domingo, 21 de mayo de 2023

Dos cahices de trigo anuales por dos bueyes (Jerez, 1448).-

(del Facebook del Archivo Municipal de Jerez) 

DOS CAHICES DE TRIGO POR TRES BUEYES (JEREZ, 1448)


      Ya hemos comentado que en el valioso protocolo notarial del año 1448 de Juan Martínez, conservado en el Archivo Municipal de Jerez, se hallan muchas escrituras de gran riqueza informativa para el conocimiento del Jerez de mediados del s. XV: agricultura, economía, sociedad, etc. Hoy traemos una de ellas donde se constata cómo prestar tres bueyes tenía como contraprestación el abono de dos cahices de trigo al año.

      Quien presta los tres bueyes es un vecino de la collación de San Dionisio llamado Fernando, parece que de profesión maestro armero; y quien ha de pagar el tributo a que se comprometió a cambio de los tres bueyes es un tal Alfonso Sánchez de Béjar (yerno de otro tal Bartolomé Martínez sarmentador). Los dos cahices de trigo (una medida equivalente a unas 12 fanegas de trigo de unos 44 kgs. por cada una de ellas, es decir, a unos aproximadamente 1.000 kilos de trigo los 2 cahices) en realidad pertenecían a un menor sobrino del Fernando, pues este actuaba en nombre suyo como curador y gestor de sus bienes.

      La escritura especifica claramente: “dos cafises de trigo bueno e nuevo e linpio / e seco e exento … puesto todo dentro en las ca- / sas de la morada del dicho maestro ferrnando aquí en xeres so pena del doblo”

TRANSCRIPCIÓN.-

Domingo quinse dias deste dicho mes de desienbre año / dicho de mill e quatroçientos e quarenta e ocho años

3 Deve alfon sanches de vejar yerrno de bartolome martines sarmentador vesino en la noble çibdat de xe- / res de la frontera a la collaçion de sant john a maestro ferrnando armero morador en la collaçion de sant dio- / nis desta dicha çibdat en nonbre e en bos de ferrnando su sobrino fijo de cristobal martines de salva- / 6 tierra que dios aya cuyo curador es questa presente dos cafises de trigo bueno e nuevo e linpio / e seco e exento tal que se a de dar e de tomar merchantamente medidos con la media fanega / derecha con que se acostunbra medir pan en esta dicha çibdat de debda çierta e verdadera que ge los / 9 deve de dar e pagar de tributo a çenso de tres bueyes que tiene a tributo e çenso del dicho ferr- / nando menor e son del año que se cunplio por el dia de santa maria del mes de agosto pos- / trimero que agora paso deste año en que estamos de la fecha desta carta e rrenunçia e enplaso a / 12 pagar por el dia de santa maria del mes de agosto primero siguiente que verrna que sera en el / año del señor de mill e quatroçientos e quarenta e nueve años puesto todo dentro en las ca- / sas de la morada del dicho maestro ferrnando aquí en xeres so pena del doblo etc. carta conpli- / 15 [d]a esecutoria, testigos aparisçio martines de salvatierra e alfon sanches de maya el mo- / [ço] fijo de martin sanches de maya e john ferrandes cochillero vesinos e moradores en esta dicha / çibdat de xeres