domingo, 4 de agosto de 2024

Las 5 aceñas del Guadalete son para vos, Martín Díaz (1287).-

(del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

LAS 5 ACEÑAS DEL GUADALETE SON PARA VOS, MARTÍN DÍAZ (1287)

Síntesis del libro recién publicado “Los molinos de La Corte y el río Guadalete”: https://www.entornoajerez.com/2024/06/presentacion-del-libro-los-molinos-de.html

         Por casualidad, investigando otras cosas, en el Archivo de la Fundación Casa de Medina Sidonia hemos encontrado (795-1287) una copia (incompleta) del privilegio rodado de 1287 (Salamanca, 29 de julio) por el que Sancho IV el Bravo da a Martín Díaz, por los servicios que le hizo y hacía, “5 ruedas de aceñas con su casa, que tenía en Jerez en el río Guadalete, con entradas y salidas y con todos sus derechos y pertenencias, libres y quitas, por juro de heredad, para siempre jamás, para él, sus hijos y sucesores, sin que la pueda vender a la Iglesia, órdenes, etc.”. Dicha copia (incompleta, pues omite -entre otras cosas- una parte del emplazamiento exacto de las aceñas) dice así:

         “Cristus alfa et omega. En el nonbre de Dios padre e hijo e Espiritu Santo que son tres personas e un Dios que vive e regna por siempre jamas. Por quanto las creaturas que Dios fizo señalo el ome e le dio entendimiento para conocer bien e mal el bien para que obrase por ello e el mal por guardarse dello. Por ende todo grand señor es tenudo que todo aquel que quiere obrar por bien del facer bien por ello nos tan solamente por aquel señero mas para que todos los otros tomen ende ejemplo que con bien facer vence ome todas las cosas del mundo e las torna assin e por ende queremos que sepan por este nuestro privilegio todos los que agora son e seran daqui adelante, como nos don Sancho por la gracia de Dios rey de Castiella de Leon de Toledo de Gallicia de Sevilla de Cordova de Murcia de Jaen e del Algarbe, en uno con la reina Dª Maria mi mujer e con mis fijos el infante D. Fernando primero e heredero e con el infante d. Alfonso, por hacer bien e merced a Martin Diaz nuestro ome e por servicio que nos fizo e fase, damosle cinco ruedas de aceñas con su casa que nos avemos en Jerez en el rio de Guadalete entrel portal… E damosgela con entradas e con salidas e con todos sus derechos e con todas las pertenencias cuantas han e deben haber e otorgamosle que las haya libres e quitas por juro de heredad para siempre jamas él e sus fijos e sus nietos e cuantos del vi… en de heredar para dar e vender e enpeñar e canviar e enagenar e para hacer dellas e en ellas todo lo que quisiere como de lo suyo mismo. En tal manera que las no pueda vender ni dar ni enagenar a Eglesia e orden ni a ome de… E defendemos que ninguno no sea osado de hir contra este privilegio para quebrantarlo ni para minguarlo en ninguna cosa, ca cualquier que lo ficiere abrie nuestra ira e pecharnos ye en coto mil maravedíes de la moneda nueva e a… el sobredicho o a quien su voz toviese todo el daño doblado e porque esto sea firme e estable mandamos sellar este privilegio con nuestro sello de plomo fecho el privilegio en Salamanca martes veinte nueve dias andados del mes de julio… e trescientos e veinte y cinco años… E nos el sobredicho rey Sancho reynantes en uno con la Reynba Dª Maria mi mujer e con mis hijos el infante don Ferrando primero e heredero e con el infante don Alfonso en Castiella, en Leon, em Toledo, en Galliicia, en Sevilla, en Cordova, en Murcia, en Jaen, en Baeza, en Badalloz, en el Algarbe, otorgamos este privilegio e confirmamoslo = D. Ayahomat Aboabdille Rey de Granada vasallo del Rey-confirma, D. López Díaz Conde de Haro Señor de Vizcaya e Mayordomo del Rey-confirma, etc., etc.”