sábado, 3 de abril de 2021

Acuchillamiento de un teniente en el Jerez de 1832.



Joaquín Portillo, en su obra Noches xerezanas, nos dice que el 28 de abril de 1832 “fue abolido en todos los dominios de España el suplicio de horca y sustituido el de garrote para los condenados a muerte”; así que era este un tiempo, ya mucho después del trienio liberal, a fines del reinado de Fernando VII, en que las costumbres empezaban a suavizarse un poco. Pero perduraban, claro, las instituciones militares que habían sido creadas por la corona para defensa de la misma: caso de los llamados voluntarios realistas cuya misión parapolicial en las ciudades era, bajo una óptica antileberal, es decir pro absolutista, controlar el orden, hacer guardias en lugares públicos, etc.; unos voluntarios realistas que contaban con caballería, infantería y artillería, aunque no eran el ejército. Estos voluntarios realistas fueron disueltos a la muerte de Fernando VII en 1833.

El historiador Parada y Barreto, en sus Hombres Ilustres de Jerez, nos sintetiza la historia de estos voluntarios realistas en Jerez: “…creados en 10 de julio de 1823, se organizaron por reglamento de 8 de junio de 1826, en subinspecciones y brigadas. En la subinspección de Andalucía, formaba como tercera la brigada de Jerez de la Frontera, compuesta por seis batallones, un escuadrón de caballería y dos compañías de artillería, acantonándose la fuerza en Jerez, donde estaba la artillería, San Fernando, Medina, Puerto de Santa María y Sanlúcar, donde radicaba el escuadrón de caballería. El batallón de Jerez lo mandaba d. Miguel Picado, como primer comandante, y como segundo d. Tomás de Castro, teniente que era retirado de infantería”.

Y, efectivamente, el expediente 18.194 del Archivo Municipal (legajo nº 832) se titula: “Sumaria contra los voluntarios reales Francisco Gutiérrez y Fernando Bullón, acusados el primero de haber acometido al Teniente D. Fernando Jiménez y ambos de complicidad en cierta quimera” (1832), un procedimiento en el que fue juez fiscal el subteniente de dicho batallón D. Miguel Mª Rendón, y escribano el cabo 1º Alonso de Vargas.

Al parecer, hubo un gran tumulto, o quimera, en la Plaza de Orellana (“final de la calle del Sol y de Empedrada”) a principios de diciembre de 1832 y el teniente Fernando Jiménez encontró implicados en el mismo a dos soldados realistas, uno de los cuales, el Gutiérrez, “se dirigió a mí con la navaja que acompaño”. Luego, en las posteriores diligencias se dibuja la navaja exactamente como era: “mandó demarcase a esta continuación la navaja que consta de esta sumaria y yo el escribano certifico ser la misma reconocida por el teniente d. Fernando Jiménez, y se ejecuta a esta continuación [dibujo], cuya demarcación está igual a dicha arma”.

A continuación aparece en la sumaria una diligencia de reconocimiento de la navaja: “parecieron los maestros cuchilleros de esta ciudad Pedro Cirio y José Rodríguez” y dijeron: “no es de las prohibidas por Reales Pragmáticas y solo por la punta tiene la multa señalada por la ley”. Manuel López, un mozo de una tienda de la plaza de Orellana, declaró que fue cierto que un lunes 10 de diciembre “hubo una riña en dicha plazuela entre paisanos y realistas, pero que no vio nada de lo que pasó…”.

Bernardo de Mier, un testigo ocular, dijo que “vio también a un oficial que conducía por delante uno o dos realistas pero que no vio si alguno de estos acometió con navaja al oficial”. El acusado Francisco Gutiérrez precisó: “que ni es suya [la navaja] ni en su poder ha estado jamás y si la ha visto porque el día de los lances referidos estando el declarante hablando con el citado don Fernando Jiménez llegó el referido Antonio Peña y se la entregó manifestándole que los individuos de la cuestión habían arrojado al suelo la mencionada arma


Y Fernando Bullón: “debiendo advertir que en el camino no cesaba el D. Fernando de sacar una espada que llevaba y amenazar a Gutiérrez diciendo lo iba a pasar y que iba bastante ebrio” (fº 13r.); “que la navaja citada únicamente la vio porque estando el declarante Gutiérrez y el d. Fernando en la plazuela indicada llegó con ella el voluntario Antonio Peña entregándola al último y diciéndole que las personas de la pendencia la habían arrojado al suelo, que por consiguiente no era de Francisco Gutiérrez y por lo mismo y porque ni la tomó en la mano no pudo, como no lo hizo, acometer al d. Fernando ni a persona alguna, pues dicha navaja pasó de la mano de Antonio Peña a la del oficial”.

Declaración de Antonio Peña, otro de los voluntarios….” (fº 14r.): “en cuyo sitio había habido una quimera de paisanos que ya estaba quasi concluida vio que una mujer cuyo nombre ignora pero que se decaía ser de la familia de uno de los individuos de la cuestión tiró una navaja al tejado de la capilla de la Yedra, la cual cayó en el suelo y recogió un muchacho a quien la quitó el que declara con el fi n de que no la cogieran los de la riña entregándola a la autoridad, pero antes de esto y hallándose también en la misma plaza el Teniente ilimitado D. Fernando Jiménez y habiéndole visto en la mano la navaja citada, le dijo venga acá esa navaja que me la llevo, en cuyo caso y reconociendo en el susodicho un Jefe se la entregó”…. Y que por la calle Empedrada, en conduciendo al Gutiérrez y al Bullón, vio este Peña que el teniente “estaba bastante ebrio, sacó por dos veces su espada y dirigió su punta al pecho de Gutiérrez, pero que no oyó lo que le decía”, por todo lo cual dice Peña no puede ser cierto que el Gutiérrez acometiera con la navaja al teniente…. Porque la navaja pasó de las manos del declarante a las manos del teniente.

D. Miguel Mª Rendón, Subteniente de la Primera Compañía del Batallón de Voluntarios Realistas de Jerez, expidió su dictamen en 2 de enero de 1833, dándole la razón a la mayoría de los declarantes: Gutiérrez y Bullón no acometieron con una navaja al teniente, no participaron en la quimera vecinal, “efecto de la embriaguez de que estaba poseído” el teniente, ordenando sacar de la prisión al Gutiérrez y al Bullón y “prescindiendo de la pena a que Jiménez se ha hecho acreedor”(fº 16v.), advirtiéndole simplemente de que “que en lo sucesivo no falte a la verdad en sus partes como el que obra en esta causa, y que en lo sucesivo su  comportamiento no desdiga del honor y delicadeza que es peculiar al carácter de un oficial”.