(del Facebook del Archivo Municipal de Jerez)
LOS CARNICEROS Y ANTONIA LA SALINERA (JEREZ, 1454).-
En las actas capitulares conservadas en el Archivo Municipal de Jerez de fines de agosto de 1454 encontramos una carilla (el folio 56 recto) donde aparecen varios acuerdos curiosos que pasamos a glosar y transcribir:
I.-Los titulares de la recaudación de la renta real del “servicio
e montazgo” (https://dpej.rae.es/lema/servicio-y-montazgo) dicen al Ayuntamiento que faciliten
las cosas para su cobro, o si no el cobro de este impuesto real recaerá sobre
los bienes de los componentes del concejo.
II.-Se advierte a los carniceros de la ciudad que no den mezcladas las carnes (de
vaca con puerco, por ejemplo) a no ser que se lo pidan los consumidores; si no
obedecen, entonces "que le den çinquenta açotes e demás que pague
seysçientos maravedíes para la obra de la / carçel"
III.-Que se le den 352 maravedíes a Antonia Martines "la
salinera",
"que agora tiene el alcaçeria desta çibdad" (https://apps.rae.es/DA_DATOS/TOMO_I_HTML/ALCACERIA_002705.html) por razón de ciertos gastos que
ella hizo en favor de la ciudad: obras en la alcaçería y haces de cañas para
lancear los toros en la corrida que se dio “por las alegrías del nasçimiento
del señor ynfante” (se refiere al nacimiento de Alfonso XII de Trástamara: https://dbe.rah.es/biografias/6419/alfonso-xii-de-trastamara).
y IV.-Protesta de los traperos (parece ser) de Jerez, los cuales aluden a “los
muchos dapnos e synrrasones que esta çibdad e los moradores e vesynos della e
otras presonas rresçibian…”
TRANSCRIPCIÓN
ARCHIVO MUNICIPAL DE JEREZ, Actas capitulares, Jerez, 1454,
fº 56 recto: acuerdos varios del concejo de Jerez
I.-
E los dichos traslados e cartas seyendo presentadas he dicho
diego de parraga rrequerio a los dichos alcaldes / [que] conpliesen mandandole
acudir con la dicha rrenta del dicho servicio e montalgo en la manera e se- /
gund quel dicho señor rrey le enbia mandar sy non protesto de cobrar dellos e
de sus bienes __ maravedies / __ quedo de traer ordenado
5 Los dichos alcaldes obedesçieron la
carta e mandado del dicho señor rrey en los dichos traslados contenido e /
mandaron que los viese el liçençiado diego de galdames e les fisiese rrelaçion
el miércoles primero que viene
II.-
carniçeros
Los dichos alcaldes mayores e garçia de avila e pero marino
mandaron que ningund carniçero desta çibdad non sea / osado de vender puerco
con vaca nin vaca con puerco nin otra carne una con otra salvo que qualquier presona
/ 10 ge lo demandare qualquier
carrne gela de pura vaca e puerco por puerco de aquella que le demandare so
pena / que qualquier que contra esto fuere que le den çinquenta açotes e demás
que pague seysçientos maravedíes para la obra de la / carçel, lo qual fue
pregonado por las plaças desta çibdad
--
Miércoles veynte e ocho días del mes de agosto de / mill e
quatroçientos e çinquenta e quatro años a terçia en la casa
15 Se llegaron a cabillo ferrand alfon
de villaviçençio e pero rodrigues de villaviçençio alcaldes mayores e diego de
/ yliescas alcalde en lugar de juan manuel de lando e de los regidores
bartolome nuñes de villaviçençio e juan / rriquel
E de los jurados juan ferrandes de torres e diego de vargas
III.-
El conçejo allcaldes mayores e alguasil mayor e los treçe
cavalleros regidores de la noble çibdad de xeres / 20 de la frontera mandamos a vos pedro de ferrera mayordomo que
fuestes del dicho conçejo el año que paso de / mil e quatroçientos e çinquenta
e tres años que de los maravedíes e rrentas e propios del dicho conçejo del
dicho año / de vuestro mayordomadgo desdes [a] antonia martines la salinera que
agora tiene el alcaçeria desta çibdad tresientos / e çinquenta e dos maravedíes
que ovo de aver en esta manera los çiento e sesenta e seis maravedíes que le
quedaron por pagar (?) / de quatroçientos e sesenta e seis maravedíes que
montaron çierta obra que fiso en el alcaçeria e demás que ___ __ / 25 para jugar los cavalgadores el dicho
año porque los tresientos maravedies vos ge los rresibistes del al- / quiler (?)
que ovo de dar de la rrenta de la dicha alcaçeria el dicho año e los çiento e ochenta e seis maravedíes de /
tres dosenas e diez fases de cañas que dio e le fueron tomados quando se
lidiaron los toros por las alegri- / as del nasçimiento del señor ynfante este
año en que estamos de la fecha deste mandamiento que son asy conpli- / dos los
dichos tresyentos e çinquenta e dos maravedíes e tomad su carta de pago de la
dicha antonia martinez e con ella y con / 30
este nuestro mandamiento vos seran rresçebidos en cuenta los dichos maravedíes
e por quanto destos maravedíes ovimos dado otro / mandamiento para vos el dicho
manyordomo e se dice que se perdio e si paresçiere non vala nin por el pague- /
des los dichos tresientos e çinquenta e dos maravedíes …
IV.-