miércoles, 9 de noviembre de 2022
Hebreos y judíos en la historia de Cádiz. Deportación en 1944.
martes, 8 de noviembre de 2022
Artículos (años 40) sobre excavaciones en Asta Regia (Jerez)
(del Facebook del Archivo Municipal de Jerez)
RESEÑAS PERIODÍSTICAS (AÑOS 40) SOBRE LAS EXCAVACIONES EN ASTA REGIA (JEREZ).-
En el Archivo Municipal se conserva un considerable número de referencias documentales acerca de Asta Regia. Hoy que se presenta, a las 11,00h. en el Museo Arqueológico Municipal, el "Plan estratégico para la investigación, conservación y socialización de Mesas de Asta", al que el Archivo Municipal de Jerez ha hecho algunas aportaciones de índole documental, ofrecemos aquí varios recortes de prensa, conservados en las “Misceláneas” del Archivo Soto Molina (que forma parte del AMJF) sobre las excavaciones en Asta Regia en los años 40, entrevista al arqueólogo Manuel Esteve, etc.
Estas reseñas periodísticas se publicaron en el Diario Ayer en 31/03/1946 y otras fechas, muy cercanas, a los momentos en que se excavaba.
Igualmente, damos a conocer la primera parte de un artículo, de 1914, de A. Carrasco titulado “Cuestión histórica. ¿Fue Asta Regia de origen fenicio, griego o ibero?”.
lunes, 7 de noviembre de 2022
Los documentos del Archivo Municipal de Jerez llegan a los centros educativos.
(del Facebook del Archivo Municipal de Jerez)
LOS DOCUMENTOS DEL ARCHIVO MUNICIPAL LLEGAN A LOS CENTROS
EDUCATIVOS.-
Además de otras visitas de ciudadanos e investigadores,
durante todo el año educativo el Archivo Municipal recibe visitas o se traslada
a los centros (IES, sobre todo, pero también a la Aula Universitaria de Mayores
-UCA-, por ejemplo) para enseñar a los alumnos y alumnas nuestros fondos,
nuestro funcionamiento, ubicación, web, servicios, etc. Esta es, desde hace
años, una actividad del Archivo Municipal de Jerez recogida en este curso en la
“Oferta Educativa Municipal: JEREZ EDUCA 2022-2023” (https://web.jerez.es/webs-municipales/educacion/oferta-educativa).
Pero además, tenemos la fortuna de contar en la ciudad con
excelentes profesores de historia que utilizan los documentos del Archivo
Municipal en sus clases. Es el caso de este vídeo (https://www.youtube.com/watch?v=XrcAYBbDCzQ) del profesor Fernando López
Vargas-Machuca que, con una muy alta calidad científica y pedagógica, explica a
sus alumnos los orígenes históricos de la ciudad e introduce un documento del
Archivo Municipal en el minuto 11:12 de dicho vídeo.
fº 1 y ss.: Repartimiento hecho por Jerez a los
individuos que se relacionan por Alfonso X.
fº 18: Para que se entienda qué quiere decir
cavalleros del feudo y la obligación que tenían pondré aquí las palabras formales
del privilegio que dice asi...
fº 18v.-36v.: Copia de los cavalleros hijosdalgo que
han sido nombrados en la vara mayor de la Santa Hermandad en el estado
noble,1486-1730.
fº 37 y ss.: Los capítulos propios del
manuscrito....
fº 39r.: PLANO: Croquis del Jerez intramuros al fº
39r.
Al fº 164 una nota que dice : <<Este libro
forrado en pergamino y que según su información se compone de ciento sesenta y
tres hojas se me entregó por D. Joseph Angelo Dávila presvitero sujeto de
notoria inteligencia en leer letra antigua, expresandoseme ser relativo a lo
que havia sacado de los libros capitulares y otros documentos de esta ciudad y
que conbendría estuviese dentro de su archibo para que en todo tiempo obiere
puntual noticia, y para el propio fin lo firmé en la ziudad de Jerez de la
Frontera en veinte dias del mes de Agosto de 1768. D. Phelipe
Rodriguez>>.
El manuscrito es accesible on line en la web del
Archivo Municipal de Jerez:
domingo, 6 de noviembre de 2022
Se prohiben las propinas en los bares de Jerez (1935)
(del FaceBook del Arhivo Municipal de Jerez)
SE PROHIBEN LAS PROPINAS EN LOS BARES DE JEREZ (1935).-
En el contexto de las reivindicaciones obreras en tiempos de la II República Española, tuvo lugar una disposición aprobada por el Mº de Trabajo que decía: “quedan suprimidas las propinas en todos los establecimientos de este ramo afectos a la jurisdicción de Jerez de la Frontera”.
Para recordarlo al público, la Sociedad Obrera de Camareros y Similares mandó imprimir (Tipografía M. Martín, Jerez, 1935) la hojilla-circular, de 14 de septiembre de 1935, que adjuntamos digitalizada y que forma parte del fondo Soto Molina del Archivo Municipal de Jerez (Legº 58-824).
El asunto de las propinas venía de lejos. Siempre fue un asunto laboral muy sensible en bares y cafeterías del país, pues los sueldos de los camareros eran muy exangües. Lo que al respecto ocurría en Madrid, según contó El Guadalete ya en 10 de agosto de 1888, era esto: “En la reunión del gremio de cafeteros celebrada anoche en el café San Isidro se acordó por 57 votos suprimir desde hoy las gotas de licor que se sirven con café. Entre algunos consumidores predomina la idea de tomar represalias suprimiendo las propinas, con lo cual los dueños de los establecimientos aumentarán el jornal a los camareros, que en la actualidad es bien insignificante".
Finalmente, en el año 1933, siendo presidente de la II República Niceto Alcalá Zamora, puede leerse en la prensa nacional: “Con motivo de la resolución del Jurado Mixto suprimiendo las propinas se ha establecido un nuevo recargo sobre lo que pagan los parroquianos que tienen que abonar 30, 40 y hasta 50 céntimos de sobreprecio por cada botella de vino de marca. Además de esto, imponen los camareros a las casas expendedoras de vino el pago de 25, 30 y 40 céntimos por botella y a las que rechazan la imposición les declaran el boicot. La representación patronal ha pedido al Jurado Mixto que intervenga para evitar estos abusos” (La voz: diario gráfico de información, 13-07-1933).
jueves, 3 de noviembre de 2022
Los 4 reyes de armas de Jerez vayan con sus lobas largas y capirotes en la cabeza (1611)
(del FaceBook del Archivo Municipal de Jerez)
LOS 4 REYES DE ARMAS DE JEREZ VAYAN CON SUS LOBAS LARGAS Y CAPIROTES EN LA CABEZA (1611).-
Cuando murió la reina consorte Margarita de Austria (1584-1611), esposa del rey Felipe III, se desarrollaron en Jerez unas honras fúnebres o exequias que fueron reglamentadas y recogidas en las actas capitulares que conservamos en el Archivo Municipal de Jerez (AMJF, AC, cabildo de 26 de noviembre de 1611, fº 623v.-625r.).
Y en dicha reglamentación se dice (lineas 13 a 19) respecto a la procesión pública que había de celebrarse por la ciudad: “Primeramente an de yr los quatro Reyes / de armas por guia de la prosecion con / sus lobas largas y capirotes cubiertas las / cabesas con sus ynsinias en que vayan pin- / tadas las armas Reales y sus maças en / los honbros y en ellas las armas Reales des- / ta ciudad”. Con túnicas largas y capirotes, o capuchas terminadas en pico (como se recoge en: http://opusincertumhispanicus.blogspot.com/2022/04/el-capirote-de-nazareno-aproximacion-su.html) y colores oscuros, debieron desfilar, al principio de la procesión, los cuatro reyes de armas de Jerez que, según este documento, existían en la ciudad o como oficios concejiles o como función concejil eventual para determinados actos protocolarios.
Al final del documento se advierte (lineas 93 y ss.) a los posibles desobedientes: “con aperse- / bimiento quel que no acudiere a las / dichas honRas y estuviere asentado / y escrito por el presente escrivano aber / acudido yncuRa en pena de veinte mill / maravedis aplicados por mitad camara / de su magestad y gastos del tumulo y veinte / dias de carsel y suspençion / de sus oficios por quatro meses / al que no acudiere”
Un interesante documento para comprender la vida del Jerez del poco conocido Jerez del s. XVII y, también, para conocer la estructura municipal de la institución municipal o concejo (escribanos, caballeros 24º, reyes de armas, letrados, alguacil, alcalde mayor, capellán de la ciudad, etc.) Era corregidor de Jerez “el señor capitan geronimo de valde- / Rama y tovar corregidor y capitan a guerra / en ella por su magestad”.
Se ha utilizado, aunque revisada y adaptada a los usos paleográficos habituales, la transcripción del documento hecha por Fernández Formentani en su obra “Costumbres y leyes de antaño…” (Jerez, 1890).
TRANSCRIPCIÓN
AMJF, AC, 1611, nov., 26, fº 623v.-625r. Exequias de la reina.
Avto de la orden en como se a de yr a las honRas de la Reina nuestra señora. En la ciudad de Xeres de la frontera en vein/ 3 te y seis dias del mes de novienbre de mill / y seiscientos y honse años el señor capitangeronimo de valde- / Rama y tovar corregidor y capitan a guerra / 6 en ella por su magestad dixo que por quanto / las honras questa ciudad hase por la muerte / de la Reyna nuestra señora estan para haserse / 9 mañana domingo las bisperas y otro dia ques / lunes la presecion y honRas y conviene / que para horden que en semexantes avtos / 12 y honRas a vido ques en la forma siguiente.
1-Primeramente an de yr los quatro Reyes / de armas por guia de la prosecion con / 15 sus lobas largas y capirotes cubiertas las / cabesas con sus ynsinias en que vayan pin- / tadas las armas Reales y sus maças en / 18 los honbros y en ellas las armas Reales des- / ta ciudad.
2-y en segundo lugar vayan los procuradores del numero / 21 desta ciudad con sus lutos.
3-y en tercero lugar an de yr los escrivanos Reales / con sus lutos.
24 4-y en quarto lugar an de yr los escrivanoss / publicos del numero y escrivanos mayores / del crimen y de la hermandad ynter- / 27 polados unos con otros de conformidad / como se hiso en las honRas pasadas / del Rey don felipe nuestros señores y los / 30 dichos procuradores escrivanos Reales / publicos y del Crimen vayan por / su antigüedad cada uno en su coro y / 33 con sus lutos.
5-y en quinto lugar an de yr los porte- / ros del cavildo desta ciudad
fº 624r.:
36 con sus lobas y capirotes cubiertas / las cavesas y las masas de la ciudad / cubiertas de tafetan negro y tras / 39 dellos el contador de la ciudad
6-y en sesto lugar an de yr los cavalleros jura- / dos desta ciudad por su antigüedad / 42 y todos con sus lobas largas y capirotes / y cuviertas las cavesas.
7-En setimo lugar los escrivanos del cavildo / 45 tenientes de los escrivanos mayores / conforme fueron en las honRas pa- / sadas del Rey don felipe nuestro señor / 48 y en el lugar que an llevado.
8-y en el otavo lugar el capellan de la / ciudad a mano derecha y a la ysquierda el al- / 51 guacil mayor.
9-y en el noveno lugar los letrados de la ciudad.
10-y en el desimo lugar los cavalleros vein- / 54 teyquatros desta ciudad por antigue- / dad y al lado derecho al quarto lugar el / escrivano mayor del cavildo ques el lugar / 57 que su merced ha visto llevar en la / prosecion y otros actos publicos / e su mersed a la postre y al lado derecho / 60 el alferez mayor y al ysquierdo el liçençiado / manso (¿) de avila su alcalde mayor y todos / por su horden y antigüedad conforme / 63 se acientan en el cavildo y an de / yr con sus lobas largas aRastrando / con sus capirotes y cavesas cubier- / 66 tas con muncho sentimiento / y quietud y en la forma dicha an de
fº 624v.:
entrar en la yglecia mayor de señor san sal- / 69 vador y sentarse en el tavlado que / para la ciudad esta hecho yendo los jurados mas / modernos a tomar el frontespicio / 72 del y al principio hacia el arco del / coro se a de sentar su merced y en el otro / principio del dicho tavlado el dicho man- / 75 co (¿) de avila su alcalde mayor.
E para que las dichas honRas y vispe- / ras se hagan con toda solenidad y pun- / 78 tualidad y como conviene devia de man- / dar y mando se pregone en la plaça publica / de los escrivanos para que venga a no- / 81 ticia de todos los cavalleros veinteyqua- / tros jurados y de los escrivanos publicos Reales / y procuradores y demas personas a / 84 quien toca el aconpañamiento de las __ / honRas que para mañana domingo a la / una despues de mediodia esten / 87 con sus lutos como esta dicho en las casas / del cavildo desta ciudad para yr a las / visperas de las dichas honRas y el / 90 lunes siguiente a las siete de la / mañana para yr a las dchas honRas / en prosecion en forma, con aperse- / 93 bimiento quel que no acudiere a las / dichas honRas y estuviere asentado / y escrito por el presente escrivano aber / 96 acudido yncuRa en pena de veinte mill / maravedis aplicados por mitad camara / de su magestad y gastos del tumulo y veinte / 99 dias de carsel y suspençion
fº 625r.:
de sus oficios por quatro meses / al que no acudiere y fuere a las dichas / 102 visperas y honRas y asistieren / todo el tiempo que duraren porque / asi conviene al buen efeto dello / 105 y asi lo proveyo y firmo geronimo de / valdeRama y tovar luis utrera / de arenas escrivano del cavildo
miércoles, 2 de noviembre de 2022
Jura de Calos I y vocerío del rey de armas en Jerez (1516).
(del Facebook del Archivo Municipal de Jerez)
JURA DE CARLOS I Y VOCERÍO DEL REY DE ARMAS EN JEREZ (1516).-
En el precioso libro “Costumbres y leyes de antaño…” (Jerez, 1890) del archivero municipal Antonio Fernández Formentani, encontramos transcrito un documento relativo a la jura del rey Carlos I en Jerez. Un acto histórico relevante que aparece pormenorizadamente descrito -por el famoso escribano Francisco Román de Trujillo- en las actas capitulares del ayuntamiento de Jerez, conservadas en su Archivo Municipal, de domingo 11 de mayo de 1516. Es un documento histórico que muestra, muy pictóricamente, lo sucedido en aquel protocolario momento en que los gestos en público contaban sobremanera para comprobar las lealtades políticas.
Y en las líneas 61 a 70 del valioso documento que hoy presentamos aquí encontramos hasta 4 alusiones a la actuación del “rey de armas” de Jerez en dichos actos: protocolo cívico-religioso de alzamiento del pendón, cabalgada por la ciudad, vivas al rey y a Castilla, etc.
Exactamente nos encontramos (líneas 57-59) con esto: “…el dicho corregidor con sus manos el dicho pendon Real e / tomado estava alli françisco de vargas pregonero vistiendo una cota de / armas…”; y un poco más adelante (línea 62): “el dicho corregidor mando al dicho Rey de armas que dixese oyd oyd oyd…” Así que podemos deducir que el pregonero de la ciudad, en ese momento Francisco de Vargas, cuando vestía cierta cota de armas, era el “rey de armas”, es decir, el heraldo que exhibiendo las armas reales en su propia ropa decía, subido a un cadalso alfombrado y cubierto de tapices en la plaza del Arenal, entre sonidos de trompetas y atabales, eso de: “oyd, oyd, oyd…”, “castilla, castilla, castilla…”
Un documento muy lleno de vivos detalles que, si se leen atentamente, tienen la capacidad, como si de un vídeo de alta fidelidad se tratara, de retrotraernos a 506 años atrás en el tiempo.
Hemos revisado la transcripción de Formentani, ajustándola a una lineación paleográfica estándar, barra tendida, etc.
TRANSCRIPCIÓN
AMJF, AC, 1516, mayo, 11, fº
584r.-v., 634r.
fº 584r.:
En la tarde deste dicho dia
domingo.
ALÇAR PENDONES.- 3 Estando en la
posada el magnifico señor pero suarez de castilla corregidor / e justiçia mayor
desta çibdat por la Reyna donna ihoana e por el Rey don / carlos nuestros
señores las quales casas son en esta çibdat en la collaçion / 6 de san dionis
estando presente el dicho señor corregidor e el liçençiado fernando / de Rojas
su allcalde mayor e fernando lopes e payo patino e yñigo /lopes e don john de
villacreçes veynte e quatros e diego de carrizosa e alvaro / 9 de carrizosa e
jurados e fieles esecutores e cavalleros del pueblo e eso mesmo / estando
presente gomez suarez alferez del pendon desta çibdat e / 12 en presençia de mi
françisco roman de trogillo escrivano publico e del conçejo desta / dicha
çibdat e de los testigos de yusoescritos el dicho señor corregidor e cavalleros
/ veynte e quatros e jurados dixeron que oy estava acordado e mandado alçar
pen- / 15 dones por sus altezas e guardando su serviçio lo devian hazer luego /
e luego los dichos señores cavalgaron con mucha gente a cavallo e se fueron / a
la iglesia de san salvador a sacar el pendon Real que en la dicha iglesia / 18 esta
para alçar pendones por sus altezas como dicho es, e en la puerta de la dicha /
iglesia se apearon e entraron a pie mucha gente e se fueron al altar / 21 mayor
de la dicha iglesia e alli vinieron luego el prior martin de la parra cano- /
nigo de la dicha iglesia e otros canonigos e clerigos de la dicha iglesia
fº 584v.:
e fallaron el dicho pendon
tendido sobre el altar mayor a tanto e antes que / 24 se diese e entregase al
dicho alferez el dicho prior tomo e Re- / çibio plito omenaje del dicho alferez
en manos del dicho señor corregidor como / en manos de cavallero fijodalgo el
qual dicho alferez juro una e dos / 27 e tres vezes una e dos e tres vezes una
e dos e tres vezes a fuero e / uso despaña e seyendole dado e entregado el
dicho pendon e sa- / candolo con los cavalleros presentes a hazer el abto que
se va a hazer e / 30 de fecho lo bolveran a la dicha iglesia e los daran e
entregaran al dicho prior / para que se este e guarde en la dicha iglesia el
qual en Respondiendo di- / xo que asy lo jurava e prometia e fuele dicho que sy
asy lo feziese / que haria e conpliria e que si el contrario fiziese que cayese
e yn- / curriese en aquellas penas en que caen los cavalleros fijosdalgo que
que- / 36 brantan el juramento e plito omenaje que hazen e prometen, el qual
pro- / metio de lo hazer e conplir asy e demas desto juro por el nonmbre / de
dios e de santa maria por las palabras de los santos evange- / 39 lios e por la
señal de la cruz en que puso su mano derecha corporalmente / de tener e guardar
e conplir todo lo susodicho, e aviendo fecho el / dicho juramento e plito
omenaje luego el dicho prior le dio e entrego el dicho / 42 pendon rreal al
dicho alferez el qual lo Reçibio e tomo en sus ma- / nos e lo saco puesto en
una vara alta e con el se salieron fuera / de la dicha iglesia e tornaron a
cavalgar e asy mysmo el dicho alferez /
45 e cavalgando luego tomaron las tronpetas e atabales desta çibdat que / alli
estavan e asy se fueron con mucha gente a cavallo e a pie yendo / alli el dicho
señor corregidor e don pero laso de la vega e de guzman veynte / 48 e quatro e
guillen peruça e otro nobles cavalleros
asy del Regimiento / como del pueblo e muncha gente a pie por la calle
enpedrada e de alli / a la plaça de san dionis e della fueron por la calle
larga de la Ropavieja / 51 con el dicho pendon yendo todavia tocando las
tronpetas e atabales fasta / llegar al arenal donde estava fecho un cadahalso
grande de madera / enparamentado e ataviado de alhonbras e paños de Raz, e en
llegando / 54 al dicho cadahalso se apeo el dicho corregidor e don pero laso de
la vega e fernan / lope e françisco pavon e diego de fuente veynte e quatros e
otros mu- / chos cavalleros asy veynte e quatros como jurados e cavalleros del
pue- / 57 blo e alli tomo el dicho corregidor con sus manos el dicho pendon
Real e / tomado estava alli françisco de vargas pregonero vistiendo una cota de
/ armas e luego el dicho corregidor mando a los dichos tronpe- / 60 tas e atabales
que tomasen sus estormentos e luego ante
fº 634r.:
mucha gente que estava presente a
pie e a cavallo tocaron e tañeron un poco / e en çegundo el dicho corregidor
mando al dicho Rey de armas que dixese oyd oyd oyd / 63 e asy lo dixo e luego
le torno a mandar que dixese castilla castilla castilla / por la muy alta e muy
poderosa e catolica Reyna dona ihoana e por / el muy alto e muy poderoso e
catolico el Rey don carlos su fijo nuestros señores / 66 e el dicho Rey de
armas por su mandado lo dixo asy ante mucha gente de / omes que ende estava e
luego tornaron a tocar las dichas tronpetas e a- / tabales e el dicho Rey de
armas por mandado del dicho corregidor torno a dezir las / 69 las dichas
palabras e en acabandolas tornaron a tomar las dichas tronpetas / e el dicho
Rey de armas por mandado de dicho corregidor torno a dezir las dichas pala- /
bras e luego la gente que estava vaxo dieron una gran grita e luego / 72 los
dichos corregidor e cavalleros se tornaron apear del dicho cadahalso e
cavalgaron / fasta el mercado tocando
las dichas tronpetas e atabales, e de alli se tor- / 75 naron a la dicha
iglesia de san salvador e se apearon e entraron dentro / donde el dicho alferez
entrego el dicho pendon al dicho prior el qual lo Reçibio e el / dicho alferez
lo pidio por testimonio para su descargo, testigos pero Roman de cuenca escrivano de / 78 sus altezas e pero
fernandez eredero clerigo e alonso muñoz portero del cabildo / e otros muchos
vezinos desta çibdad
martes, 1 de noviembre de 2022
El rey de armas y los dueños de unos toros piden dineros a Jerez (1472)
(del facebook del Archivo Mpal. de Jerez)
EL REY DE ARMAS Y LOS DUEÑOS DE UNOS TOROS PIDEN DINEROS A JEREZ (junio de 1472).-
En el fº 27 vuelto de las actas capitulares de 1472, conservadas en el Archivo Municipal y accesibles online en pdf nº 175 de https://www.jerez.es/webs_municipales/turismo_cultura_y_fiestas/servicios/archivo_municipal/actas_siglo_xv/, encontramos, uno tras otro, dos acuerdos concejiles curiosos: uno referido a una petición del “rey de armas” a Jerez y otro tocante a los dineros de cuatro toros que se trajeron a Jerez, aunque uno fue devuelto, se entiende que para la lidia popular de los mismos, con motivo de la festividad de San Juan.
La petición del rey de armas a Jerez fue que se le permitiera cortar 300 puercos en el rastro, con el objetivo de cubrir sus necesidades económicas. En esto parece no solamente que no hubo acuerdo entre los caballeros capitulares, sino que hubo notables tensiones que debieron alentar una acalorada discusión. Se zanjó el asunto con los propios de Jerez, es decir, entregando de la misma hacienda concejil 2.000 maravedis al peticionario en vez de dar acceso a la petición que presentaba al cabildo a través del caballero García Dávila.
Sabemos que Jerez tenía un “rey de armas”, es decir, una especie de heraldo o encargado del protocolo municipal más destacado, aunque ignoramos si ejercía de cronista entre cuyas funciones estaría dirimir sobre los escudos de armas, las genealogías ciertas, etc. La existencia de este rey de armas de Jerez se conoce a través de documentos municipales (de los que hablaremos aquí en otro momento) como por ejemplo (además del que hoy presentamos transcrito):
-Jura de Carlos I en Jerez, AMJF, AC, 1516, mayo, 11, fº 584
-Exequias por la muerte de la reina, programa, AMJF, AC, 1611, nov., 26, fº 623
Más información sobre los llamados reyes de armas (los adscritos directamente a la corona) en: https://www.culturaydeporte.gob.es/cultura/areas/archivos/mc/archivos/nhn/actividades/rincon-de-la-heraldica/reyes-de-armas.html
En cuanto al acuerdo sobre el uso de la carne y el cuero de un cabestro que cuatro toros traídos a Jerez mataron, los caballeros veinticuatro deciden abonar a los propietarios de los toros 1.000 maravedis por cada uno de ellos y que el contador de la ciudad determinara el precio del cuero del cabestro muerto.
Continuamente en el texto se recoge la expresión “dixo a los dichos señor marques e veynte e quatros” porque en ese momento -época en Andalucía de lucha de bandos entre Guzmanes y Ponces de León- actuaba como corregidor de la ciudad de Jerez el marqués de Cádiz, el señor Rodrigo Ponce de León (https://dbe.rah.es/biografias/9955/rodrigo-ponce-de-leon).
TRANSCRIPCIÓN
AMJF, AC, 1472, junio, 26, fº 27v.
REY DE ARMAS.- E luego el dicho garçia de avila veynte e quatro dixo a los dichos señor marques e veynte e / 3 quatros quel Rey darmas maestresala le avia Rogado que suplicase a esta çibdad que le fesiesen / merçed de poder cortar en el Rastro desta çibdad tresientos puercos para ayuda de algunas / cosas de nesçesidad en que estan, por ende quel de su parte e por sy les pedia por merçed / 6 que por ayudar al dicho Rey darmas e porque era honrra de cavalleros que le fuese fecha la / dicha merçed, sobre lo qual ovo fablas e platicas e alteraçiones fasta tanto que fue dicho / que lo sobredicho era en perjuisio desta çibdad e en daño de la Republica e contra sus / 9 ordenanças e que aquello devia ser proveydo en manera que la çibdad no Resçebiese perjuisio e devia ser / ayudado del propio desta çibdad, e luego fue dicho que pues era cavallero e Rey darmas / e esta presto para las cosas del serviçio desta çibdad e de los cavalleros della e por ser / 12 del dicho señor marques mandaron que le sean librados del propio desta çibdad dos mill / maravedis e que le sean dados luego de que le mandaron dar este mandamiento que se sigue el qual se fiso / e se le dio en forma.
15 CARTAS DE JUSTIÇIA.- Mandaron que las dos cartas de Justiçia la una de los molares e la otra de alcala de gonçalo / sarmiento sean vistas por los letrados desta çibdad e provean en ello lo que sea justiçia.
18 TOROS.- El dicho pero garçia mayordomo dixo a los señor marques e veynte e quatros quel / por mandado de su señoria e de otros cavalleros veynte e quatros avyan traydo para el dia de / 21 sant juan quatro toros e con ellos un cabresto e quel uno dellos se torrno a su dueño e queda- / ron tres e el cabresto con ellos y ellos dentro en el corral mataron el cabestro e que los / señores de los toros piden los maravedis dellos e asy mysmo el señor del dicho cabresto pidio- / 24 les por merçed manden proveer en ello, e luego los dichos señor marques e veynte e / quatros mandaron que sean librados a los señores de los dichos toros por cada uno de los / dichos toros mill maravedis e que por quanto los carniçeros conpraron los cueros e carrne de los / 27 dichos toros e del cabestro e abianlos cortaron syn mandamiento del dicho señor marques e / desta çibdad quel jurado juan de torres contador aya en sy el cuero del dicho cabes- / tro y a los carrniçeros desta çibdad les faga pagar sobre el dicho cuero del / 30 cabestro todo lo quel dicho cabestro vale segund quel dicho contador viere que se / debe pagar para lo qual le dieron todo poder conplido de que mandaron / dar los mandamientos que se syguen.