martes, 2 de mayo de 2023

El castillo de Tempul desguarnecido y la soldada de Xerez sin pagar (1410)

(del FaceBook del Archivo Municipal de Jerez)

EL CASTILLO DE TEMPUL DESGUARNECIDO Y LA SOLDADA DE JEREZ SIN PAGAR (1410).-

      El medievalista Juan Abellán, en uno de sus trabajos sobre la frontera occidental granadina en el siglo XV (Estudios de Jerez y la frontera occidental granadina (siglo XV), Libros de bolsillo EPCCM, 2, ISSN: 2341-3549), muestra cómo el castillo de Tempul estaba desguarnecido justamente en tiempos de guerra entre Castilla y Granada, en el año 1410 y vísperas de la toma de Antequera:

      <<…Ese estado de deterioro se fue acentuando en los meses siguientes, cuando se tuvieron noticias ciertas de que la entrada en el reino de Granada no se iba a realizar por la frontera occidental granadina, como se evidenció en la confrontación de Archidona. Centrado el asedió sobre la ciudad de Antequera, a finales del mes de julio, el castillo del Tempul estaba desguarnecido con la sola presencia de su alcaide y en condiciones de perderse, lo que, de haber ocurrido, dejaba abierto un amplio corredor, sin grandes obstáculos, hasta las puertas de Jerez, poniendo en grave peligro la seguridad de la ciudad, cuyas defensas estaban muy mermadas por la presencia de las milicias concejiles en el real sobre Antequera. El cabildo jerezano, consciente de ese peligro, cambió de actitud, acordando que el alguacil mayor, Gonzalo Mateo de Maya, y el jurado Juan Esteban de Valdespino, acompañados de un escribano se desplazaran al Tempul con un reducido grupo de caballeros y peones a comprobar el estado en que se hallaba la fortaleza. Dicha visita debió de realizarse a fines del mes de julio o a principios de agosto, pues el día 4, el alguacil mayor expuso en el cabildo que…>>

      Pero además de este desguarnecimiento del castillo de Tempul señalado por Juan Abellán, también se observa en el documento que hoy traemos aquí (un acta capitular de 21 de julio de 1410) cómo Jerez tampoco remitió a tiempo la soldada a los hombres de pie y de caballo que había enviado al real de Antequera, un hecho respecto a lo que el rey dice: “en lo qual so mucho maravillado en vosotros no conplir lo que vos asy enbie man- / dar…”



TRANSCRIPCIÓN

Archivo Mpal. de Jerez, ac, 1410, julio,21, fº 103r.-v.:

fº 103r.:

Yo el rey fago saber a vos el conçejo e alcalles e alguasil regidores e ofiíales / [e omes] bonos de la çibdad de xeres de la frontera eb como vos yo enbie man[dar] / [__] una carta que enbiasedes luego a la çibdad de eçija todos los mrs. que mo[__] / 

fº 103v.:

en sueldo de un mes para la gente de cavallo e de pie ballesteros e lançeros que esa çib- / dad enbio en mi serviçio con el infante don ferrando mi tio e mi tutor e Regidor / de mis regnos a esta guerra que yo he con los moros enemigos de la fe e los mrs. / que asi montase en el dicho sueldo del dicho mes los diesedes e entregasedes a miçer / salagines bocanegra mi thesorero mayor de la guerra lo qual non avedes fecho fasta / aquí en lo qual so mucho maravillado en vosotros no conplir lo que vos asy enbie man- / dar porque vos mando que luego en punto visto este mi alvala enbiedes los maravedis que montanb en el dicho sueldo del dicho mes para la dicha gente de cavallo e de pie aquí / al Real de sobre antequera e los dedes e entreguedes al dicho miçer salagines e non / fagades ende al por alguna manera so pena ee la mi merçed e de los cuerpos e de quanto / avedes fecho, fecho siete dias de jullio del Nasimiento del nuestro salvador ihesuchristo de / mill e quatroçientos e dies años, yo diego ferrandes de vadillo lo fise escrevir por / mandado del señor Infante tutor de nuestro señor el Rey e Regidor de los sus / regnos, yo el Infante

e en las espaldas de la dicha carta estan firmados dos nonbres que dise el uno per / fan e el otro __

e la dicha carta presentada e leyda segund que dicho es el dicho ferrand sanches / dixo e afronto a los dichoa alcalles e alguasil e regidores e jurados que la cunplan / luego en todo segund por ella se contenia e el dicho señor Rey enbiaba mandar / e si lo fisiesen que farian bien e cunplirian serviçio del dicho señor Rey en otra manera / dixo que sy por lo no faser algund deserviçio viniese al dicho señor Rey o / al dicho sñor Infante lo que dios no quiera quel dicho señor rrey o el dicho señor / Infante se tornase por ello a los dichos alcalles e alguasil e rregidores e jurados / como la su merçed fuese e pidio testimonio a anton rrodrigues escrivano publico e escrivano / del cabillo e luego los dichos alcalles e alguasil e rregidores e jurados en respon- / diendo dixeron que obedesçian la dicha carta del dicho señor Rey con Reverençia de- / vida como carta de su rrey e de su señor natural e que estavan prestos de / la conplir en todo segund el dicho señor rrey enbiava mandar.

Aquí vinieron alfonso ferrandes de valdespino e sancho garçia de cargas Regido- / res e pero suares jurados