domingo, 26 de septiembre de 2021

CONFIRMACIÓN DEL PRIVILEGIO DE TEMPUL PARA JEREZ (S. XVIII)

En el Facebook del Archivo Municipal:



En el pdf número 139 de 
https://www.jerez.es/webs_municipales/turismo_cultura_y_fiestas/servicios/archivo_municipal/archivo_historico_reservado/ se accede al documento completo de una “Confirmación a la ciudad de Jerez de un privilegio que tiene del castillo de Tempul y su término en el de la dicha ciudad” (AMJF, AHR, C. 3, Nº 73). Es un documento, en pergamino, de mucho valor para la historia de Jerez porque el castillo de Tempul y su término forman, básicamente, el territorio de lo que todavía hoy conocemos como nuestros Montes de Propios.


Para el s. XVIII, la confirmación del privilegio de Tempul tiene lugar en 25 de octubre de 1701, en el reinado de Felipe V, pero hay una diligencia al final de este cuaderno en la que se dice que también el rey Carlos III, en 16 de diciembre de 1772, confirmó este privilegio de Tempul. A su vez, este cuaderno de confirmaciones incluye copias de otras confirmaciones de otros privilegios concedidos a Jerez por distintos reyes en distintas fechas.

Respecto a Tempul, hay que reparar en: “…y que respecto de aversele perdido a esta Ciudad uno de sus Previlexios, que llaman del Castillo de Tempul, se le diese y librase de nuevo copiandolo por el que esta ynserto en un tanto de una executoria que en el mi Consejo fue ganada a favor de dicha Ciudad con el fiscal del sobre la venta de ciertas tierras en la jurisdicción de dicho Castillo de Tempul” (fº 1v.-2r.)


En el fº 6r. de este cuaderno se dice: “... El Señor Rey Don Alonso el Onceno en veinte de febrero de mil trecientos y setenta y uno [año 1333] tuvo por bien de confirmar a Xerez los privilexios y demás franquezas… y él hizo asimismo merced del Castillo de Tempul con sus términos…”; y en el fº 10r.: “Y otrosi por voz fazer bien y Merced, dobos el Castillo de Tempul con sus términos que lo ayades por vuestro término, asi como vos los do el Rey mio Padre y vos que seades tenudos de guardar el Castillo, e los pobladores que y son e seran de oi adelante para mio servicio y para la guarda de nuestra villa, los términos son estos que aquí dire…”; el amojonamiento del término de Tempul se lee en los fº 10r.-11r. Al fº 11v. leemos: “… “Dada en Sevilla a treinta días de diciembre hera de mil y trecientos y cinquenta y un años”, es decir año de 1313, según la datación corriente. Aunque en la confirmación de Alfonso XI se dice que ya su padre, el rey Fernando IV, había dado a Jerez el castillo…