabre sus puertas.

 https://www.diariodejerez.es/jerez/Archivo-Municipal-Jerez-abre-puertas-publico-15-junio_0_1800420878.html


miércoles, 7 de junio de 2023

SEMANA INTERNACIONAL DE LOS ARCHIVOS (Jerez, 5 AL 9 DE MAYO DE 2023).-

 SEMANA INTERNACIONAL DE LOS ARCHIVOS (5 AL 9 DE MAYO DE 2023).-

El Archivo Municipal de Jerez (Delegación de Cultura y Patrimonio - Ayuntamiento de Jerez) se adhiere, un año más, a la celebración internacional de la Semana de los Archivos con dos actividades:
1º.- DIGITALIZACIÓN DE LAS ACTAS CAPITULARES DE JEREZ DEL S. XVI.-
Aprovechamos la Semana Internacional de los Archivos (https://www.culturaydeporte.gob.es/.../semana...) para insertar en la web del Archivo Municipal de Jerez y dar acceso público on line a la colección de actas capitulares del siglo XVI. Los 30 tomos digitalizados son los siguientes:
Tomo 7: 1500-1505 / Tomo 8: 1508-1513 / Tomo 9: 1515-1516 / Tomo 10: 1518-1522 / Tomo 11: 1524-1528 / Tomo 12: 1530-1532 / Tomo 13: 1533-1534 / Tomo 14: 1535-1539 / Tomo 15: 1541-1544 / Tomo 16: 1548-1550 / Tomo 17: 1550-1553 / Tomo 18: 1556-1558 / Tomo 19: 1559-1560 / Tomo 20: 1562-1564 / Tomo 21: 1565-1561 / Tomo 22: 1566 / Tomo 23: 1567-1568 / Tomo 24: 1570-1571 / Tomo 25: 1572-1574 / Tomo 26: 1575-1577 / Tomo 27: 1578-1580 / Tomo 28: 1581-1584 / Tomo 29: 1583-1774 (Libro de Actas de los Cabildos de Sábados) / Tomo 30: 1585-1586 / Tomo 31: 1587-1588 / Tomo 32: 1589-1590 / Tomo 33: 1591-1592 / Tomo 34: 1593-1594 / Tomo 35: 1595-1596 / Tomo 36: 1597-1598
A esta colección digital puede accederse a través del enlace:
Los 30 tomos, digitalizados a doble página, color y resolución suficiente, han quedado divididos en un total de 1026 pdfs y presentados en correlación progresiva cronológica. Dentro de esta presentación cronológica se ha seguido la foliación que el archivero Antonio Mª Fernández Formentani dio a cada uno de los tomos a fines del XIX.
Se dispone de un índice manuscrito digitalizado, accesible on line, con los asientos igualmente dispuestos cronológicamente y según la mencionada foliación, de los 30 tomos, en los pdfs nº 4 a 26 de: https://www.jerez.es/.../arc.../indices-manuscritos-del-amjf
2º.-Conferencia, organizada por el Archivo Municipal y el Ateneo de Jerez, de Agustín García Lázaro en el salón de actos del Ateneo de Jerez (viernes 9 de junio a las 19,30h.): "El término municipal de Jerez a comienzos del siglo XX. El plano parcelario de Adolfo López Cepero". El documento original se encuentra en el Archivo Municipal de Jerez y puede verse copia digital en: http://gigapan.com/profiles/pacozuleta/gigapans


martes, 6 de junio de 2023

Memorial deJerez al rey (1410).-

(del FaceBook del Archivo Municipal de Jerez)

MEMORIAL DE JEREZ AL REY (1410).-

      Este Memorial, como otros varios que pueden encontrarse a lo largo de las actas capitulares del siglo XV conservadas en el Archivo Municipal de Jerez, no está referido a ningún problema particular, sino a un conjunto de circunstancias acuciantes que revelan la difícil situación en que se encuentra Jerez como consecuencia de las campañas militares del infante en la zona fronteriza con Granada. Por este carácter de generalidad y por ser dicho memorial el primer documento que de este tipo se encuentra en las actas es por lo que hemos elegido dicha pieza, así como también para mostrar cómo antes del auge económico de la segunda mitad del siglo XV y durante el siglo XVI, Jerez es, en 1410 al menos, una ciudad de frontera asfixiada por sus tareas militares y  debilitada en orden a articular unos intereses comunitarios propios y suficientes frente a las duras exigencias bélicas de la Corona.

Síntesis:

      PÁRRAFO 1º: Que algunos arrendadores y pesquisidores de los años pasados, frente al buen trabajo del concejo y de empadronadores y cogedores de monedas, apremiaban a los vecinos de Jerez…

      PÁRRAFO 2º: Los castigos de los arrendadores son de mayor cuantía que la deuda contraída; que hay peligro de despoblamiento…

      PÁRRAFO 3º: que los arrendadores del montadgo no presionen a los vecinos que andan con sus ganados por el término…

      PÁRRAFO 4º: que por causa de las guerras y otros menesteres se está en gran necesidad…

      PÁRRAFO 5º: que las cartas que ganan los arrendadores contra los vecinos de Jerez obligan a estos a ir a la corte para pleitear…

      PÁRRAFO 6º: que Jerez no pude atender el pedido de 250 caballeros, 450 hombres de a pie (ballesteros y lanceros)…

      PÁRRAFO 7º: que no se puede atender el pedido de 300 bestias asnales…

      PÁRRAFO 8º: que el notario de Andalucía que está en lugar de Per Afán de Ribera da algunas sobrecartas desaforadas…

       PÁRRAFO 9º: que se guarde a los caballeros de silla antigua que sostienen armas el derecho a no pagar monedas algunas…

Más información sobe el memorial de Jerez al rey de 1410:

https://www.cehj.es/app/download/8876816/223-236.pdf

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TRANSCRIPCIÓN: AMJF, Actas Capitulares, 1410-04-02, Fº 57r.-58v.: <<Memorial de Jerez al infante d. Fernando sobre el pleito con los arrendadores de monedas, prendas que se hacen a vecinos de Jerez en Sevilla, servicio y montazgo, impuesto sobre el vino y la carne, pedido de guerra, exención de pechos a caballeros de guerra, etc.>>

Fº 57r.:

      1/ Muy excelente e muy noble / e poderoso Señor Infante. / Los alcalldes e el alguacil e los caballeros e escuderos e regidores e jurados e omes buenos de la noble / çibdat de xeres de la frontera muy omildosamente vesamos vuestras manos como a señor de quien / 5 muchos bienes e merçedes avemos recebido e esperamos mas aver. Señor sepa la vuestra merçed / que por quanto algunos arrendadores e pesquisidores de las monedas de los años pasados con entencion de co- / hechar a esta çibdat e a los vesinos moradores della por razon de achaques e penas e calopnias / que dezian e dizen que aviamos caido nos e los empadronadores e cogedores de las dichas monedas / ovieron ganado algunas cartas del Rey nuestro señor libradas de los contadores e de pero sanches de avila / 10 notº notario del andalosia, las quales cartas eran e son muy desaforadas e ganadas con / Relacion non verdadera por las quales e sobre los dichos achaques e aun sin lo mandar en las dichas / cartas fueron fechos en vienes e cuerpos de vesinos desta çibdat muchas prendas e represarias non / debidamente e a grant sin razon asy por los juezes del adelantado como por otros juezes de /comysiones e por algunos de los juezes de la çibdat de sevylla e por luys ferrandes e diego ortis Recabda- / 15 dores, en lo qual esta çibdat e los sus vesinos han recebido muchas pérdidas e dapnos de / sus vienes e han seydo e son muy agraviados e corridos e presos e cohechados tanto como si fuesen / de los moros enemigos de la santa fe catolica, lo qual asy fecho es en gran deservicio de dios / e del dicho señor rey e vuestro e despoblamiento desta çibdat yendose por ello los vesinos e / moradores de ella a morar e a vebyr a los lugares de las comarcas e a la çibdat de sevylla e a otros / 20 lugares de señorios francos. E Señor porque los tales agravios e syn rasones non tenemos en / esta tierra a quien lo querellar e mostrar porque nos sea desfecho fasta primeramente enviar a la merced / del dicho señor rrey e a la vuestra a castilla e faser sobre ello muy grandes costas en lo qual vienen / grandes dapnos e males a esta çibdat que asy lo recibe dexan perder todo el derecho que tiene por no / faser mas costas por no aver de yr tan lueña tierra. Por ende señor suplicando a la vuestra merced / 25 vos pedimos que vos plega de nos dar un conservador que sea buena persona en la dicha çibdat de / sevylla porque sobre las dichas prendas e represarias que asy son fechos ayamos complimiento de / justicia e de aquí adelante non puedan faser prendas e represarias salvo sy el dicho conservador / viere que con derecho somos a ellos tenudos en lo qual señor faredes mucha merced a esta çibdat.

      Otrosy señor sepa la vuestra merced que por cabsa de las monedas e de los arrendadores de ella [roto] / 30 penas e calopnas e achaques que maliciosamente levantan tanto que es mas que lo principal esta [roto] /

Fº 57v.:

se ha despoblado e despuebla de cada dia, lo qual non es servçio del dicho señor rrey nin vuestro seyendo como / la vuestra merced sabe tan complidero que esta çibdat esté bien proveida de gente por estar con frontera e comarcana / contra los moros enemigos de la santa fe catolica e seyendo por ella guardados e amparados e defendi- / do cada que a mano viene las villas e lugares desta frontera e de su comarca. Por ende señor pedimosvos/ 35 por merced que la vuestra merced plega de poner por tasa las monedas a esta çibdat quando la merced del / dicho señor rrey fuere e la vuestra de las mandar coger segund aviamos la dicha tasa otorgada por / el muy noble rrey nuestro señor don enrique vuestro hermano que dios dé santo paraíso. /

      Otrosy señor sepa la vuestra merçed que el Rey don alfon que dios dé santo paraíso gano a esta / çibdat de los moros e para la poblar e mantener fizole muchas grandes merçedes las quales fueron / 40 confirmadas e guardadas e mandadas guardar por el rrey don sancho su padre e por otros reyes que / dios dé santo paraíso que después dellos reinaron onde vos señor venydes por muchos grandes / e leales serviçios questa çibdat les fizo e faze agora de cada dia en defension de la santa fe / catolica entre las quales merçedes e graçias le fezieron merçed los dichos señores reyes que todos los / vesinos e moradores desta çibdat pudiesen enviar e andar con todos los sus ganados por los / 45 sus regnos e que non pagasen montadgo nin otro derecho alguno, la qual dicha merçed e libertad / siempre asy le fue guardada a los vesinos e moradores della salvo de quatro años aca que nos / traen a plito e a contiendas los arrendadores del dicho montadgo, lo qual avemos mostrado muchas / veces a la vuestra merçed. Por ende señor pedimos a la vuestra merced que vos plega de nos la guardar / e mandar guardar segund que en los nuestros previllejos se contiene en lo qual señor nos faredes / 50 mucha merçed.

      Otrosy señor sepa la vuestra merced que esta çibdat esta en muchos grandes menesteres por faser e / conplir lo que cumple ser fecho al serviçio del dicho señor rrey e al vuestro en este tiempo de las guerras / e de otros menesteres en que está e no tiene atales nin tantas rentas de que lo pueda conplir. Porque vos / pedimos por merced que para çerca de alguna cosa de los dichos menesteres nos dedes licencia e / 55 mandamiento para que podamos echar dinero el vino e en la carne segund que lo ay en la çibdat de sevylla, / por lo qual señor entendemos aver ayuda para conplir alguna cosa de los dichos menesteres e / señor faser nos haredes mucha merced e poderse ha conplir lo que la merced de nuestro señor rrey e / vuestra nos envía mandar. /

      Otrosy señor sepa la vuestra merced que los arrendadores de las monedas queriendo cochechar a los / 60 [roto]sinos desta çibdat con achaques ganan cartas del dicho señor rrey libradas del dicho notario /

Fº 58r.

del andalosia por las quales los emplasa que vayan e parescan con ellos a plito antel dicho notario / en la corte del dicho señor Rey e por esto han de ser cohechados e esta çibdat Robada e despoblada. / Por ende señor pedimosvos por merçed que la vuestra merçed non consienta esto e que sy los dichos / arrendadores e pesquisidores de las dichas monedas los de fasta aquí e los que de aquí adelante fueren sy / 65 entendieren aver demanda o demandas contra vesinos desta çibdat que a la vuestra merçed plega de dar / una buena persona de la dicha çibdat por jues para que les oya e determine e libre entre ellos aquello / que de derecho deviere, porque señor esta çibdat nin los vesinos della no sean robados nin cochecha- / dos e qualquiera que de ello quisiere apellar que pueda apellar para la çibdat de Sevilla segund que lo avemos / por privillejo en los plitos çeviles en lo qual señor faredes a nos mucha merçed.

      70 Otrosy señor bien sabe la vuestra merçed que el Rey nuestro señor enbio dezir e mandar a esta çibdat / que para la guerra que vos avedes de proseguir agora contra los moros enemigos de la santa fe / catolica que manferiesemos e toviesemos prestos dozientos e çinquenta cavalleros e quatroçientos e / çinquenta omes de pie vallesteros e lançeros e señor segund los vasallos del dicho señor Rey / e vuestros e de otros señores que aquí estan e segund la gente que desta çibdat se es yda e se va de cada dia / 75 a morar a los lugares de las comarcas que son francos e a la çibdat de sevilla e a los otros lugares / de señoríos esta çibdad non podria nin puede conplir la tanta gente quanto mas señor seyendo / la gente della tan nesçesaria e conplidero de estar aquí para el serviçio de dios e del dicho señor / Rey e vuestro e porque defension e anparo e guarda desta çibdat e de su tierra e de las otras villas e lugares / de su frontera, que señor sabido por los moros que desta çibdat es perdida (?) la gente luego sera / 80 de los moros corrida ella e las otras villas e lugares de su frontera e robados los campos asy / de los omes como de los ganados. Porque vos pedimos señor por merçed que a la vuestra merçed / plega de remediar en esto que quando la entrada oviere de ser por esta comarca prestos estemos / e aparejados para vos servir leal e verdaderamente segund que Þ simos en la guerra pasada lo qual / sera grand serviçio de dios e del Rey nuestro señor e vuestro./

      85 Otrosy señor bien sabe la vuestra merçed que el Rey nuestro señor enbio desir e mandar por / su carta a esta çibdat que toviese prestas tresientas bestias asnales para llevar viandas al[roto]/ onde vos fuesedes a tierra de moros, las quales bestias señor podra saber la vuestra merced [roto]/ non ay en esta çibdat porque en ella non ay recueros como en otras partes ay salvo ____ (?) [roto]/ puede alcançar una bestia asnal para traer leña a los fornos ques el proveimiento desta [roto]./ 90 Por ende señor pedimosvos por merçed que pues las tales bestias nin recueros della / ay que a la vuestra merçed plega de las quitar a esta çibdat, ca señor sy las oviere (?) [roto]/

Fº 58v.

/serian al serviçio del dicho señor rrey e al vuestro en lo qual señor nos faredes mucha merçed.

      Otrosy señor sepa la vuestra merced quel notario del andalosia questa en lugar del adelantado per / afan de ribera ha dado e da algunas sobrecartas desaforadas fasiendo en ellas leyes nuevas e / 95 muchos mandamientos agraviados contra esta çibdat e contra las otras çibdades e villas e lugares / de los regnos del dicho señor rrey pasando allende de lo que se contiene en el quaderno e carta / e condiçiones con quel dicho señor rrey manda arrendar las dichas monedas, lo qual señor a la vuestra / merçed sera mostrado por las cartas quel dicho notario en esto a dado. E señor por premia e ____ / de las tales cartas quel dicho notario asy ha dado e da son gastados e cohechados e dapnificados / 100 muchos de los vesinos desta çibdat e se van fuyendo a otros lugares por se anparar e defender / sy pudieren asy como sy fuesen fuyendo e escondiéndose de los moros enemigos de la / santa fe catolica. Porque vos pedimos señor por merçed que a la vuestra merced plega de escarmentar / al dicho notario que non dé las tales cartas nin faga las tales osadias porque las çibdades e villas / e lugares del dicho señor rrey non sean dapnificados pues que se cunple e fasen todas las / 105 cosas quel dicho señor rrey manda conplir e faser e guardar por la dicha su carta e quaderrno que es / librada de los sus contadores lo qual señor sera grant serviçio del Rey nuestro señor e vuestro./

      Otrosy señor sepa la vuestra merçed que los cavalleros desta çibdat que mantienen cavallos e armas / e yeguas de sylla antiguamente e oy dia segund la frontera questa çibdat tiene con los moros / enemigos de la santa fe catolica, todos fueron e son juntos en defension e en anparo desta çibdat / 110 e de las otras villas e lugares de su frontera contra los dichos moros reçebiendo muchas peleas e / muertes con los dichos enemigos fasiendo del campo mandando e apellidando la tierra e / seguiendo los rastros e algunas veses cercando a los enemigos la presa e cavalgadas que llevan, / por lo qual señor siempre fue guardado a los tales caballeros asy de cavallos como de yeguas que fuesen / quitos e francos de no pagar monedas e agora por no ser asy especificado e mandadoles guardar / 115 por el dicho quaderrno tan claramente segund siempre les fue guardado los arrendadores e coge- / dores e pesquisidores demandan e trahen a plitos e a contiendas a los tales cavalleros de / yeguas. Porque vos pedimos señor por merçed que a la vuestra merced plega de mandar guardar a los / dichos cavalleros lo que asy siempre les fue guardado e libertado, en lo qual señor sera grant serviçio / 119 de dios e del dicho señor rrey e vuestro e poblamiento e defendimiento desta çibdat e de su comarca.




lunes, 5 de junio de 2023

Las actas capitulares más antiguas del Archivo Municipal de Jerez (1409).-

(del FaceBook del Archivo Municipal de Jerez)


LAS ACTAS CAPITULARES MÁS ANTIGUAS DEL ARCHIVO MUNICIPAL DE JEREZ (1409, nov., dic.)

Acceso on line (web del Archivo Municipal de Jerez), pdf nº 1 de: https://www.jerez.es/webs-municipales/cultura-y-fiestas/servicios/archivo-municipal/actas-capitulares-del-siglo-xv

Los 5 folios -deteriorados- de actas capitulares más antiguas que se conservan en el Archivo Municipal de Jerez abarcan el período cronológico de noviembre a diciembre de 1409. La síntesis de los temas de que tratan los acuerdos de cabildo fijados en dichas actas concejiles es la siguiente:

001 / 1409-11-00 / Pleito sobre guarda de unas vacas. / fº1r.

002 / 1409-11-28 / Cabildo sin acuerdos. / fº1r.

003 / 1409-12-05 / Pedido y monedas (80.000 mrs.) / fº1r.

004 / 1409-12-05 / Juez para librar pleito. / fº1r.

005 / 1409-12-05 / Libramiento de salario a favor de los escribanos de cabildo.

/ fº1v.

006 / 1409-12-05 / Recaudación de monedas. / fº1v.

007 / 1409-12-05 / Orden de poner por almoneda las rentas de Jerez. / fº2r.

008 / 1409-12-10 / Juez para librar pleito. / fº2r.

009 / 1409-12-11 / Testimonio de los arrendadores de las monedas de esta

ciudad contra los vecinos y la ciudad. / fº2v.

010 / 1409-12-11 / Testimonios dados por los notarios. / fº2v.

011 / 1409-12-11 / Jueces suplentes para librar pleito. / fº2v.

012 / 1409-12-11 / Caballeros de contía. / fº2v

013 / 1409-12-15 / Achaques de las monedas de los años 1407, 1408 y 1409. / fº3r.

014 / 1409-12-17 / Concertación de las cuantías de los pechos con los jurados

de las collaciones. / fº3v.

015 / 1409-12-17 / Vista del pleito entre partes sobre ganados. / fº3v.

016 / 1409-12-17 / Mandamiento de pago a favor del arrendador de las tres

monedas del año 1408. / fº3v.

017 / 1409-12-20 / Incumplimiento de órdenes del adelantado Juan Fernandes

de Mendoza. / fº4r.

018 / 1409-12-22 / Condiciones de arrendamiento de las rentas de propios. /

fº4r.-fº5r.

019 / 1409-12-22 / Subasta de la renta de las onzas de carne. / fº5r.

020 / 1409-12-22 / Subasta de la renta de la montaracía. / fº5v.

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Más información al respecto en Revista de Historia de Jerez (nº 18):

https://www.cehj.es/app/download/5883806/83-156.pdf

domingo, 4 de junio de 2023

El término municipal de Jerez a comienzos del siglo XX.-

(del FaceBook del Archivo Municipal de Jerez)

EL TÉRMINO MUNICIPAL DE JEREZ A COMIENZOS DEL SIGLOXX.-

Día Internacional de los Archivos

VIII Ciclo del documento del mes del Archivo Municipal de Jerez

Conferencia Agustín García Lázaro (CEHJ): "El término municipal de Jerez a comienzos del siglo XX. El  Plano Parcelario de Adolfo López Cepero (1904)".

      <<Entre los muchos planos, mapas  y croquis geográficos que conserva el Archivo Municipal de Jerez hay uno que, por sus especiales características, puede considerarse como una auténtica obra maestra de la cartografía de su época. Nos referimos al Plano Parcelario del término de Jerez  de la Frontera elaborado en 1904 por Adolfo López Cepero.

      Este magnífico plano, fue publicado en 1906, a escala 1:25.000, constando de 10 hojas de grandes dimensiones (103 x 75 cm), que unidas componían un mapa de 201 x 344 cm: una obra a todas luces “monumental” en la que quedaba representada, con todo detalle, el término municipal de Jerez, el tercero de España en superficie en el momento de su publicación.

      Por la finalidad con la que fue concebido, como plano parcelario, este trabajo recoge de manera pormenorizada las fincas, viñas, cortijos, dehesas, ranchos, suertes… que en aquellos años a caballo entre los siglos XIX y XX existían en nuestro término. Constituye así un documento de primer orden que ha sido de gran utilidad para conocer la estructura de nuestro término, la naturaleza de las propiedades que lo integraban y, en buena medida, el nombre de muchos de los propietarios de las explotaciones agropecuarias de la época.

      El Plano Parcelario ofrece, así mismo otros muchos datos relacionados con la caminería de la época, los enclaves rurales, la red hidrográfica, los humedales, los diseminados, los proyectos en vía de construcción de algunas infraestructuras... Junto a todo ello, el Plano es también un inigualable “banco de datos” toponímico al incluir hasta 2669 topónimos, muchos de los cuales han desparecido en nuestros tiempos.

      De todo ello hablaremos el próximo día 9 de junio en el Ateneo de Jerez a las 19:30 en la conferencia titulada “El término municipal de Jerez a comienzos del siglo XX. El  Plano Parcelario de Adolfo López Cepero (1904)” que cierra el VIII Ciclo del documento del mes del Archivo Municipal de Jerez, precisamente en la fecha en la que anualmente se conmemora el Día Internacional de los archivos.

      La conferencia la hemos dividido en cuatro apartados en los que abordaremos “El Jerez del cambio de siglo: un repaso a la historia”; “El término de Jerez en la cartografía de la época”; “La figura de Adolfo López Cepero y  las características de su Plano Parcelario” y “Un recorrido por el término de Jerez de la mano del Plano Parcelario de 1904”.

La asistencia es libre hasta completar aforo. Quedan ustedes invitados>>.

Canal zoom:

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