(del Facebook del Archivo Municipal e Jerez)
CANTAREROS Y AZACANES HAGAN CÁNTAROS Y VENDAN AGUA POR UNA ARROBA Y NO MENOS (JEREZ, 1455).-
A fines de marzo de 1455,
el gobierno local parece detectar un acuerdo fraudulento entre cantareros y
azacanes (vendedores de agua) por el que el público creía comprar una arroba de
agua y en realidad estaba comprando, sin saberlo, menor cantidad de agua en
cántaros más pequeños de lo debido…
Entonces, el concejo
trata de poner orden en este asunto “corroborando la ordenanza por esta cibdat
fecha”, es decir, recordando a todos la medida de los cántaros (que habían de
ser de una arroba) y la marca identificativa que debían llevar, así como el
precio de la carga de agua (un maravedí). La pena establecida por Xerez para
cada infracción: 600 maravedíes.
Conservamos el documento
original aquí reproducido en la rica colección de Actas Capitulares del Archivo
Municipal de Jerez.
TRANSCRIPCIÓN
tomada del Libro “Costumbres y Leyes de antaño…” (Antonio Fernández
Formentani):
Cabildo de 31 de marzo de
1455 (Folio 34)
Cántaros.- Manda el
corregidor Pedro de Tapia, corroborando la ordenanza por esta cibdat fecha, en
razon de los azacanes e cantareros, por cuanto en el facer de los dichos
cántaros, los cantareros facen algunos engaños, así por dar los cántaros
menguados, como por los azacanes en los tomar asi menguados, manda el dicho
corregidor: que los dichos cantareros fagan los cántaros que sean de arroba; e
si al tiempo que son cochos, non los fallaren de arroba, que la marca que le
pusieren ge la quiten, so pena de 600 mrs., e que los azacanes non tomen
cántaro alguno de los cantareros, menos de arroba e marcados, e vendan la carga
de agua a maravedí, e no más, so la pena sobredicha, por cada vez de las cosas
sobredichas.