sábado, 20 de febrero de 2021

Archivo Municipal de Jerez.

 



52 kilos de oro dio Jerez a Queipo de Llano.

 

La política económica del "virrey" franquista en Andalucía, el general Gonzalo Queipo de Llano, incluyó la extracción por la fuerza de una enorme cantidad de dinero a las poblaciones que subyugó. Una cantidad de dinero que, aparte de enriquecer a los generales golpistas, debió financiar, efectivamente, al "ejército nacional" para la compra de armas y suministros de todo tipo.

Sabemos algo de la calculada y sistemática acción económica del general sobre las fuentes más pingües de los capitales y de los ahorros de los andaluces: “Prohibió el general Queipo de Llano todas las enajenaciones en subasta o sin ella de objetos de oro y sus aleaciones, acordadas por las autoridades militares y civiles, Montes de Piedad, casas de préstamos o de compra y venta y toda clase de entidades y particulares. Vencido el plazo de la operación que se tratase, el objeto de oro o aleación había de ser entregado a la sucursal del Banco de España en Sevilla, con expresión de la cantidad que por débito principal e intereses debía de percibir el acreedor. La sucursal del Banco de España daría al acreedor el importe de dicho valor y al propietario del objeto el escdente de la cantidad adeudada” (Fuente de la imagen: Benigno González: "La política económica del general Queipo de Llano", ABC de Sevilla, 19/02/1972). Pero hubo otras vías en caliente, denominada “suscripciones”, que aportaron al sanguinario militar fuentes de ingresos nada desdeñables.

Hasta ahora no era conocido el llamativo dato que aquí publicamos, a saber, que Jerez (ignoramos quién exactamente, si el Ayuntamiento, destacados empresarios, ciudadanos a título particular, víctimas del franquismo saqueadas y luego asesinadas,  personas amenazadas, etc.), por "suscripción abierta en la ciudad" (un eufemismo que me abstengo de comentar), entregó al general -a solo dos meses vista del "alzamiento"- la importante cantidad de 52 kilos de oro. ¿Cuántas personas de izquierdas sufrirían la requisición a la fuerza de sus bienes para sumar oro a esa "suscripción abierta en la ciudad"?. No lo sabemos, pero es de suponer con fiabilidad que los asaltos, violaciones de domicilios, requisas forzosas, etc., caerían con toda crudeza sobre las espaldas de quienes el régimen consideró, en palabras del mismo comandante Arizón, "la fiera marxista".

El oro con que contribuyó Jerez a la suscripción. Sevilla, 10. Esta mañana visitaron al general Queipo de Llano el alcalde de Jerez don Bernabé Rico, el comandante de aquella plaza Marqués de Casa Arizón y el jefe de las milicias fascistas jerezanas señor Vega, haciéndole entrega de 52 kilos de oro, producto de la suscripción abierta a favor del Ejército. El señor Queipo de Llano agradeció mucho el desprendimiento y patriotismo de los jerezanos”. (La Voz, diario gráfico de Córdoba, 10/09/1936).

Otras muchas poblaciones de Andalucía pasaron por las mismas horcas caudinas del despiadado general-locutor: “Entrega de oro y metálico de Rute. Sevilla, 10. Una comisión de Rute visitó esta mañana al ilustre general Queipo de Llano. Los comisionados le entregaron siete kilos de oro, 43.200 pesetas en metálico y 18 monedas de oro con destino a la suscripción para la fuerza armada. Los comisionados también le regalaron una caja de aguardientes anisados de Rute. El general Queipo de Llano agradeció profundamente los importantes donativos hechos por la bella ciudad cordobesa”. (fuente: op. cit.)

Este impuesto de guerra recayó sobre Jerez y vino a ser entregado en mano al "virrey" de Sevilla por quienes aquí encabezaban el golpe: el alcalde Bernabé Rico Cortés (que, increíblemente, todavía conserva una placa conmemorativa con su nombre en la Barriada España), el comandante Salvador Arizón Mejías (que, increíblemente, todavía es públicamente honrado en el cementerio de Jerez con una lápida que ofende gravemente la dignidad democrática de Jerez) y "el jefe de las milicias fascistas jerezanas" (sic) sr. Vega.

Veamos una síntesis de quienes, quizás, ayudaron -a modo de cuadrilla de recaudadores- con sus organizaciones a recolectar tan grandes sumas de dinero con destino a las arcas de Queipo de Llano: “El partido unificado, es decir, FEJ cambia de sede y se ubica en calle Naranjas, 24, aumentando notablemente los afiliados. No obstante y como prueba de haber desaparecido las desavenencias, Falange se traslada en poco tiempo a la antigua sede de la JONS, ubicada en el número 6 de la plaza del Progreso. A finales de año es nombrado nuevamente Jefe provincial Joaquín Bernal Vargas, hasta ese momento Jefe local de Jerez, quedando de la siguiente manera la estructura en la provincia: Manuel Mora-Figueroa: Jefe de la Primera Línea Provincial; Luis María Pardo Maestre: Jefe Local de Cádiz; Antonio Vega Calero: Jefe Local de Jerez; Miguel Primo de Rivera: Jefe de la PL Local de Jerez. El nombramiento de Bernal se produce “por su gran ímpetu y grandes dotes organizativas, no en vano, Jerez era la JONS con mayor afiliación de la provincia y a su gran valentía, buena muestra de ello fue las heridas por arma de fuego producidas el 28 de mayo de 1934 cuando, en compañía de José Gómez, se encontraba parlamentando en el local del Sindicato de Albañiles de la CNT”. (J.I. Gómez Palomeque y M. Ramírez: 1936. Jerez en guerra, 1ª parte, ed. Tierra de Nadie, Jerez, 2014, p. 33)

Se ha hablado y escrito infinitamente sobre el famoso “oro de Moscú”, es decir, de “la operación de apropiación y traslado de 510 toneladas de oro en monedas, correspondientes al 72,6 % de las reservas de oro del Banco de España, desde su depósito en Madrid hacia la Unión Soviética, a los pocos meses del inicio de la Guerra Civil Española, por parte del gobierno de la II República, presidido por Francisco Largo Caballero, y a iniciativa de su ministro de Hacienda, Juan Negrín”. Sin embargo, no se ha hablado apenas nada de este oro recaudado pueblo a pueblo, ciudad a ciudad, por el general golpista de Sevilla. Si Jerez y Rute ofrecieron conjuntamente casi 60 kilos de oro, ¿cuánto ofrecería el conjunto de los andaluces?, ¿una tonelada de oro?. No lo sabemos ni hemos leído ninguna información, artículo o monografía al respecto, pero los indicios señalados permiten suponer que cientos de kilos de oro seguro.

Recordemos la impudicia absoluta de este general advirtiendo cómo, no formalmente, ordenó al alcalde de Sevilla Ramón de Carranza que se le recaudara una enorme suma de dinero de la época para apropiarse por la cara del cortijo de Gambogaz: “El alcalde franquista Ramón de Carranza no lo pensó dos veces: hacer una suscripción popular para regalar una finca de 550 hectáreas de terreno y un caserío, el cortijo Gambogaz, al general golpista Gonzalo Queipo de Llano. La colecta popular ascendió a cien mil pesetas en diciembre de 1937. Una cantidad imposible entonces para un ayuntamiento colapsado por los rigores de la guerra. “A funcionarios del ayuntamiento y de la diputación de Sevilla les fue retenido un día de salario para recaudar parte de la ingente cantidad que forzosamente tuvieron que pagar junto a muchos vecinos de la ciudad”, aclara el investigador José Villa a Público”. Quién sabe si parte de esos 52 kilos de oro de los jerezanos fueron en parte a financiar la compra de aquel cortijo” (https://www.publico.es/politica/cortijo-queipo-llano-rebano-sevilla-muerte-50000-republicanos.html)

Jerez no solo regaló a Queipo de Llano un bastón de mando hecho de caña de carey y empuñadura de oro (http://memoriahistoricadejerez.blogspot.com/2017/09/donde-estara-el-baston-de-mando-que.html), sino que además le ofreció un aeropuerto militar en Zarandilla, 52 kilos de oro, más financiación de algunos grandes empresarios, etc. No estuvo mal…

sábado, 13 de febrero de 2021

Un jesuita en el Jerez de la posguerra.

El sacerdote jesuita Antonio de Víu (1898-1980) fue un encendido predicador católico que, además de promover el monumento a la Virgen de La Asunción (1952), por ejemplo, avivó vocaciones al sacerdocio y estuvo en el núcleo fundador de la hermandad del Amor y Sacrificio en Jerez. Vinculado al colegio jesuita de El Puerto de Santa María, era una persona muy conocida en su época y se le tenía por un hombre muy versado en teología católica. Se asentó en Jerez siendo joven y ejerció desde entonces en la zona:

(el sacerdote jesuita Antonio de Víu, de joven, el 4º sentado por la derecha, fuente de esta fotografía: http://www.gentedelpuerto.com/2009/01/20/170-estanislaos-y-luises-congreaciones-de-1926/)

De su librito "El sermón de la montaña" (Tip. de M. Salido, Jerez, 1948) sobrecogen, aparte de su posición moralmente rígida y políticamente teocrática, estas más que duras palabras sobre los que él llama falsos profetas: "los que invocando la prudencia como virtud enmudecen ante las persecuciones contra nuestra sagrada Religión, y se escandalizan de toda reacción viril en defensa de la misma"; unas crudas palabras que, diez años más tarde del golpe militar contra la República, sin duda sorprenden más si cabe cuando de lo que se trata en su librito es, precisamente, de ensalzar las conocidas palabras de Jesús de Nazaret sobre devolver bien por mal (Mateo, 5: 38-42).

Muy atento a las directrices (https://es.zenit.org/articles/la-iglesia-y-los-medios-de-comunicacion/) de la cúspide vaticana sobre los medios de comunicación (radio, cine y televisión), Antonio Víu publicará en Jerez un folleto bajo el elocuente título "Deberes de los católicos ante el problema del cine actual"...


"CINE-CLUBS. El primer cine-club del que se tiene constancia en la provincia de Cádiz es el creado en Jerez de la Frontera con el nombre de Cine-Club Jerez (1956-1961), el 24 de enero de 1956; aunque es posible que durante la segunda mitad de los años 30 funcionasen algunos de ellos, adheridos a partidos y sindicatos obreros. De claro matiz liberal, fue promovido, entre otros, por Juan José Serrano y Antonio Olmedo, que marcaron pautas a seguir por otros cine-clubs. Su principal actividad a destacar fue la Primera Semana de Cine Documental (1957), considerado como el primer certamen de esta índole celebrado en España. Después surgirá el Cine-Club Kostka (1959-1968), nacido al amparo de la autoridad eclesiástica, dirigido por los jesuitas en el Círculo de los Luises de Jerez. Siendo un típico ejemplo de cine-club religioso, tan característicos de la época…" (Diccionario enciclopédico ilustrado de la provincia de Cádiz)

 

El padre Víu, asiduo de los círculos directivos conservadores de la ciudad, fue promotor del "primer monumento al dogma" de la Inmaculada Concepción en 1952 (https://www.diariodejerez.es/jerez/ofrenda-monumento-Asuncion-dedicado-fiesta_0_834516611.html). Era una persona estrechamente vinculada a los círculos más conservadores del momento: “Pemán habló sobre Menéndez y Pelayo en Jerez. En el Círculo de Estudios pronunció una conferencia sobre Menéndez y Pelayo el académico D. José María Pemán. Pronunció primero unas palabras el director d ela Congregación de Luises, el director de la Congregación de Luises, reverendo padre Antonio de Viu, superior de la residencia de padres jesuitas. Don José María Pemán hizo un estudio en su conferencia de la figura de Menéndez y Pelayo y de la proyección de su obra. Fue muy aplaudido” (ABC, 21 enero 1956)

Lo vemos en su intensa militancia catolicista actuando en muchas poblaciones de la zona, como Sanlúcar: "El acto había sido preparado con gran intensidad, funcionando a la perfección la intensa información que, sobre todos los actos, se había programado propagar desde el colegio. Del 15 al 21 de enero se reparte profusamente una circular dirigida “a todos los señores de Sanlúcar, sin distinción de clase” (como se ve los ejercicios iban dirigidos sólo a los hombres), informando de los ejercicios espirituales que iba a dirigir el padre Viu, así como 50 carteles, distribuidos por los lugares más concurridos de la ciudad, con esmero de fijarlos en aquellos lugares donde concurrían más obreros" (http://www.narcisocliment.es/descargas/salle.pdf)

Amparándose en una concepción arcaica y teocrática, Víu defendió una concepción radicalmente confesional del estado: "...se me ocurrió ofrecer como verdadera panacea universal, que resolvía de plano todas las dificultades, y ofrecía la clave única de todos los problemas, este fragmento, divino entre los divinos, de la doctrina de Nuestro Redentor, verdadera carta magna de perfección (por la que si se rigieran los pueblos, la sociedad sería un trasunto de paraíso) y programa detalladísimo de vida para cuantos militan bajo el estandarte celeste y blanco de nuestra Madre Inmaculada" (op. cit.)

Parece que Víu transmitió en Jerez un mensaje más bien rígido, tridentino, de ecos inquisitoriales, de o con Dios o contra Dios, o con la Iglesia o contra la Iglesia. Sin puntos medios. Tomando la Biblia al pie de la letra. Sospechando de todos aquellos posibles extraños seres que pudieran por un momento no suscribir el "celeste y blanco" de sus inamovibles ideales.

En La Vanguardia de 27/08/1960 leemos: “Jerez de la Frontera. — En una sesión extraordinaria de la corporación municipal, el alcalde hizo entrega del título de hijo adoptivo de la ciudad al religioso jesuíta, padre Antonio de Viu, quien durante más de un cuarto de siglo ha realizado en Jerez una labor benemérita, social y de apostolado. Fue el fundador de la Hermandad de Nuestra Señora del Amor y Sacrificio”. (Nota: “Se funda en la antigua Iglesia de la Compañía de Jesús, el 7 de abril de 1941, por los congregantes de la Inmaculada y San Luis Gonzaga, a sugerencia del Director de la misma, padre Antonio de Viu, S.J.”). El pleno municipal de 17 de junio de 1960, en el que se le concede la mencionada distinción, menciona entre otros méritos “destacando su admirable labor patriótica desde la iniciación misma de nuestra Cruzada Gloriosa de Liberación Nacional”. 

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Memorias xerezanas s. XV (XVIII)

Fº 147:

Infante e de cobrar los dichos maravedis del dicho quarto.

Mandaron dar mandamiento para pero sanches de maya que los mill e seyscientos e treynta maravedis que le alcançaron por cuenta del anno que fue mayordomo desta çibdat, que los de luego a pero garçia fijo de marcos garçia alcayde del castillo de tenpul para en cuenta de los maravedis quel dicho pero garçia ha de aver del primero terçio con la tenencia del dicho castillo e que tome su carta del pago e con ella e con este mandamiento mandaron que les fuesen rreçebidos en cuenta los dichos mill e seysçientos e treynta maravedis= (levo mandamiento = fecho=) (de diferente mano) quedo desfecho este mandamiento porque despues segund esta adelante, fueron librados destos trezientos e treynta e quatro e non mas.

Sabado ocho dias del dicho mes de março del anno sobre dicho del sennor de mill e quatrocientos e dies annos.

Se ayuntaron a cabillo en la casa del cabillo desta çibdat alfon nunnes de villaviçençio e pero dias de villanueva alcalles mayores, e de los rregidores alfon ferrandes de vargas e pero ferrandes peçanno e diego rrodrigues de nunçibay e juan garçia de natera e juan rruys de torre e lorenço ferrandes de villaviçençio

Fº 148:

Fizieron merçed los dichos sennores a juan dias, cordonero, que es venido agora aquí a morar a esta çibdat que sea quito de pecho e de serviçio, por quanto es buen menestral e cunple de estar en esta çibdat, e mandaronles dar carta de la dicha merçed, la qual carta es esta que se sigue:

Sepan quantos esta carta vieren como nos los alcalles e alguasil e los cavalleros e escuderos, rregidores e jurados e omes buenos de la noble çibdat de xeres de la frontera por nuestro sennor el rrey, seyendo ayuntados en nuestro cabillo segúnd lo avemos de huso e de costumbre por quanto nos es dicho que vos juan dias, cordonero, sodes buen menestral de faser çinchas e cabos de cannamos para bestias e otras cosas del dicho ofiçio, e sufiçiente en el dicho ofiçio, e vos queredes venir morar con vuestra muger e vuestro domeçilio a esta dicha çibdat para la servir; e segund el dicho vuestro ofiçio cunple mucho de estar vos en esta dicha çibdat por non aver otro alguno del dicho ofiçio sy non vos. E porque entendemos que cunple la vuestra estada e morada en esta çibdat al serviçio del dicho sennor rrey e al pro e bien desta çibdat, por ende quitamos vos e franqueamos de todos los pechos e pedidos e serviçios que esta dicha çibdat aya de conplir en qualquier manera de aquí adelante, estando e continuando

Fº 149:

vos en ella nuestra morada con vuestra mujer e vuestros fijos e usando del dicho ofiçio e mandamos a los jurados de qualquier de las collaçiones desta dicha çibdat onde asy morades, que vos guarden e cunplan en todo e por todo esta dicha merçed que vos fasemos, agora e de aquí adelante, e que vos non vayan nin pasen contra ella en alguna manera, antes les mandamos que vos defienden e anparen e con ella e desto vos mandamos dar esta nuestra carta, sellada con el nuestro sello de çera pendiente= fecha sabado ocho dias de março anno del nasçimiento del nuestro salvador ihesuchristo de mill e quatroçientos e dies annos=

Folio 39

Reçebieron por alcalle ordenario de la collaçion de sant matheos a juan estevan de valdespino, jurado de la dicha collaçion en lugar de ximon martin camacho por quanto el dicho ximon martin la renunçio en el dicho juan estevan; de lo qual dieron fe alfon ferrandes de vargas, rregidor, e bartolome de las casas, alguasil mayor, e pero alfon de jayna, jurados e vesinos d ela dicha collaçion. E ell dicho juan estevan juro por el nombre de dios e por los santos evangellos e por la sennal de la crus, en que puso la mano, del husar bien e lealmente del dicho ofiçio e de obedecer las cartas e mandamiento de

Fº 150:

Nuestro sennor el rrey e otrosy de guardar el derecho de las partes antel veniere, etc.

Martes honse dias del dicho mes de março del anno sobre dicho del sennor de mill e quatroçientos e dies annos.

Se ayuntaron a cabillo en la casa de cabillo alfon nunnes de villaviçençio e pero dias de villanueva, alcalles mayores, e bartolome de las casas alguasil mayor e de los rregidores lorenço ferrandes de villaviçençio e fferrand gonçales de vargas e pero ferrandes peçanno e juan rruys de torres e diego rrodrigues de nunçinay e alfon ferrandes de vargas e juan garçia de natera e de los jurados françisco martin e alfon ximenes e pasqual martin (sic) e antonio martin.

Paresçio en el dicho cabillo un omme que dixo que le desian diego martines de cordoba e presento a los dichos alcales e rregidorese jurados una carta de nuestro sennor el rrey, escripta en papel firmada del noble sennor infante don fernando, su tío, e su tutor e rregidor de los sus rregnos, la qual fue luego leyda, e el su tenor es fecho en esta guisa=

Yo el Rey enbio mucho saludar a vos el concejo e alcalles e alguasil e cavalleros e escuderos e rregidores de la noble çibdat de xeres de la frontera como aquellos que mucho

Fº 151:

Amo e preçio e de quien mucho fio= bien sabedes en como el Infante mi tío mi tutor e rregidor de los mis rregnos, partio para la frontera a proseguir la guerra que yo he con los moros enemigos de la fe catholica, las treguas que yo he con ellos fasta en fin del mes de março primero que viene, se cunpla; e porque para la dicha guerra e para las cosas que son nesçesarias para la conplir seran menester çiertas contias de maravedis ssegunt sera bien visto al dicho Infante, mi tío, e a los procuradores de las çibdades e villas de los mis rregnos fue acordado por la rreyna mi madre e mi sennora e por el dicho Infante, mi tío, que quando entendiesen que cunplia a mi serviçio fiziesen llamar procuradores de las çibdades e villas en los mis rregnos cada uno en la provynçia que ha de rregir para le mostrar lo sobredicho e acordar con ellos todo lo que para ello fuere menester. E por quanto esa dicha çibdat de xeres es de la provynçia del dicho ynfante mio (sic) a la muy  noble çibdat de cprdova, porque vos mando vista esta mi carta que nombredes entre vos dos ommes buenos desa dicha çibdat a quien dedes vuestro poder conplido para ordenar e otorgar todo lo sobredicho a cada cosa dello, e los enbiedes luego en punto en tal manera que a quinse dias del dicho mes de março

Fº 152:

syn falta alguna sean en la dicha çibdat de cordova, e por cosa alguna non fagades ende al, nin pongades en ello luenga ni tardança alguna por manera que del dicho plaso en adelante non aya alogamiento alguno porque vos vuestra tardança el dicho Infante mi tio non se aya a detener en la dicha çibdat, lo qual sera mucho mio deserviçio e me torrnaria a vos por ello= dada en la çibdat de toledo veynte dias de febrero anno del nascimiento del nuestro salvador ihesuchristo de mill e quatroçiento e dies annos= yo diego ferrandes de vadillo la fiz escrevir por mandado de los sennores rreyna e Infante, tutores de nuestro sennor el Rey e rregidores de los sus rregnos= yo el Infante= E en las espaldas de la dicha carta estan firmados estos (nombres) que se siguen= Episcopus palentinus= Guterius

E la dicha carta presentada e leyda segund que dicho es, los alcalles e alguasil e rregidores e jurados dixeron: que obedeçian la dicha carta con devida rreverençia como carta de su rrey e de su sennor natural, al qual dios mantenga e dexe bevir e rregnar por muchos tienpos e buenos, e que estavan prestos de la conplir e faser lo quel dicho sennor rrey por ella enbiaba (mandar). E los dichos sennores pedieron testimonio a mi antonio rrodrigues

Fº 153:

Escrivano publico e escrivano del cabillo del dia e ora que les fueraq presentada la dicha carta=

Mandaron dar mandamiento para bartolome sanches de eçija, mayordomo del conçejo desta çibdat, para que de a trese Regidores desta çibdat a cada uno de los dichos Regidores mill mnaravedis de su tierra deste anno, por los terçios deste dicho anno en cada terçio desque fuer conplido, lo que montare; e que tome sus cartas de pago e con ellas e con este mandamiento mandaron que les fuesen rreçebidos en cuenta los dichos treze mill maravedis= (levo mandamiento)

Folio 40

Mandaron dar mandamiento para el dicho bartolome sanches, mayordomo, para que de los propios e rrentas del dicho conçejo de a antonio rrodrigues escrivano publico e escrivano de su cabillo mill maravedis de su tierra deste anno por los tercios del dicho anno en cada terçio desque fuer conplido, lo que montare; e que tome su carta de pago del e con ella e con este (mandamiento) mandaron que le fuesen rreçebidos en cuenta los dicho mil maravedis= (ffecho)

Fº 154:

Aquí venieron pero alfon e juan ortis jurados.

Mandaron dar mandamiento para bartolome sanches de eçija mayordomo del conçejo desta çibdat que de los propios e rrentas del dicho conçejo de a alfon nunnes de villaviçençio, alcalle mayor en esta çibdat, seys mill e nueve ciento e veynte maravedis, que fue fallado por cuenta que debe aver de mas de los maravedis que xeres le dio para la costa que fiso en la yda e estada que estovo en la corte del Rey nuestro sennor en la procuraçion que xeres lo enbio a el e a pero ferrandes peçanno al dicho sennor rrey el anno que agora paso del sennor de mill e quatroçientos e nueve annos; e tomad su carta de pago del dicho alfon nunnes, e con ella e con este su mandamiento mandaron que le fuese rreçebido en cuenta los dichos seys mill e nueve cientos e veynte maravedis (levo mandamiento= fecho=)

Mandaron dar mandamiento para el dicho bartolome sanches que de los propios e rrentas del dicho conçejo de a pero ferrandes peçanno uno de los dichos rregidores seys mill e nueve çientos e veynte maravedis que fue fallado por cuenta que debe aver de mas de los maravedis que xeres le dio para la costa que fiso en la yda e estada que estovo en la corte del Rey nuestro sennor, con la procuraçion que xeres lo enbio a el e a alfon nunnes de villaviçençio al dicho sennor rrey

Historia de Jerez (MS., Tomás Molero, 1786, VII)

p. 49 

lo despojó del Reyno hasta que por no condescender a sus iniguas persuasiones, manteniendose el Santo Joven Hermenegildo firme en no renunciar la fee catholica que había profesado, le quitó con el Reyno la vida haciendolo Mártir de Jesu Christo el año de quinientos ochenta y cinco, según testifica el Biclarense citado por Flores ([1]). El siguiente año de 86 fue la muerte de Leovigildo, dejando por succesor de la Corona a Recaredo. Pero es muy notable que este Padre Cruel antes de morir doliendose de haberle quitado la vida a su hijo tal vez por haber conocido que la fe Católica era la verdadera, y la que según San Gregorio no mereció profesar por el vano temor que tubo de no desagradar a los suyos, con todo esso ya a las puertas de la muerte hizo la acción plausible de encomendar a San Leandro su hijo Recaredo diciendo que hiciera con él o que con su predicación había practicado con su hermano Hermenegildo.

De este modo fue Dios disponiendo que por medio de San Leandro consiguiese la Yglesia el Triumpho de la Heregía en los Godos; pues habiendo tenido su feliz principio en San Hermenegildo logró el Santo con sus exortaciones que Recaredo abrazase también la Religión Christiana y con él toda la gente de los Godos. Fue este importante suceso el primer año del Reynado de Recaredo a los 10 meses de la muerte de Leovigildo. Con este motivo el año de 589 se celebró el Concilio

p. 50

tercero de Toledo, a el que concurrieron todos los Prelados de España y de la Galia Narbonense, abjurandose allí solemnemente lo que en junta particular habían ya detestado los Godos assi Eclesiásticos como Magnates del Sigo. A el año siguiente de 590 San Leandro para el bien de su Provincia Bética convocó a los obispos a Sevilla para celebrar un Sínodo Provincial que el Santo presidió como era justo, y sin embargo que no consta que a este Sínodo concurriese el Obispo de Asido no se puede negar que era su Obispado uno de los más principales de la Bética, por lo que ahora en punto separado se tratará de su establecimiento y sucesión por lo que respecta al tiempo de los Romanos y Godos, de quienes se acava de hacer mención.

Punto quinto del establecimiento y succesion del Obispado Asidonense.

Ya se ha expuesto en el punto tercero de esta Obra que desde el establecimiento de la Silla Episcopal de San Hiscio en Carteya se ignora enteramente por falta de Monumentos el Orden de los Succesores en dicho Obispado, y que desde el año de 58 de Christo, que fue su Martirio, hasta el de 610 en que se celebró el Concilio segundo de Sevilla, no aparece Obispo

p. 51

alguno del Obispado de Carteya, sino Rufino, pero este firmandose por Obispo Asidonense. En esta inteligencia dice el Padre Florez se hace muy verosímil que Asido no solo reciviese el Evangelio por la predicación del Santo o algunos de sus discípulos, sino que en el supuesto de no haber perseverado con el título primero de Carteya aquel Obispado, devemos recurrir a que fue trasladado a el Lugar más oportuno en confrmidad a la práctica regular de las otras Sillas antiguas, y en verdad de que las erigidas por los Obispos Apostólicos no se extinguieron del todo sin que las succedieran otras, sino antes más bien aquellas fueron como Semillas de que se propagaron las demás.

Deviendo pues decir que la primitiva del Estrecho se transladó después de la Paz de la Yglesia al Lugar más proporcionado para el pasto de los Fieles de aquel territorio, y hallando en aquella parte Meridional otro Obispado antiguo, podemos recurrir a este origen diciendo que después de propagada la Christiandad y acavadas las persecuciones, cesó la Cátedra de San Hiscio en Carteya prosiguiendo en otra Ciudad más interior que fue, según lo expuesto, Asido.

Por esta razón deberá empezar el Catálogo de los Prelados de esta Yglesia por el referido Apostólico San Hiscio, ignorándose los nombres de los que le succedieron, al modo que tampoco se saben los Succesores de San Torquato y de otros Apostólicos. Tampoco hay noticia de los Obispos Asidonenses

p. 52

anteriores al tiempo del Metropolitano San Ysidoro, porque en los dos Concilios tercero de Toledo y primero de Sevilla no hay firma de este Obispado, como ni del de Málaga, de quien se sabe que existía en tiempos del Concilio de Eliberi; y por tanto no hay prueba que excluia la antigüedad en el Obispado Asidonense aun antes del Concilio segundo de Sevilla en que comienza la primera mención de esta Silla, pues aún allí vemos que su Prelado era de los más antiguos, como se va a exponer.

Rufino. Desde antes del 610, hasta después del 619.

El primer nombre que se encuentra de los Obispos Asidonenses es Rufino, como se lee en el Concilio segundo de Sevilla presidido por San Ysidoro en el año de 610, donde asistió el expresado Obispo como sufragáneo que era de la Metrópoli Hispalense, segundo en antigüedad entre los Siete Comprovinciales que asistieron, pues firmó el tercero sin que le precediesen más que el Metropolitano San Ysidoro y Bisinio, Obispo de Eliberi. De aquí se infiere que tenía bastantes años de antigüedad, y solo se puede determinar que su Consagración fue después del año de 590, en que no era Obispo Bisinio

p. 53

Eliberitano, y con todo eso precede a Rufino, señal de que ambos empezaron después del citado año; pero antes el de Eliberi que el de Asido. También puede añadirse que Rufino fue consagrado antes del año de 610 en que era Obispo de Ezija San Fulgencio; y a vista de que Rufino le precede en la firma del citado Concilio Segundo de Sevilla, y en el Orden con que se expresan sus nombres en el Exordio, consta que antes fue consagrado el Asidonense. Hasta el año de 629 no sabemos de otro obispo de Asido, y aunque pudo vivir Rufino todo aquel tiempo no se sabe de cierto el año en que murió, ni más acciones que la de haber asistido al Concilio Segundo de Sevilla, y que trató al glorioso Padre San Ysidoro.

Pimenio. Desde el año de 629, hasta después de 646.

De este Prelado se conservan diferentes monumentos con la expecialidad de saverse por ellos el año de su Consagración por la razón particular de haberse mirado en ellos el cómputo de los años de su Pontificado: según los quales resulta que empezó a governar esta Yglesia en el año de 629 antes de Diziembre, y por consiguiente fue consagrado por San Ysidoro. La primera memoria o monumento es una inscripción que se halla junto a Medina-Sidonia puesta por entero en el tomo Séptimo del Padre Florez, página 186 según que la dio Morales, de la que

p. 54

tomando ahora lo que basta dice assi: Dicata hec Basilica XVII: Kal. Januarias anno II. Pontificatus Pimeni; era DCLVIII.

Esta Era de 668 fue el año de 630 a 7 de las Kalendas de Enero, esto es a 26 de Diziembre se contaba su año segundo, como expresa la memoria, y por tanto incidió su Consagración en el año antecedente de 629 antes del dia 16 de Diciembre.

Perseveraba este Prelado en su Silla en el año de 644 en que hizo otra dedicación de Yglesia, con reliquias de los Mártires Lamberto, Félix y Julián en Noviembre del expresado año, corriendo el Décimo Sexto de su Pontificado, como prueba la inscripción referida; y mejor en Morales ([2]), donde la pone como existente en una Yglesia intitulada oy de San Ambrosio junto a el Mar, a media legua de Bejer de la Miel, y quatro de Medina-Sidonia, la qual dice assi:

In nomine Domini nostri

Jesu Chsti... sunt Re              [hic sunt Reliquie]

li... Sanctorum... Herti            [Lamberti]

Feli... Juliani Martirum           [Felicis]

D... F. Jovius B...Ilice              [Basilice]

Sub D... Kal. Decem...

Anno Sex... Decimo Domini

Pimeni Episcopi. Era DCLXXXII

p. 55

La Era de 682 fue el año de 644 en que por Noviembre contava ya Pimenio su año 16 de su Pontificado, y aun prosigue su memoria en el año de 646 en que no pudiendo concurrir personalmente al Concilio Séptimo de Toledo emvió un presbítero llamado Ubilienso, el qual hizo sus veces, y aquí acava su memoria, constando que a lo menos governó su Yglesia por espacio de Diez y ocho años.

Teoderasis. Desde poco antes del 681, hasta cerca del 690.

Desde el año de 646 falta la expresión de los Prelados Asidonenses en los Concilios Octavo y Décimo de Toledo celebrados en los años de 653 y 656, hasta que se juntó el Concilio doze en el año de 681 en cuyo intermedio pudo haber dos Obispos de cuyos nombres no hay noticia. El que asistió al Concilio doze se llamaba Teuderaco en unos Códices, en otros Teuderacio, y más bien Teoderasis, siendo más los que expresan el primero. Este último firmó en el último lugar denotando que era el menos antiguo, y assi incidió su consagración cerca del 681. Concurrió también al Concilio trece del año de 683 en que se lee su firma; pero con más anticipación de la que le tocava, pues ocupa el número nueve entre 48, antepuesto a Prelados que mostraron mayor antigüedad en el antecedente; de allí a cinco años concurrió tercera vez a Toledo, asistiendo al Concilio Décimo quinto, celebrado en el año de 688 en que

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firmó en el lugar 28. Vivió algún tiempo después porque el sucesor era de los menos antiguos en el año de 693.

Geroncio. Desde Cerca del 690 en adelante. 

El nombre de este Obispo se escribe Geronsio y Yheronsio en los Manuscritos del Concilio Décimo Sexto de Toledo celebrado en el año de 693 en que se halló y firmó entre los menos antiguos, en el nº 51 de Loaysa antecediendo a ocho Obispos, por lo que se deve introducir cerca del año de 690, y como en este Concilio se acavan las memorias del tiempo de los Godos cesa aquí la noticia de lo que pertenece a este Prelado, el que pudo según el tiempo señalado alcanzar el funesto de la entrada de los Africanos, aunque no hay documento que lo exprese: concluyendose también la memoria del Obispado Asidonense hasta que se buelva a renovar después del punto que se sigue que debe tratar de la entrada de los Moros en España.

Punto sexto: entrada de los Moros en España.

Después de la continua Succesión de los Reyes Godos desde Recaredo hasta el cruel monstruo de maldades que assi se puede llamar a Witiza, fue quando en el Reynado de este

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injusto Rey se comenzaron a experimentar los motivos más lastimosos de la desgracia a que había de reducirse nuestra España, porque fuera de estar poseydo del vicio de la Sensualidad, mandó sacar los ojos a Teodofredo, y quitar la vida a su hermano Favila, padres de D. Rodrigo y D. Pelayo, quienes hubieran corrido igual fortuna si en tiempo no se hubieran ausentado. Dispuso derribar los muros de algunas ciudades grandes porque no se les rebelasen; negó la obediencia al Papa, y mandó que nadie le obedeciese; con este motivo resentido D. Rodrigo de la crueldad con que Witiza había tratado a su Padre, se rebeló contra él y con la ayuda de los Godos sus parciales invadió el Reyno, y triunfando de su orgullo le quitó la corona y mandó sacarle los ojos y que lo retiraran a Córdova donde murió el año de 711. Entró don Rodrigo en el Ymperio, y luego despicó su ira contra la descendencia de Witiza, mandando que los dos hijos que havía dejado los retiraran a la Costa del Estrecho a el abrigo de el Conde don Julián, Cuñado de Witiza, que a la sazón governava en aquellas costas. A estos tres se unió Opas Arzobispo de Toledo, y entre los quatro se comenzó a fraguar la Conjuración contra el Rey, la que tomó su mayor incremento resentido dn. Julián de que don Rodrigo hubiera burlado a su hija la Cava que asistía de Dama en el Palacio. De modo que rebelandose don Julián contra el Rey y habiendo formado alianza con los Alarbes de Africa, les dio entrada por el Estrecho a Veintemil hombres, Comandados

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por un valiente Moro llamado Tarif, quienes después de haver tomado diversos pueblos y fortalezas del Estrecho se hizo fuerte en el monte de Gibraltar en el año de 713.

Al principio del siguiente año de 714, el más infeliz y memorable para toda España, entraron por los Campos de Tarifa Ciento y ochenta mil Moros acaudillados de su General Musa, y Tarif haciendo mil extragos y robos en toda la comarca, hasta que hicieron alto en las Campiñas de Xerez a las orillas del Río Guadalete. A este tiempo el Rey don Rodrigo había juntado todas las fuerzas que pudo para hacer frente a su enemigo, cuyo Exercito solo se pudo componer de Ochenta mil hombres mal disciplinados en la Milicia y peores provistos de lo más conducente para resistir tan poderoso encuentro. Llegaron los Exercitos a avistarse a las orillas del Guadalete, y se envistieron unos a otros con tal alentado brío que en muchas oras estuvo indecisa la victoria, hasta que los Gefes del Exercito de don Rodrigo, Autores de la Conjuración, puestos en fabor de los Contrarios y unidos con ellos, reanimados los Moros y enflaquecidos los Godos, quedaron éstos vencidos y los Africanos Victoriosos: Cuyo triunfo fue el que decidió su dominación y Señorío en la España.

En este supuesto resta ahora averiguar qué memorias se conservaron de la ciudad de Asido en el tiempo de la denominación de los Moros, que declaren la existencia, situación



[1] Flores, tom. 9, trata. 29, Cap. 6.

[2] Morales, lib. 12, Cap. 24.

sábado, 6 de febrero de 2021

¿Violencia política o delincuencia común? (Jerez, enero 1936)


Todavía, actualmente, las derechas piensan, interesadamente, que hubo que dar un golpe militar contra la la II República para erradicar la violencia política de las calles... Este artículo de los historiadores Diego Caro y Antonio Ortega muestra, analizando unos hechos concretos en el Jerez y Arcos de enero de 1936 en alguna medida vinculados a CNT, que esa supuesta violencia política de ciertos sectores de las izquierdas fue más un montaje político-mediático sobredimensionado de las derechas de entonces (por motivos electorales también) que una realidad objetiva.



acceso al artículo: https://ojs.ehu.eus/index.php/HC/issue/view/1839/showToc


En este artículo de Diego Caro y de Antonio Ortega "se cuestionan los datos que algunos historiadores han dado sobre la supuesta elevada violencia política que se produce en España desde principios de 1936 y hasta el triunfo del Frente Popular. Se considera que se mezclan incidentes de variopintas motivaciones, algunos de las cuales nada tienen que ver con política. Partiendo del análisis detallado de un caso concreto –la actuación de un grupo de pistoleros que en dos días provocan cuatro muertes- se plantea la tesis de que estas acciones tenían más que ver con la delincuencia común que con cualquier tipo de planteamiento político o social".


p. 108: "Y es que pronto quedó en evidencia que había un sector destacado del movimiento anarquista español que estaba dispuesto a combatir a la República desde el primer momento, mediante acciones de lo que se llamó la «gimnasia revolucionaria», provocando una espiral represiva que radicalizaría a los trabajadores y que debía llevar —según ellos— a un enfrentamiento final con las estructuras del Estado hasta propiciar su hundimiento y el triunfo del «comunismo libertario»".

Algunas de las fuentes citadas mencionan, lógicamente, los documentos del Archivo Muinmicipal de Jerez:






Una cita:










p. 125: "Interpretaciones interesadas y poco rigurosas basadas en una distorsión de los acontecimientos que se ha seguido reproduciendo en la reciente historiografía. Y es que, como hemos intentado poner en evidencia, ambos atentados no tuvieron nada que ver con la violencia política y a pesar su raíz «social», por la filiación confederal de sus autores, parece claro que estas acciones habría que situarlas en el ambiguo mundo que había entre la violencia social y la delincuencia común en el que se movían estos grupos de pistoleros. El primero, el de Jerez, porque su móvil fue una venganza personal, no tuvo ningún objetivo político, ni tuvo detrás ningún conflicto laboral, a pesar de que sus autores estaban relacionados con los círculos anarquistas locales, y el segundo porque se comete de forma espontánea en un contexto de fuga y persecución cuando los pistoleros iban a ser detenidos en una taberna de Arcos". p. 127: "Por tanto, consideramos que existen motivos suficientes para cuestionar la calificación de actos de violencia política o sociopolítica dada a muchos incidentes de orden público de estos meses republicanos. Y es que, como hemos demostrado, regirse básicamente por la vinculación sindical o política de los participantes en un determinado incidente para luego adscribir sus delitos a una causa política o social no resulta ser eficaz. Menos aún cuando estos actos parecen ser acciones ligadas a la delincuencia común o cercanas a ésta, por sus motivaciones estrictamente personales. No delimitar claramente estos ámbitos, pese a la ambigüedad en la que se movían sus actores, supone mantener el relato interesado y catastrofista de las derechas antirrepublicanas de los años treinta, e ignora a sabiendas los grandes avances que se han producido en el estudio de estos temas en las últimas décadas, así como las complejidades y los matices que tenían muchos de los conflictos en la convulsa España de 1936".