miércoles, 30 de octubre de 2024

PLANIMETRÍA DEL ACUEDUCTO DE TEMPUL (1877).-

(DEL FACEBOOK DEL ARCHIVO MPAL. DE JEREZ)

Memoria relativa á las obras del acueducto de Tempul, para el establecimiento de aguas a Jerez de la Frontera. Tomo 3, Atlas / por Ángel Mayo
Series Anales de obras públicas
Madrid : s.n., 1877 / 11 h. de planos pleg. ; 47 cms.

RESTO DE LÁMINAS EN EL FACEBOOK DEL ARCHIVO MUNICIPAL





martes, 29 de octubre de 2024

"LA APLICACIÓN DEL ODIADO IMPUESTO DE CONSUMOS EN jEREZ (AÑOS 1880)" (JAVIER MALDONADO / VÍDEO)

𝗩𝗜́𝗗𝗘𝗢 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗜𝗠𝗘𝗥𝗔 𝗖𝗢𝗡𝗙𝗘𝗥𝗘𝗡𝗖𝗜𝗔 𝗗𝗘𝗟 𝗫 𝗖𝗜𝗖𝗟𝗢

“El documento del mes del Archivo Mpal. de Jerez” (2024-2025):

Javier Maldonado Rosso: 'La aplicación del odiado Impuesto de Consumos en Jerez (años 1880)' (martes 15/10/2024)

https://www.youtube.com/watch?v=b-serifY5jo


Los monjes de la cartuja reclaman una herencia (1478).-

(del FaceBook del Archivo Mpal. de Jerez) 


LOS MONJES DE LA CARTUJA RECLAMAN UNA HERENCIA (JEREZ, 1478).-

En el “Registro General del Sello” del Archivo General de Simancas se encuentra un documento titulado “Amparo a favor del monasterio de Santa María de la Cartuja de Jerez” (Córdoba, 1478, nov., 24) -RGS,LEG,147811,25-, cuyo alcance y contenido es (según la web de dicho archivo): “Amparo a favor del monasterio de la Cartuja de Jerez de la frontera, defendiéndoles en virtud de cierta ley que se cita, en la posesión de la herencia que fuele dejada por un licenciado vecino de la ciudad. Consejo”.

No sabemos si este documento se refiere a Álvaro Obertos de Valeto, ya que en él no se menciona su nombre y además en el texto se alude a un “licenciado”, cuando al parecer la ocupación principal del fundador de la Cartuja era la de militar.

En este documento, el prior y monjes del monasterio se dirigen al rey para decirle que, para evitar pleitos, se considere la donación del licenciado como definitiva e inamovible en beneficio de dicha cartuja.

Respecto al licenciado Álvaro Obertos de Valeto (véase: https://dbe.rah.es/biografias/7136/alvaro-obertos-de-valeto) es sabido que falleció en marzo de 1482 y que no tenía descendientes cuando hizo disposiciones testamentarias.

Es conocido también, respecto a Obertos de Valeto (que podría no ser la persona aludida en el documento) que: “No obstante, a su muerte surgieron serias trabas, pues la criada de Álvaro, Elvira Rodríguez de Villasandino, presentó un testamento (que después se demostró falso) por el que la nombraba heredera universal. Tras un largo pleito en el que la Orden Cartujana invirtió muchísimo dinero, triunfó la verdad” (M. Romero Bejarano, en: https://dbe.rah.es/biografias/7136/alvaro-obertos-de-valeto) 

TRANSCRIPCIÓN 

AGS, “Registro General del Sello”, “Amparo a favor del monasterio de Santa María de la Cartuja de Jerez” (Córdoba, 1478, nov., 24) -RGS,LEG,147811,25

fº 1

Don ferrando e dona ysabel etc a vos juan de robles mi / allcalde e corregidor de la muy noble çibdad de xeres de / la frontera salud e graçia sepades quel prior e con-/ vento e frayles de santa maria de cartuja de esa dicha / 5 çibdad nos fisyeron Relaçion por su petiçion que an- / te nos en el nuestro qonsejo presentaron disyendo que un liçen- / çiado natural de esa dicha çibdad estando proximo / a la muerte de su voluntad e entendimiento sano por / devoçion movido e porque oviese quien por su anima / 10 fisyese memoria e oraçion espeçial a nuestro señor / que dexo todos sus byenes Rayses e muebles a la / dicha casa de santa maria de cartuxa para su ayuda / con que se fesyese, el qual dicho liçençiado dis que no ovo / fijos nin otros deçendientes algunos que forçosamen- / 15 te dependiesen nin deviesen heredar como quiera que dis / que dexo padre e porque a ellos dis que es cosa muy / trabajosa e a su Religion enemiga aver de an- / dar en pleitos porque dis que la ley primera del titulo / de las sentençias del fuero de las leyes di- / 20 spone quel que fijos o nietos o dende ayuso non / toviera de bendiçion nin algunos fijos ayan derecho de he- / redar quel tal pueda faser de lo suyo todo lo que / qusiera e no ge lo puedan enbargar padre nin ma- / dre nin otro pariente alguno, por ende que nos su- / 25 plicava e pedia por merçed que les mandasemos / declarar la dicha ley e lo que se devia faser por / ella e que sobre ello les proveyesemos de Reme- / dio con justiçia o como la nuestra merçed fuese e nos / tovimoslo por bien porque vos mandamos / 30 que veays la dicha ley del fuero que çerca desto fa- / bla e llamadas e oydas las partes ayades vuestra

fº 2

ynformaçion de como e en que manera la dicha ley se suele / e acostunbra guardar en esa dicha çibdad de xeres y / en el arçobispado de sevilla e avida la dicha in- / 35 formaçion fagays guardar la dicha ley segund e / por la forma que fallaredes que sea fasta a- / qui fasyendo e administrando sobre ello breve- / mente conplimiento de justiçia al dicho monesterio por / manera que la aya e alcançe e por defecto della / 40 no se nos aya mas de venir a quexar e non / fagades ende al por alguna manera / so pena de la nuestra merçed e de dies mill maravedies / para la nuestra camara e demas mandamos / al ome que vos esta nuestra carta mostrare que vos / 45 enplase que parescades ante nos en la nuestra corte / do quier que nos seamos del dia que vos enplasare / fasta quinse dias primeros siguientes so la dicha / pena so la qual mandamos a qualquier escrivano publico / que parta esto fuere llamado que de ende al que gela mo- / 50 strare testimonio sygnado con su sygno por que / nos sepamos e como se cunple nuestro mandado, / dada en la dicha çibdad de cordova a veynte e quatro / dias del mes de novienbre año del nasçimiento del / nuestro salvador ihesuchristo de mill e quatroçientos e setenta / 55 e ocho años, __ fernandes / manrrique __ dottor joanes dotor __ liçen- / çiaty e yo alonso del marmol escrivan de camara / del Rey e de la Reyna nuestro señores la fis escrevir / por su manfdado con acuerdo de los del su qonsejo.




domingo, 27 de octubre de 2024

Deuda a un pichelero de Jerez (1540).-

 (del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

𝗗𝗘𝗨𝗗𝗔 𝗔 𝗨𝗡 𝗣𝗜𝗖𝗛𝗘𝗟𝗘𝗥𝗢 𝗗𝗘 𝗝𝗘𝗥𝗘𝗭 (𝟭𝟱𝟰𝟬).-


         Un pichelero es un artesano que fabrica picheles. PICHEL: “vaso alto y redondo, ordinariamente de estaño, algo más ancho del suelo que de la boca y con su tapa engoznada en el remate del asa” (diccionario RAE).


         Pues bien,
𝗱𝗼𝘀 𝗰𝗮𝗹𝗱𝗲𝗿𝗲𝗿𝗼𝘀 𝗿𝗮𝗱𝗶𝗰𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗝𝗲𝗿𝗲𝘇, 𝗝𝘂𝗮𝗻 𝗙𝗿𝗮𝗻𝗰𝗶𝘀𝗰𝗼 𝘆 𝗔𝗻𝘁𝗼́𝗻 𝗙𝗲𝗿𝗻𝗮́𝗻𝗱𝗲𝘇 (𝗳𝗿𝗮𝗻𝗰𝗲́𝘀), 𝘃𝗲𝗰𝗶𝗻𝗼𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗱𝗶𝘀𝘁𝗿𝗶𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗦𝗮𝗻 𝗠𝗶𝗴𝘂𝗲𝗹, 𝗱𝗲𝗯𝗶́𝗮𝗻 𝗮𝗹 𝗽𝗶𝗰𝗵𝗲𝗹𝗲𝗿𝗼 𝗕𝗲𝗿𝗻𝗮𝗹 𝗚𝘂𝗶𝗻𝗼𝘁𝗲 𝟰 𝗱𝘂𝗰𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗼𝗿𝗼 que este les había prestado. Los 1.500 maravedies que valían esas 4 monedas los dos caldereros debían devolvérselos al pichelero (la escritura pone “pichillero”) en un plazo no mayor al de dos meses siguientes a la fecha de la escritura (3 de febrero de 1540).


         Un calderero podía fabricar ollas, candiles, platos de metal, vasijas diversas de latón, etc. Es posible pues que el pichelero estuviera de algún modo consorciado con los caldereros para producir picheles en Jerez; es decir, el pichelero (un oficio más especializado) les prestaba un dinero a los caldereros a cambio de productos manufacturados a precio convenido más bajo, siendo ese precio convenido más bajo el interés del préstamo que no aparece en la escritura (lo que aparece es: "por hazernos plazer e buena obra"), pero que se supone.


         Puede que los caldereros hicieran la parte menos especializada del proceso de fabricación del pichel, y el maestro hacedor de este tipo específico de vasos rematara la faena con su acabado.

TRANSCRIPCIÓN

         Archivo Mpal. de Jerez, Archivo Histórico de Protocolos Notariales de Jerez, Rodrigo de Rus, 1540, Jerez, feb., 3: Reconocimiento de deuda de 4 ducados de oro de los candeleros Juan Francisco y Anton Fernandez al pichelero Bernal Guinote, vecinos de Jerez.

Debdo. Sepan quantos esta carta vyeren como yo juan françisco e yo Anton / ferrandes françes caldereros vesinos que somos desta muy noble e muy / leal çibdad de xeres de la frontera en la collaçion / de san miguel nos anbos a dos de mancomun e a bos de / 5 uno e cada uno de nos por si e por el todo renunçiando como / espresamente renunçiamos la ley del duobus res de bendy / y el benefiçio de la diviçion y el avtentica presente de fide jusoribus / otorgamos e conoçemos que devemos dar e pagar a vos bernal guinote / pichillero vecino desta çibdad questades / 10 presente conviene a saber quatro ducados de oro e de justo peso / que suman e montan mill e quinientos maravedies los quales vos nos prestas- / tes por hazernos plazer e buena obra e estan en nuestro poder / de que somos contentos y entregados a toda mi voluntad en razon / de lo qual renunçio la esevçion e querella de los dos años que / 15 ponen las leyes en derecho y en razon de la pecunia de la cosa non / vista ni contada ni reçibida ni pagada e todas las otras leyes de la / paga como en ella se contiene los quales dichos quatro ducados / de oro deste dicho debdo nos obligamos e prometemos de / mancomun segund dicho es de vos ge los dar e pagar de oy dia / 20 de la fecha desta carta en dos mezes primeros siguientes en esta / çibdad bien e cunplidamente syn pleyto ni dilaçion alguna / so pena del doblo e costas por ynteres e demas desto sy / lo ansy no tuviere ni pagare ni cunpliere por esta presente carta / damos e otorgamos todo poder conplido a qualesquier alcaldes / 25 e juezes e justiçias ansy desta dicha çibdad como de / otras partes para que por todos los remedios e rigores / del derecho nos constringan conpelan e apremien a lo ansy tener / e pagar e guardar e cunplir ansy por via de entrega e __ como / en otra qualquier manera que mejor e mas lugar aya de derecho bien ansy / 30 e tan cunplidamente como si sobre lo que dicho es fuese dada sentençia / difinitiva e aquella quedose consentida por las partes / en juysio e pasada en cosa judgada e para lo ansy tener e pagar e / guardar e cunplir obligamos nuestras personas e todos nuestros bienes / muebles e rayzes avidos e por aver, fecha la carta en la dicha / 35 çibdad de xeres de la frontera en la plaça de san dionis della / a tres dias del mes de febrero año del nasçimiento del nuestro / salvador ihesuchristo de mill e quinientos e quarenta / años testigos que fueron presentes juan de porras escrivano / de xeres que firmo por los dichos juan françisco e anton fernandes / 40 françes otorgantes e a su ruego en el registro / e juan gaytan de lara alcalde hordinario desta çibdad / e diego caçorla escrivano vesinos desta çibdad

A ruego de los susodichos e por testigo

Juan de porras escrivano de xeres

Rodrigo de rus escrivano publico




jueves, 24 de octubre de 2024

Plano del puente de Cartuja (Jerez, 1776).-

(del facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

PLANO DEL PUENTE DE CARTUJA (JEREZ, 1776).-

En el Archivo Municipal de Jerez se conservan los siguientes expedientes sobre arreglo del puento de la Cartuja entre 1767 y 1778: 1) L. 151, exp. 4603: Que el Maestro Mayor de Obras reconozca el Puente de la Cartuja y diga lo necesario para reparar alcantarillas camino del Puerto, 1768; 2) L. 151, expe. 4605: Autos de las obras en el Puente de Cartuja, 1767-1772; y 3) L. 151, exp. 4608: Obra y composición del Puente de Cartuja (planos), 1778.

𝗘𝗹 𝗽𝗹𝗮𝗻𝗼 𝗱𝗲 𝗠𝗮𝗻𝘂𝗲𝗹 𝗱𝗲 𝗚𝗼𝗱𝗼𝘆 𝗲𝘀𝘁𝗮́ 𝗱𝗮𝘁𝗮𝗱𝗼 𝗲𝗻: 𝗫𝗲𝗿𝗲𝘇, 𝟭𝟳𝟳𝟲, 𝗱𝗶𝗰., 𝟯



“De esta forma, y según se ve en el AMJF en su Leg 151 Exp 4608 de 1778, se solicita licencia por Célula Real para la reparación del puente llamado de la Cartuja según plano y proyecto formado por el arquitecto D. Manuel Godoy por un valor de 18.525 reales de vellón y 17 maravedíes a abonar por los pueblos de la zona (en un radio de 20 leguas) en proporción. Las obras son las que ya se reseñaban en el primer expediente, dos pilares en mal estado, calzada en mal estado y peligro de ruina del único puente que unía las dos riberas del Guadalete. El informe de Godoy es muy completo y donde cabe destaca su opinión de que es más lógico conservar este que no hacer uno nuevo debido a que es usado por las fuerzas militares de la nación. El proyecto presentaba la necesidad de tener que desviar el paso del agua por ese pilar y también levantar un puente de madera para no cortar el transito. En este mismo informe reconoce que se han realizado buenas labores de reparación que no han llegado nunca a solucionar el problema por motivos ajenos a los maestros de obras, a la par comenta que la última intervención de D Pedro de Cos había evitado la caída del puente.

Manuel Godoy, arquitecto por entonces de la catedral de Jaén quien estaba levantado su Sagrario dice de el puente en su informe: “…para la conservación del edificio, que es uno de los mejores que hay en España, y su fábrica de los más bien construido que ha visto…propone hacerse más bien cargo de ella”. La obra comienza el 23 de abril de 1778 y concluye en 1788 pero ya bajo la dirección de D Manuel Machuca y Vargas arquitecto designado por la Real Academia de las Artes de San Fernando para concluir la obra tras la muerte en 1781 del arquitecto D. Manuel Godoy” (texto en: https://www.xerflonarqueologos.es/wp-content/uploads/2017/06/El-Puente-de-la-Cartuja-1.pdf)

Al dorso del plano leemos:

Es copia de su original que se remitio al Supremo Consejo de Castilla, de donde se ha debuelto firmado del sr. d. Antonio Martínez Salazar Secretario de Cámara, el qual en este dia en orden de Providencia del sr. Correxidor en los autos formados en punto a obra del Puente de Cartuja se ha entregado a el Arquitecto d. Manuel Machuca y Vargas para evaquar el encargo que en razon del mencionado Puente le ha hecho dicho Supremo Tribunal. Xerez de la Frontera y febrero catorce de mil settecientos ochenta y ocho.

Véase:

“Estampas del puente de Cartuja. Cuatro siglos de imágenes”

 https://www.entornoajerez.com/2017/11/estampas-del-puente-de-cartuja-cuatro.html



miércoles, 23 de octubre de 2024

El sr. Sato y el ballet Hanagasa (Japón) en la 27ª Fiesta de la Vendimia (Jerez, 1974)

(del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)


EL SR. SATO Y EL BALLET HANAGASA (JAPÓN) EN LA 27ª FIESTA DE LA VENDIMIA (JEREZ, 1974)

         En el nº 1471-1472 de la revista "La Semana Vitivinícola" (19 y 26 de oct. de 1974) se localiza un reportaje, de José Greses, de la XXVII Fiesta de la Vendimia dedicada aquel año a Japón.

         La reina de la Fiesta fue Carolina Ruiz-Mateos y Pérez Luna; el alcalde sr. Cantos Ropero; el responsable de la Comisaría de Fiesta de la Casa del Vino, sr. Alberto Durán; el capataz de honor de la bodega San Ginés sr. Fernando T. de Terry; y el sr. Sato el embajador japonés presente en el festejo..

         José Greses escribe en su crónica:

         "El primer encuentro oficial de Jerez con los invitados tuvo lugar en la Bodega de San Ginés, donde el alcalde de la ciudad dio la bienvenida a los invitados, con un saludo especial al Japón, país al que se dedicaba la Fiesta de 1974, siendo correspondido por el embajador señor Sato en términos de grandes elogios. <<Cuando los japoneses regresen a su país serán pregoneros de esta Fiesta y de su gran vino>>, dijo el señor Sato entre otras cosas. Se celebró después la ceremonia de entrega de llaves de la bodega al capataz de honor entrante don Fernando de T. Terry Gallarza, quien pronunció un hermoso discurso que reproducimos al final"

Para nuestros lectores, reproducimos hoy el reportaje completo de "La Semana Vitivinícola" dedicado a la XXVII Fiesta de la Vendimia de Jerez (1974)

resto de láminas en el facebook del Archivo Mpal.


martes, 22 de octubre de 2024

Lápida arábiga de la Puerta Real (Jerez, 1672).-

(del Facebook del Archivo Municipal de Jerez)

HISTORIA DE UNA "INDECOROSA" LÁPIDA ARÁBIGA QUE ESTABA EN LA PUERTA REAL (JEREZ, 1672-1876)


En un acta capitular de 22 de abril de 1672 (que adjunta reproducimos en el punto que afecta al asunto del que hoy tratamos) encontramos esto tan curioso:

<<El sr. D. Pedro de Villalobos Morales, teniente del sr. D. Francisco Gerónimo Ponce de León, veinticuatro, dijo:  que sobre el arco de la puerta del Real, en la fachada que mira a la plaza del Arenal, arrimada a la misma clave, está una piedra pequeña de mármol, en la cual están escriptos con caracteres arábigos unas palabras de que usan los infieles por artículo principal de su secta y contra el decoro de nuestra Santa Fe Católica; y que habiendo venido a esta ciudad un católico mui inteligente en el alfabeto arábigo, se declaró las palabras que en la dicha piedra están puestas, cuya fábrica, por su antigüedad, fue en el tiempo que los Moros se apoderaron de España; de que se suplica a esta ciudad asi por lo que tienen de pernicioso como por el grande escándalo que los Moros cautivos que hay en esta ciudad hacen reverenciando dicha piedra, la ciudad sea servida de mandarla quitar o picarla, y en su lugar fijar y estampar una imagen de nuestra Sra. de la pura y limpia Concepción.



 ACUERDO. La Ciudad entendida de la cuenta que ha dado el Sr.D. Pedro de Villalobos Morales, acordó: que remite al caballero 24º obrero mayor de muros haga se quite la dicha piedra, si hubiere facilidad, o se piquen las letras arábigas que en ella están puestas y en su lugar se ponga y fije una imagen de nuestra Sra. de la pura y limpia Concepción>>.

“Este acuerdo quedó sin cumplir y allí permaneció la piedra hasta que demolida la puerta del Real en el año de 1821, aquella quedó depositada y olvidada en la habitación del capellán de la inmediata ermita de nuestra Sra. de los Remedios, de donde se trasladó a la casa Capitular en 17 de enero de 1868 y finalmente a la biblioteca en 13 de octubre de 1876”.


Fuente de la transcripción (del archivero Agustín Muñoz) ofrecida:

Minuta de oficio en la que se le agradece la remisión de la copia de un documento del Libro de Fechos del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera relativo a una inscripción islámica existente en la Puerta del Real. | Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes

https://www.cervantesvirtual.com/obra/minuta-de-oficio-en-la-que-se-le-agradece-la-remision-de-la-copia-de-un-documento-del-libro-de-fechos-del-ayuntamiento-de-jerez-de-la-frontera-relativo-a-una-inscripcion-islamica-existente-en-la-puerta-del-real/

Texto y explicación de la lápida:

https://www.jerez.es/webs-municipales/museo-arqueologico/la-coleccion/seleccion-de-piezas/detalle-de-pieza/lapida-con-inscripcion-almohade-de-la-muralla-de-jerez


lunes, 21 de octubre de 2024

Construcción de un nuevo Archivo para Jerez (1737-1790).-

(del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO ARCHIVO PARA JEREZ (1737-1790).-

En el portal PARES, en el Archivo Histórico Nacional, Consejos, 27322, Exp. 26, encontramos: <<La justicia y regimiento de la ciudad de Jerez de la Frontera (Cádiz) sobre aprobación de acuerdo celebrado en 6 de diciembre de 1737 para la compra de una casa para custodiar los papeles del archivo de la ciudad, 1737-1790>>. El subtítulo del expediente es: “A que va agregada la instancia hecha por dicha ciudad sobre que se le conceda facultad para tomar otra a fin de dar ensanche a la Consistorial”, con lo que se trataba”



En uno de los primeros textos del expediente se aclara perfectamente su contenido:


“Acuerdo
. La Ciudad habiéndose juntado el dia de hoy para volver a conferir sobre punto de compra de la casa que hoy posee Guillermo Maxi inmediata a las capitulares a que dio motivo la estrechez de estas, pues no hay pieza a donde esté el Archivo de los papeles de esta Ciudad, por cuya razón se mantiene en la misma sala capitular, y en su antesala, los bancos y escaños que sirven para las funciones de la iglesia por no haber otro sitio a donde ponerlos añadiéndose a esto no haber vivienda para los dos porteros de sala que sirven a la Ciudad pues solo puede habitar el uno con gran incomodidad //  siendo asi mismo las piezas en que están los papeles de los oficios de Cabildo sumamente estrechas, de que se sigue padecer deterioro dichos papeles y sobre todo no tener cuarto en que poner las cuentas ni demás que pertenece a Contaduría, estando todo en las casas de los contadores en sitios apartados del Ayuntamiento, no pueden dar razón prontamente si alguna vez se ofrece quererla la Ciudad estando Junta, y por este motivo también no hallarse los papeles en la forma más regular y con la guardia y custodia que se requiere, todo lo cual considerado por esta Ciudad, y asimismo que dichas casas que se pretenden comprar por su tamaño y proporción pueden dar comodidad a todo lo referido. Acuerdan se compre para sus propios, precediendo ante todas cosas la Real Facultad que se requiere. Y para que tenga efecto, encarga a los señores D. Lorenzo López de Padilla y Marqués de Casa Pabón, // a quienes diputa para esta dependencia, acudan ante Su Magestad y señores de su real y supremo Consejo de Castilla en nombre de esta Ciudad a pedir real facultad; y de todo lo que se adelantare y obrare sarán cuenta a la Ciudad. Y para todo ello se les da Comisión en forma, y asi lo acordó”.


Y justo a mediados del expediente encontramos un muy interesante plano (que reproducimos) del ayuntamiento de Jerez, en la parte del emplazamiento actual que hoy mira a la Plaza de Escribanos (hoy de la Asunción), donde podemos apreciar los distintos espacios que se utilizaban: antesala y sala de cabildo, portales (o logia), despachos de los oficios (1º, 2º y 3º), etc.

Lo que se acordó en 1737 no se llevó a cabo y en 1778 (la fecha del plano) volvió a argumentasrse de un modo similar (comprar dos casas en vez de una):

“Acuerdo: La ciudad en consecuencia de Real Des- // pacho que se ha leído y de lo que se ha conferenciado sobre haber otra casa además de la señalada en el contigua igualmente a las casas capitulares, aunque por distinto costado y dando a diversas calles, acuerda se examinen ambas por el maestro mayor de obras de la ciudad y Juan Falcón carpintero, apreciando con distinción el valor de cada una y si hubiese herrería de consideración nombren los dichos dos nombrados un inteligente que lo practique, lo cual sea asistido de los señores d. José Vejel veinticuatro y don Felipe de Prados jurado, quienes de acuerdo con el sr. Corregidor y el caballero síndico personero premediten cuál puede acomodar más al destino para el que se solicita, imponiendo al dicho Maestro Mayor de la idea para que de conformidad se pueda dar la preferencia a la que sea de mayor utilidad y menos costo y enseguida representarse a la Superioridad sobre la correspondiente licencia, haciendo presente en dicha representación la que obtuvo y se cita en el enunciado Real Despacho en virtud de lo que la ciudad estime conveniente de resultas de los aprecios e informes // y así lo acordó. Según que lo referido más extensivamente resulta de dicho cabildo y el Acuerdo inserto es conforme a su original a que me refiero. Jerez de la Frontera y septiembre diez de mil setecientos ochenta y ocho


Y asimismo apreciamos los antedichos maestros que abajo firmamos otras casas contiguas medianeras con las casas consistoriales situadas en la calle de los letrados dicha collación señor San Dionisio con el número, propias del vínculo de Don Mauricio Ponce, cuyas casas medida toda su fábrica de albañilería, carpintería y herrería, suelo y cielo, hallamos que valen dichas casas la cantidad de cuarenta y tres mil y setenta y cuatro reales dichos de vellón y lo firmamos en Jerez de la Frontera en siete de octubre de mil setecientos ochenta y ocho. Juan Falcón. Juan Díaz de la Guerra".

domingo, 20 de octubre de 2024

EL FOTÓGRAFO, AFINCADO EN JEREZ, A. CASTILLO GARCÉS (1888-1953).-

(del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)


En la web del Museo Arqueológico Nacional leemos esta precisa biografía del fotógrafo onubense, afincado en Jerez, Alberto del Castillo Garcés:

“Tarjeta de visita del fotógafo onubense Alberto del Castillo Garcés, intalado en Jerez del Frontera. El documento fue localizado dentro del expediente "Visitantes y noticias de trabajos hechos para estos", junto a otras tarjetas de visita.

         Alberto del Castillo aprendió el oficio de fotógrafo junto a su hermano Manuel en Sevilla y provenían de una saga familiar de fotógrafos repartidos por Huelva, Sevilla y Bádajoz. No obstante, comenzó estudiando Derecho pero hacia 1906 se había ya establecido como fotógrafo en Jerez, en la calle del Algarve 27 y posteriormente en el 29. En 1908 participó en Valencia en un congreso de fotógrafos, en representación de los profesionales jerezanos, y junto al fotógrafo Diego Calvache, y recibiendo ese mismo año el Gran Diploma y Medalla de Oro en la Gran Exposición franco-española de París. En 1919 participa en la constitución de la Asociación de Prensa Jerezana. Posteriormente, según los Anuarios y guías comerciales, estuvo activo entre 1921 y 1936 en la calle Antonio Vico en distintos números y a partir de 1932 se publicita con el segundo apellido.


         Se dedicó especialmente al retrato, siendo uno de los primeros en poner en práctica las tiras de retratos pequeños en distintas poses. Realizó también trabajos de reportero gráfico, en los años 20 y 30, para ABC, La Unión Ilustrada de Málaga y La Esfera, recogiendo actos sociales y políticos de la vida jerezana como los relacionados con Primo de Rivera.

         Gran parte de su archivo fotográfico desapareció al tener que abandonar la casa familiar su familia, en la cual estaba también el estudio” (https://ceres.mcu.es/pages/Main)

https://ceres.mcu.es/pages/ResultSearch?Museo=MAN&txtSimpleSearch=Castillo%20Garc%E9s,%20Alberto%20del&simpleSearch=0&hipertextSearch=1&search=advancedUnion&MuseumsSearch=MAN%7C&MuseumsRolSearch=9&listaMuseos=[Museo%20Arqueol%F3gico%20Nacional]

 


resto de láminas en el facebook del Archivo Mpal.



jueves, 17 de octubre de 2024

Toma de posesión del alcalde Miguel Primo de Rivera y Urquijo (Jerez, 5/2/1965).-


(del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

TOMA DE POSESIÓN DEL ALCALDE MIGUEL PRIMO DE RIVERA Y URQUIJO (JEREZ, 5 DE FEBRERO DE 1965).-

      Damos hoy a conocer dos documentos de interés para la historia de la institución municipal y de la propia ciudad de Jerez; dos documentos que narran detalladamente la toma de posesión del alcalde entrante Miguel Primo de Rivera y Urquijo en 5 de febrero de 1965, de manos del alcalde saliente Tomás García Figueras:

      1º.-Acta de Pleno de 2 de febrero de 1965. Punto único en el orden del día: toma de posesión del alcalde Miguel Primo de Rivera y Urquijo / tomo 350 de Actas Capitulares (1965-1967), fº 1r.-11v. (Archivo Municipal de Jerez).

       2º.-La Voz del Sur de 6 de febrero de 1965 (pp. 1-4).

(RESTO DE LÁMINAS EN EL FACEBOOK DEL ARCHIVO MPAL. DE JEREZ)




martes, 15 de octubre de 2024

Conferencia de Javier Maldonado sobre el impuesto de consumo sobre vinos, vinagres y aguardientes (Jerez, años 1880).-

(del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

CONFERENCIA DE JAVIER MALDONADO SOBRE EL IMPUESTO DE COMNSUMOS EN JEREZ (AÑOS 1880).-


         En la tarde de ayer martes 15 de octubre, a pesar de una espléndida e intensa lluvia, tuvo lugar en el salón de actos del Ateneo de Jerez (C/ San Cristóbal, 8) la anunciada conferencia de Javier Maldonado Rosso bajo el título “La aplicación del odiado Impuesto de Consumo en Jerez (años 1880)”.

         En esta 1ª conferencia del ciclo “El documento del mes del Archivo Municipal de Jerez” (2024-2025) pudimos conocer, de la mano de este muy veterano historiador portuense pero dedicado, desde hace décadas, a la historia del Jerez y su marco desde hace décadas, los pormenores de un impuesto que gravaba “las cosas del beber, comer y arder” a fines del siglo pasado en Jerez, y particularmente el consumo de vino en la viña, en la bodega y en las tabernas; es decir, la aplicación en Jerez del impuesto al consumo de vinos, vinagres y aguardientes en los años 1880.


         Con un montaje de diapositivas claro y didáctico, el conocido autor del ya clásico libro “La formación del capitalismo en el marco del Jerez. De la vitivinicultura tradicional a la agroindustria vinatera moderna en los siglos XVIII y XIX)” (1999), vino a señalar y describir la intrincada realidad de la aplicación de un odiado impuesto que no fue fácil para nadie, ni siquiera para unas administraciones que (como Hacienda y el ayuntamiento de Jerez) forcejearon entre sí para poder llevarlo a cabo.

         Además, explicó Javier Maldonado, fueron notables y constantes las diferencias internas entre las “clases vinateras”, es decir, cosecheros, cosecheros-almacenistas, almacenistas y extractores, en orden a ponerse de acuerdo en los porcentajes que debían abonar cada uno respecto al cupo general que les correspondía. En 1886 los vinateros lograron incluir a los labradores en el rerparto de consumos y vinos y vinagres.


         Perfecto conocedor de la documentación municipal y del Archivo Mpal. de Jerez, explicó Javier Maldonado cómo en sesión municipal de 21/02/1883 se aprobaron conciertos con cosecheros, cosecheros-almacenistas y almacenistas por igual cantidad que el año anterior más un 85%, correspondiendo a los extractores 10 reales por bota exportada, aunque todo ello sin fiscalización en el interior de las bodegas.

         En definitiva, una conferencia de historia de Jerez y de historia del vino de Jerez de lo más interesante y expuesta con el buenhacer, demostrado durante décadas de dedicación a la investigación, del historiador Javier Maldonado Rosso.




viernes, 11 de octubre de 2024

El enigmático "gabinete atmiátrico" de Adolfo Ruiz (Jerez, 1895).-


EL ENIGMÁTICO GABINETE ATMIÁTRICO DE ADOLFO RUIZ (JEREZ, 1895).-

En el acta capitular de 8 de agosto de 1895 (véase tomo nº 321 de acuerdos de Pleno, AMJF; reproducción adjunta) encontramos este breve acuerdo concejil:

"subvención consignada a favor de D. Adolfo Ruiz Romero como dueño del Gabinete admiátrico por los servicios a los enfermos de Beneficencia hasta extinguir cierta suma que dicho Sr. Ruiz adeuda a D. Manuel Fernández Martínez y que en vista de la conformidad que dicho Sr. presta firmando el escrito referido con el Sr. Tamayo, no encuentra la Comisión inconveniente en que se acceda a lo solicitado, acordando el Excmo. Ayuntamiento de conformidad con el dictamen"


Pero, este "gabinete admiátrico" (o atmiátrico) que vemos reflejado en las actas conservadas en el Archivo Mpal. de Jerez, ¿qué era y dónde estaba?.

Pues el conocido médico jerezano Juan José del Junco, en El Guadalete de 9 de julio de 1895 (que adjuntamos reproducido en cuatro imágenes), presenta una reseña muy completa de este "establecimiento atmiátrico" regentado por Adolfo Ruiz Romero en Jerez, en la calle Castellanos, la cual invitamos a nuestros curiosos seguidores a leer.

Al parecer, el gabinete era propiedad del farmacéutico Adolfo Luque, pero lo dirigía Adolfo Ruiz Romero, y en él se encontraba un "aparato para las inhalaciones medicamentosas en baños de aire comprimido, sistema Dupont"…

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Véase tb.:

https://biblioteca.galiciana.gal/es/consulta/registro.do?id=506546 



miércoles, 9 de octubre de 2024

El odiado impuesto de consumos en Jerez, años 1880 (J. Maldonado)

(del facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

EL ODIADO IMPUESTO DE CONSUMOS EN JEREZ, AÑOS 1880

conferencia de Javioer Maldonado Roisso

martes 15/10/2024 en el salón de actos del Ateneo de Jerez



martes, 8 de octubre de 2024

Debate fiscal en Jerez ante el adelantado Per Afán de Ribera (1447).

(del facebook del Archivo Mpal. de Jerez)


DEBATE FISCAL EN JEREZ ANTE EL ADELANTADO MAYOR DE LA FRONTERA (1447)

Hoy presentamos la transcripción de una carilla de un acta capitular de 5 de mayo de 1447, en la primavera del año en que estuvo presente en Jerez el adelantado mayor de la Frontera Per Afán de Ribera: “Se llegaron a cabillo el señor adelantado per afan de ribera e el jurado alfon ferrandes / de valdespino corregidor en lugar de juan de saavedra…”

1447 es el año en que se termina de hacer la torre concejil llamada del reloj, junto a la iglesia de San Dionisio; véanse los acuerdos capitulares: a) 𝗔𝗠𝗝𝗙, 𝗔𝗖, 𝟭𝟰𝟰𝟳, 𝗺𝗮𝗿., 𝟭𝟳, 𝗳º 𝟮𝟰𝗿.: 𝗵𝗲𝗰𝗵𝘂𝗿𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝘁𝗼𝗿𝗿𝗲 𝗱𝗲𝗹 𝗿𝗲𝗹𝗼𝗷, 𝗮𝗰𝘂𝗲𝗿𝗱𝗼 𝗱𝗲 𝗝𝗲𝗿𝗲𝘇 𝗰𝗼𝗻 𝗲𝗹 𝗮𝗱𝗲𝗹𝗮𝗻𝘁𝗮𝗱𝗼 𝗺𝗮𝘆𝗼𝗿 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗳𝗿𝗼𝗻𝘁𝗲𝗿𝗮 𝗣𝗲𝗿 𝗔𝗳𝗮́𝗻 𝗱𝗲 𝗥𝗶𝗯𝗲𝗿𝗮, y b) 𝗔𝗠𝗝𝗙, 𝗔𝗖, 𝟭𝟰𝟰𝟳, 𝗮𝗯𝗿., 𝟮𝟰, 𝗳º 𝟰𝟵𝗿.: 𝗘𝗻𝘁𝗿𝗲𝗴𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗿𝗲𝗹𝗼𝗷 𝘆 𝘀𝘂𝘀 𝗽𝗲𝗿𝘁𝗿𝗲𝗰𝗵𝗼𝘀 𝗮𝗹 𝗺𝗮𝗲𝘀𝘁𝗿𝗲 𝗿𝗲𝗹𝗼𝗷𝗲𝗿𝗼 𝗟𝘂𝗶𝘀.

 

En la parte central de esta acta vemos a los caballeros capitulares discutiendo, ante la presencia de Per Afán de Ribera, acerca de las derramas fiscales ordenadas en la ciudad. Una de ellas nos llama la atención: “los diez / mil maravedíes del cavallo” (lineas 11-12)

TRANSCRIPCIÓN

AMJF, AC, 1447, may., 5: Acta de cabildo de Xerez, sobre el repartimiento del medio pedido y 10.000 maravedíes del caballo.

Viernes cinco días de mayo de mil e quatroçientos e / quarenta e syete años a terçia en la casa

Se llegaron a cabillo el señor adelantado per afan de ribera e el jurado alfon ferrandes / de valdespino corregidor en lugar de juan de saavedra e de los regidores el bachiller / 5 alfon sanches de gallegos e alfon martines de bejer e pero marino e juan carro e ferrand alonso / alcayde e garçia de avila e bartolome nuñes e alonso de çorita e anton martines e pero nuñes e gonçalo / peres de bejer

E de los jurados françisco de las casas e françisco gonsales e diego de finojosa e lorenço ferrandes / e alonso días a anton bernal e françisco dias e juan ferrandes de torres e diego rrodrigues patiño (?) e manuel / 10 ferrandes e Alonso de ferrera

El dicho ferrand alonso de çorita dixo que es en el rrepartimiento del medio pedido e en los diez / mil maravedíes del cavallo e non en lo que de mas se mando repartir e que por eso non firmo / el mandamiento e pidiolo su testimonio e anton martines eso mismo

Pero nuñes dixo que es que sea repartido el pedido e los otros maravedies que son contenidos en el man- / 15 damiento pues que asy fue acordado e en los apaniguados que se asienten con alfon / garçia e ferrand lopes e los de __dos segund es ordenado e en la toma del pedido / para los cavallos que se enbie una carta a juan de saavedra que venga e en las quiebras / que los jurados non las fagan e sy las fisieron las paguen

Fueron en ello el alcayde e alfon nuñes e en esto de las quiebras quel que no quesyere pagar / 20 se diga al juez e lo faga pagar

Gonçalo peres en todo salvo en las quiebras fechas las paguen las personas que las / deven

Requerio pero marino a los dichos jurados que repartan el pedido e lo fagan coger como les / es mandado sy non protesto etc. fue en ello el alcayde

25 bienes principales

Veno un ome que dixo que le desian rrodrigo de valladolid e mostro una carta de nuestro señor el / rrey escripta en papel firmada de su nombre e sellada con su sello de çera / colorada en las espaldas que luego fue leyda e su tenor es este que se sigue:

Don juan por la graçia de dios etc. a vos el prinçipe don enrrique mi muy caro e muy amado fijo / 30 primogenito heredero e a los reverendos padres arçobispos e obispos e a los duques condes / rricos omes maestres de las ordenes priores e a los del mi consejo e oydo- / res de la mi abdiençia e a los abades e deanes e cabillos e priores e otras presonas / eclesyasticas e religiosas de qualesquier yglesias e monesterios de las çibdades e villas e lugares de los mis rreynos e a los alcalles e alguasiles e otras justiçias quales