(del FaceBook del Archivo Mpal. de Jerez)
QUE NADIE ECHE AGUA EN EL LAGAR Y SE MARQUEN CON EL SELLO
DE JEREZ LAS BOTAS DE VINO A MERCADEAR (1483).-
Que no echen agua en
el lagar.
Yten hordenamos y mandamos que ninguna presona sea / osada
de echar agua en el lagar ni en las botas que se / han de cargar so pena de
caer en caso de engañador.
Que la rasa sea fina
a vista de los diputados.
Yten hordenamos y mandamos que ninguna presona sea / osada
de echar rasa en las botas que fi siere sy no fuere / tan buena y tan fyna que
sea vista y esaminada por nos / los dichos diputados o por quien nos por nos
pusyeremos / que la vean e den liçençia para ello.
Que las botas sean de
treinta arrovas de la medida vieja.
Yten hordenamos y mandamos que ningund tonelero / de los
desta çibdad sea osado de faser botas para ningund / mercader en que aya de
llevar los dichos vinos de mas nin / de menos de treinta arrovas de la medida
vieja.
Que las botas sean
selladas con el sello desta çibdad.
Yten hordenamos y mandamos que ningund vezino sea osado / de
entregar ningunas botas a ningund mercader nin / mercaderes que gelas tenga
compradas syn que sean sella- / das con el sello desta çibdad por la presona
que nos para ello / pusyeremos so las penas de iuso escriptas
El original de este notable y tan significativo documento
se conserva en el Archivo Municipal de Jerez, Actas Capitulares, 1483, ago., 12