martes, 28 de febrero de 2023

El Archivo Municipal de Jerez en el año 1500.-

(del FaceBook del Archivo Municipal de Jerez)

EL ARCHIVO MUNICIPAL DE JEREZ EN EL AÑO 1500.-


      Durante el siglo XV sabemos que la actividad del archivo estaba dividida, al parecer, en la existencia de dos arcas, una de privilegios y otra de documentos administrativos, las cuales tenían personas nombradas por el concejo que las custodiaban y gestionaban.

   En este mandamiento concejil de 9 de junio de 1500, cuya transcripción ofrecemos más abajo, observamos cómo el alcalde mayor y los caballeros 24º de Xerez ordenan al encargado entonces del arca de privilegios, el caballero 24º Pedro Martínez de Hinojosa, que de dicha arca entregase al procurador de Xerez García de Lara un privilegio “que fabla en el departimiento de los mojones de entre esta çibdad e la villa de lebrixa villa / de la çibdad de sevilla”. 

      Una vez dada la autorización, el procurador de Jerez García de Lara llevaría el documento, según se deduce del texto de este mandamiento concejil, ante sus altezas los reyes o sus representantes estantes en Sevilla en ese momento y, posiblemente, en seguimiento de un pleito o demanda relacionado con la linde Jerez-Lebrija.

      El documento (Archivo Municipal de Jerez, AHR, C. 3, Nº 53) es accesible en nuestra web: nº 51 de https://www.jerez.es/.../arch.../archivo-historico-reservado

      En esta orden figura un sello de placa del concejo de Jerez que se utilizó en aquel momento para dar mayor validez, además de las firmas de los caballeros 24º y el escribano de cabildo, al mandamiento emitido. En la orla de dicho sello se lee: “† SIGILLUN : CONCILLI: XIRICI : DELA : FRONTERA”

TRANSCRIPCIÓN

      El conçejo allcalde mayor e los veynte e quatro cavalleros de la muy noble e muy leal çibdad de xeres de la frontera estando ayuntado en nuestro / cabillo llamados por nuestro portero segund que lo avemos de costunbre mandamos a vos pero martines de finojosa veynte e quatro desta çibdad / que bisto este nuestro mandamiento deys e entregueys luego al jurado garçia de lara procurador desta çibdad el previllejo que desta çibdad / teneys en el arca de los previllejos della que fabla en el departimiento de los mojones de entre esta çibdad e la villa de lebrixa villa / de la çibdad de sevilla el qual dicho previllejo original lleva ante sus altezas a la dicha çibdad de sevilla por mandado desta çibdad / y dandogelo tomad del dicho jurado su carta de pago con la qual e con este nuestro mandamiento sereys quito(?) del dicho previllejo fecho / martes nueve dias de junio año de mill e quinientos años

[firmas]

A la vuelta:

      Mandamiento de xeres para pero martines de hi- / nojosa que de al jurado garçia de lara / un previlegio sobre los terminos de / lebrixa y xeres