jueves, 21 de noviembre de 2024

Propuesta de creación de una "Comarca vinícola jerezana" (1914).-


 (del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

PROPUESTA DE CREACIÓN DE UNA "COMARCA VINÍCOLA JEREZANA" (1914).-

         Junto con Sanlúcar, Chipiona, Trebujena, El Puerto, Rota y Chiclana se propuso en 24 de abril de 1914 la creación de una "Comarca vinícola de Jerez" sobre la base de escrito presentado por la Unión Mercantil e Industrial, quedando autorizado el alcalde de Jerez a activar el establecimiento legal de la comarca vinícola de Jerez con municipios de la zona y bajo el nombre de "Vinos de Jerez" (Archivo Municipal de Jerez, Actas Capitulares, tomo 322, fº 438v., punto 6º, 1914, 04, 24). Reproducimos el punto del acta capitular precisa donde se habla de esta propuesta de creación de la "Comarca Vinícola Jerezana".

         No será hasta 1923 que se cree la "Marca Jerez": véase Archivo Municipal, expe. 21.044: Registro Comercial de la marca de vinos "Jerez". Reproducimos la portada del expediente.





miércoles, 20 de noviembre de 2024

Jerez en las cruzadas contra turcos (1464).-

(del Facebook del Archivo Mpal.)

JEREZ EN LAS CRUZADAS CONTRA TURCOS (1464).-

     En un interesante artículo de Pablo Ortego (https://www.uma.es/ciencias-historicas/info/87947/pablo-ortego-rico/) se alude a Jerez y se dice esto sobre la cruzada contra turcos y la guerra contra el reino de Granada:

“Las reticencias de Enrique IV ante la convocatoria lanzada por Pío II cobraron un nuevo impulso avanzado el verano. El 6 de agosto de 1464, apenas ocho días antes del fallecimiento del pontífice en Ancona cuando esperaba la llegada de las naves venecianas que habrían de participar en la proyectada —y a la postre frustrada— expedición cruzada, el rey comunicaba a los prelados castellanos, al conde de Plasencia don Álvaro de Estúñiga, y a las justicias de las villas y lugares de Andalucía, el Principado de Asturias, la provincia de Guipúzcoa y el condado de Vizcaya, la petición presentada ante Pío II para que la cruzada e indulgencia plenaria otorgada para la lucha contra el Turco fuese reconocida con las mismas condiciones «a todos aquellos que comigo e por mi mandado fuesen contra los moros del reyno de Granada». La misma misiva volvía a prohibir bajo pena de cárcel, pérdida de «naturaleza» y embargo de bienes, la salida del reino de los hombres «de caballo» o «de pie» que habían respondido favorablemente al llamamiento papal, pues de nuevo se informaba de que «se esperavan muy en breve conseguir las mismas graçias e yndulgençias que eran otorgadas en la dicha cruzada».

Una vez más, esta circunstancia se venía a sumar, a decir del rey, al engaño con el que acudían muchos de los combatientes que habían optado por tomar la cruz, instigados por predicadores que no había comprendido y difundido correctamente el contenido de la indulgencia.   Finalmente, a todo ello se añadía el hecho de que, más allá de llegar «perdidos e gastados» a su destino, estos guerreros tampoco conocían la suspensión temporal de la cruzada contra el Turco como consecuencia de la enfermedad del papa y de la falta de compromiso de los reyes y príncipes europeos con el proyecto (152)” (acceso al artículo completo: https://riuma.uma.es/xmlui/handle/10630/29534)

            Y se hace en este artículo de Pablo Ortego, en la nota 152, una referencia a un acta capitular de principios de agosto de 1464, conservada en el Archivo Municipal, cuya reproducción hoy oferecemos junto a la transcripción del profesor Juan Abellán.

Sinopsis del documento conservado en el Archivo Mpal. de Jerez:

         1464-VIII-6, Segovia.- Enrique IV solicita al Papa que la cruzada otorgada para luchar contra los turcos se anule y las indulgencias se apliquen a la guerra contra los moros (AMJF, AC, 1464, fº 113r.-114r.)

(resto de láminas en el facebook del archivo mpal. de jerez)



UN SEÑORITO REVOLUCIONARIO DE JEREZ EN LA SEGUNDA MITAD DEL S. XIX.-

 (del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)


𝗨𝗡 𝗦𝗘𝗡̃𝗢𝗥𝗜𝗧𝗢 𝗥𝗘𝗩𝗢𝗟𝗨𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗥𝗜𝗢 𝗗𝗘 𝗝𝗘𝗥𝗘𝗭 𝗘𝗡 𝗟𝗔 𝗦𝗘𝗚𝗨𝗡𝗗𝗔 𝗠𝗜𝗧𝗔𝗗 𝗗𝗘𝗟 𝗦. 𝗫𝗜𝗫.-

         En la tarde de ayer martes 19 de nov. de 2024, en la 2ª conferencia del X ciclo “El documento del mes del Archivo Municipal de Jerez”, disertó sobre la figura del jerezano José Paúl y Angulo (1842-1892) el profesor Carlos Arenas Posadas (Universidad de Sevilla), autor del libro “En los orígenes del conflicto andaluz. José Paúl y Angulo, biografía de un federalista” (2024).

         Un numeroso público, que llenó la sala del Ateneo de Jerez, pudo oír una amena exposición del profesor Arenas que basculó en alguna medida sobre la intensa, algo vehemente, 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲𝗹 𝗿𝗲𝘃𝗼𝗹𝘂𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗱𝗲 𝗝𝗲𝗿𝗲𝘇 𝗝𝗼𝘀𝗲́ 𝗣𝗮𝘂́𝗹, 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗻̃𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗮𝗹𝗰𝗮𝗹𝗱𝗲 𝗱𝗲 𝗝𝗲𝗿𝗲𝘇 𝗥𝗮𝗺𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗖𝗮𝗹𝗮, y su afán federalista junto a una defensa del republicanismo de tintes social-liberales (pues Paúl pertenecía a la rica burguesía vinatera y terrateniente de Jerez, aunque ya no tan enriquecida como en la primera mitad del siglo XIX).


         El ponente, y el público que preguntó por la cuestión, dijo que no creía, a falta de documentos fehacientes sobre el tan debatido tema, que fuese Paúl y Angulo quien asesinara al general, y primer ministro en ese momento, Juan Prim en la calle del Turco, en Madrid, un 27 de diciembre de 1870. Argumentó que si bien 𝗣𝗮𝘂́𝗹 𝘆 𝗔𝗻𝗴𝘂𝗹𝗼 𝗺𝗮𝗻𝘁𝘂𝘃𝗼 𝘂𝗻𝗮 𝗳𝘂𝗲𝗿𝘁𝗲 𝗼𝗽𝗼𝘀𝗶𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗽𝗼𝗹𝗶́𝘁𝗶𝗰𝗮 𝗮 𝗣𝗿𝗶𝗺 𝗱𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗽𝗮́𝗴𝗶𝗻𝗮𝘀 𝗱𝗲 “𝗘𝗹 𝗖𝗼𝗺𝗯𝗮𝘁𝗲” (https://hemerotecadigital.bne.es/hd/es/card?sid=3681342

), su personalidad de “honor” no le habría permitido un acto semejante. 

         Y mencionó Carlos Arenas la posibilidad de que detrás de ese magnicidio estuvieran otros líderes políticos (general Serrano, Sagasta, Cánovas, Antonio de Orleans duque de Montpensier…). El ponente hizo también interesantes referencias a la presencia de José Paúl y Angulo en la Francia que lucha contra Prusia en la guerra de 1870.

         𝗤𝘂𝗶𝘇𝗮́𝘀 𝗰𝗼𝗺𝗼 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗹𝘂𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗲𝘀𝘁𝗮 𝗺𝘂𝘆 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗲𝘀𝗮𝗻𝘁𝗲 𝗽𝗼𝗻𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝘀𝗲 𝗲𝘅𝘁𝗿𝗮𝗷𝗼 𝗹𝗮 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗹𝘂𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗾𝘂𝗲 la figura de este jerezano político del XIX no es suficientemente conocida en la historia local ni la historiografía de Jerez le había concedido gran relevancia. Un hueco que ha venido a rellenar esta ponencia y la biografía histórica publicada por Carlos Arenas en la editorial El Paseo.




miércoles, 13 de noviembre de 2024

Alcázar de Jerez (fotografías)

(del FaceBook del Archivo Mpal. de Jerez)

ALCÁZAR DE JEREZ (FOTOGRAFÍAS)

De nuestro fondo de documentos familia Díez Lacave, heos seleccionado hoy diez fotografías (algunas de ellas del arquitecto Teodoro Anasagasti en 1927) del Alcázar de Jerez, las cuales pasamos a reporudicir acompañadas de algunos enlaces también ilustrativos sobre el conjunto monumental.



ENLACE 1: UN POCO DE HISTORIA

https://www.jerez.es/webs-municipales/conjunto-monumental-del-alcazar/un-poco-de-historia

https://www.andalucia.org/es/jerez-de-la-frontera-turismo-cultural-conjunto-monumental-del-alcazar-de-jerez-y-camara-oscura

ENLACE 2: WEBS MUNICIPALES

https://www.turismojerez.com/detalle-fichas/alcazar-de-jerez

https://www.jerez.es/webs-municipales/conjunto-monumental-del-alcazar

https://www.jerez.es/webs-municipales/sala-de-prensa/nota-de-prensa/el-alcazar-de-jerez-estrena-una-seccion-especifica-en-jerezes

ENLACE 3: VISTAS DEL CONJUNTO ARQUITECTÓNICO

https://www.ataral.es/inventario.php?id=alcazar-jerez


ENLACE 4: FOLLETO EXPLICATIVO

https://www.jerez.es/fileadmin/Documentos/Alcazar/ALCAZAR_castellano.pdf

ENLACE 5: VÍDEOS

https://www.youtube.com/watch?v=YTPRFjyKoYU

https://www.youtube.com/watch?v=znZarcvngss

https://www.youtube.com/watch?app=desktop&v=XD08iBMeD4U

https://www.youtube.com/watch?v=lxpQEckG9Ro


ENLACE 6: OBRAS DE MEJORA

https://www.jerez.es/webs-municipales/conjunto-monumental-del-alcazar/noticia-simple-de-portada/el-ayuntamiento-inicia-la-licitacion-de-las-obras-de-mejora-y-adecuacion-de-las-instalaciones-de-el-alcazar-de-jerez


ENLACE 7: PLANIMETRÍA DE LA MEZQUITA y HAMMAN

https://digital.csic.es/handle/10261/179586

https://www.ataral.es/inventario.php?id=qubba-palatina-jerez

https://www.academiacolecciones.com/arquitectura/inventario.php?id=AA-310_04

https://www.ataral.es/inventario.php?id=hammam-alcazar-jerez

ENLACE 8: EXCAVACIONES (1988)

https://digibug.ugr.es/bitstream/handle/10481/30270/CEM-014-015.001-Art%C3%ADculo-001.pdf?sequence=1&isAllowed=y



ENLACE 9: HISTORIA DEL ALCÁZAR

https://www.cehj.es/app/download/6356379/MONGUI%C3%93-H%C2%AA+ALC%C3%81ZAR.pdf

https://www.agricolajerez.com/es/category/historia-y-temas-de-jerez/product/historia-del-alcazar-de-jerez-de-la-frontera

https://www.cehj.es/app/download/6356648/ALCOCER-NOTICIAS+ALCAZAR+JEREZ+s.+XIII-XVI.pdf

ENLACE 10: CÁMARA OSCURA

https://www.jerez.es/webs-municipales/conjunto-monumental-del-alcazar/camara-oscura



resto de fotografías en el Facebook del Archivo Mnicipal de Jerez

martes, 12 de noviembre de 2024

En los orígenes del conflicto andaluz (conferencia de Carlos Arenas, Jerez 19-11-2024)

 𝗖𝗢𝗡𝗙𝗘𝗥𝗘𝗡𝗖𝗜𝗔 𝗗𝗘 𝗖𝗔𝗥𝗟𝗢𝗦 𝗔𝗥𝗘𝗡𝗔𝗦:

"José Paúl y Angulo (Jerez, 1842-París, 1892). Un referente de otra Andalucía".

Martes 19-11-2024 a las 19,30 en el Ateneo de Jerez, dentro de la programación del X ciclo "𝗘𝗹 𝗱𝗼𝗰𝘂𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗺𝗲𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗔𝗿𝗰𝗵𝗶𝘃𝗼 𝗠𝘂𝗻𝗶𝗰𝗶𝗽𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗝𝗲𝗿𝗲𝘇".


lunes, 11 de noviembre de 2024

Efemçerides jerezanas (2ª oct. + 1ª nov.)


(del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

EFEMÉRIDES JEREZANAS (2º OCTUBRE Y 1ª NOVIEMBRE).-

LÁMINA 1

17/10/1698: alcaidía del Real Alcázar en don Lorenzo de Villavicencio

18/10/1469: título de señor al duque de Medina y duque de Cádiz al conde de Arcos

19/10/1754: procesión del Señor Sacramentado

20/10/1477: Juan de Robles, corregidor de Jerez

20/10/1580: Jerez pretende la restitución de su obispado

21/10/1733: Pleito contra los compradores de tierras en el término

22/10/1390: procuradores de Jerez a las cortes del reino a celebrar en Madrid


LÁMINA 2

23/10/1407: Sale el pendón de Jerez llevado con Juan de Melgarejo

24/10/1816: consagrada la iglesia de la Merced en honor de san Pedro Pascual

25/10/1500: Sevilla escribe a Jerez preguntando por el procedimiento de las contías

26/10/1740: el archivero de Simancas escribe a Jerez sobre Jerez Sidonia

27/10/1339: Sale Diego Fernández de Herrera para matar al infante Abu Malik

29/10/1268: privilegio de los 40 caballeros del feudo

29/10/1754: ampliación de la capilla de la Yedra

26/10/1340: Ganan Jerez y Lorca el pendón de Benimerín

31/10/1611: Patronato benéfico de Pablo Núñez para pobres vergonzantes, niños expósitos, etc.

1/11/1755: efectos del terremoto en Jerez

2/11/1823: Terán y su partida presos en el cortijo de Casarejos


LÁMINA 3

4/11/1281: el rey concede a Jerez los bienes mostrencos, mesteños y abintestatos

5/11/1507: 4 aranzadas de viña a favor del convento de Santo Domingo

6/11/1267: carta de remisión de los 40 caballeros del feudo

7/11/1477: el Marqués de Cádiz compra las torres de Gigonza y de Lopera

8/11/???5: el cabildo compra la casa de la puerta del Arroyo

9/11/1469: vínculo de Álvar Núñez Cabeza de Vaca

10/11/1596: Canongía lectoral de la iglesia colegial

11/11/1648: Jerez pide restitución del voto en cortes

12/11/1339: sepultado en San Marcos Diego Fernández de Herrera

13/11/1661: Nacimiento del príncipe don Carlos

13/11/1740: corregidor Próspero Jurado


LÁMINA 4

14/11/1391: diputados de Jerez a cortes

14/11/1779: prohibición del teatro en Jerez

15/11/1489: Llega a Jerez el obispo de Tiberia

16/11/1591: Venta de tierras baldías en Jerez

16/11/1727: estreno de la iglesia del Carmen

Las Efemérides xerezanas las publicó 𝗠𝗮𝗻𝘂𝗲𝗹 𝗕𝗲𝗹𝗹𝗶𝗱𝗼, en el periódico El Guadalete, entre 1890 y 1892. Un ejemplar de las mismas (además de en la prensa local citada) en: 𝗔𝗠𝗝𝗙, 𝗦𝗠, 𝟮𝟱-𝟯𝟴𝟵.







domingo, 10 de noviembre de 2024

Venta de 200 arrobas de vino en la collación de San Miguel (Jerez, 1500).-

(del FaceBook del Archivo mMpal. de Jerez)

𝗣𝗘𝗥𝗠𝗜𝗦𝗢 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗩𝗘𝗡𝗗𝗘𝗥 𝟮𝟬𝟬 𝗔𝗥𝗥𝗢𝗕𝗔𝗦 𝗗𝗘 𝗩𝗜𝗡𝗢 𝗘𝗡 𝗟𝗔 𝗖𝗢𝗟𝗟𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗦𝗔𝗡 𝗠𝗜𝗚𝗨𝗘𝗟 (𝗝𝗘𝗥𝗘𝗭, 𝟭𝟱𝟬𝟬).-

Los profesores (UCA) Emilio Martín y Enrique José Ruiz dicen en su libro “El viñedo en Jerez durante el siglo XV”:

“La venta del vino de una collación a otra necesitaba del permiso expreso del concejo. En las Actas Municipales es frecuente localizar las peticiones y licencias correspondientes. En el año 1500, por ejemplo, la ciudad permitía que Antón del Alcázar, avecindado en la collación de San Dionisio, vendiese 200 arrobas de vino en la de San Miguel.

El vino procedía "de su cosecha y viñas e labranfas". Aceptando la normativa vigente, Antón del Alcázar juró que el vino era de sus propiedades y "que no lo compró para tornar a vender e que non venderá con ello otro vino alguno de otra persona alguna"

Para nuestros lectores nos hemos entretenido en transcribir una de esas licencias de venta de vino de una collación a otra citada por ambos profesores.

TRANSCRIPCIÓN

Archivo Municipal de Jerez de la Frontera, Actas Capitulares, Año 1500, fol. 17v.: 𝗟𝗶𝗰𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗮 𝗔𝗻𝘁𝗼𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗔𝗹𝗰𝗮𝘇𝗮𝗿 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝘃𝗲𝗻𝗱𝗲𝗿 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝟮𝟬𝟬 𝗮𝗿𝗿𝗼𝗯𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝘃𝗶𝗻𝗼 𝗱𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗰𝗼𝗹𝗹𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗦𝗮𝗻 𝗗𝗶𝗼𝗻𝗶𝘀𝗶𝗼 𝗮 𝗹𝗮 𝗰𝗼𝗹𝗹𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗦𝗮𝗻 𝗠𝗶𝗴𝘂𝗲𝗹.

Liçençia vino

Los dichos señores a petiçion y suplicaçion de Anton del Alcaçar / fijo de Anton martines del Alcaçar ya difunto dieron liçençia al dicho / Anton del Alcaçar para que pueda mudar e llevar e vender de la collaçion / 5 de sant dionis desta çibdad onde mora e es veçino a la collaçíon de sant / miguell desta çibdad contia de 𝗳𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗱𝗼𝘀𝗶𝗲𝗻𝘁𝗮𝘀 𝗮𝗿𝗿𝗼𝘃𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝘃𝗶𝗻𝗼 𝗾𝘂𝗲 𝗱𝗶𝘅𝗼 / 𝗾𝘂𝗲 𝗲𝗿𝗮𝗻 𝗱𝗲 𝘀𝘂 𝗰𝗼𝘀𝗲𝗰𝗵𝗮 𝘆 𝘃𝗶𝗻̃𝗮𝘀 𝗲 𝗹𝗮𝗯𝗿𝗮𝗻ç𝗮 𝗷𝘂𝗿𝗮𝗻𝗱𝗼 𝗾𝘂𝗲 𝗲𝘀 𝘀𝘂𝘆𝗼 𝗽𝗿𝗼𝗽𝗶𝗼 / 𝘆 𝗱𝗲 𝘀𝘂𝘀 𝘃𝗶𝗻̃𝗮𝘀 𝗲 𝗰𝗼𝘀𝗲𝗰𝗵𝗮 𝘆 𝗾𝘂𝗲 𝗻𝗼 𝗹𝗼 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗿𝗼 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝘁𝗼𝗿𝗻𝗮𝗿 𝗮 𝘃𝗲𝗻𝗱𝗲𝗿 e que / non vendera con ello otro vino alguno de otra persona alguna confo- / 10 rme e so la pena de la ordenança desta çibdad, salidos del dicho cabillo fue leyda delante al dicho Anton del Alcaçar la ordenanza que esta / çibdad tiene fecha çerca de lo susodicho y leyda y seyendo çerteficado / de lo en ella contenido juro en forma de derecho de tener e guardar e con- / plir lo contenido en la dicha ordenança çerca del vender del dicho / 15 su viono so la pena en ella contenida.



jueves, 7 de noviembre de 2024

Primeras palabras del alcalde de Jerez Ramón de Cala (1868).-

 (del FaceBook del Archivo Mpal. de Jerez)


PRIMERAS PALABRAS DE RAMÓN DE CALA, ALCALDE DE JEREZ (REVOLUCIÓN DE 1868).-

Manuel Ruiz Romeroescribe en su artículo “Ramón de Cala y Barea (1827-1902): democracia radical, soberanía y fderalismo” (acceso: https://www.academia.edu/38832861/RAMÓN_DE_CALA_Y_BAREA_1827_1902_DEMOCRACIA_RADICAL_SOBERANÍA_Y_FEDERALISMO)

         “Tras estos acontecimientos, Ramón de Cala pasa de la cárcel a convertirse, primero en vocal de la Junta Provincial Revolucionaria de Cádiz, más tarde en el Presidente de su homóloga jerezana, una vez -el 20 de septiembre de aquel revolucionario año- la ocupan tropas implicadas en el levantamiento de la capital. El 25 de octubre de 1868 Cala es nombrado alcalde del «Ayuntamiento provisional» de su ciudad (10) / Nota 10: Así consta en el Libro de Plenos del Archivo Municipal de Jerez de dicha fecha. No obstante, su presencia al frente de dicha Corporación lo es hasta el 14 de noviembre de ese año”.

Damos a conocer hoy, tomadas del acta de cabildo donde se le nombra alcalde de Jerez (domingo 25 de octubre de 1868), las primeras palabras de la imponente personalidad del jerezano Ramón de Cala:

         “Ciudadanos, preparaos con el mayor orden posible y con la más absoluta libertad de conciencia, a poner en práctica nuestros más preciosos derechos; pero preparaos también desde ahora a acatr el fallo definitivo de los representantes del país. Todas las cuestiones son hoy libres; todo está hoy sugeto a discusión; pero el desorden, la violencia y la malicia son armas del despotismo, no de la libertad. Predicad y conservad el orden público, mantened vuestra dignidad de ciudadanos sin mancilla, respetad hasta la sombra de la propiedad agena, respetad todas las creencias, respetad todos los poderes que interinamente se han constituido y guarden con religioso escrúpulo para el día de mañana el mayor de vuestros respetos: el respeto a la Ley. Pasó la hora de las ruidosas manifestaciones, y ya es tiempo de que digamos con el corazón y con los hechos más que con la palabra Viva la Soberanía de la Nación, viva el sufragio universal, y fuera, fuera del patrio suelo la estirpe toda de los Borbones. Jerez, 25 de octubre de 1868. El Presidente, Ramón de Cala”

      Del autor citado, y también sobre Ramón de Cala, véase tb.: https://www.centrodeestudiosandaluces.es/publicaciones/descargar/799/documento/2424/AH_62.pdf)

(resto de láminas en el facebook del Archivo Municipal de Jerez)



miércoles, 6 de noviembre de 2024

Agua en el lagar y botas de vino de Jerez (1483).-

(del FaceBook del Archivo Mpal. de Jerez)

QUE NADIE ECHE AGUA EN EL LAGAR Y SE MARQUEN CON EL SELLO DE JEREZ LAS BOTAS DE VINO A MERCADEAR (1483).-

      Las preciosas ordenanzas del vino de Jerez de 12 de agosto de 1483 (que nuestros lectores pueden descargarse editada en facsímil en la web del Archivo Mpal.: https://www.jerez.es/fileadmin/Documentos/Archivo_Municipal/ORDENANZAS_DEL_VINO.pdf) contienen cuatro reglas o mandamientos que dicen así:

Que no echen agua en el lagar.

      Yten hordenamos y mandamos que ninguna presona sea / osada de echar agua en el lagar ni en las botas que se / han de cargar so pena de caer en caso de engañador.

Que la rasa sea fina a vista de los diputados.

      Yten hordenamos y mandamos que ninguna presona sea / osada de echar rasa en las botas que fi siere sy no fuere / tan buena y tan fyna que sea vista y esaminada por nos / los dichos diputados o por quien nos por nos pusyeremos / que la vean e den liçençia para ello.

Que las botas sean de treinta arrovas de la medida vieja.

      Yten hordenamos y mandamos que ningund tonelero / de los desta çibdad sea osado de faser botas para ningund / mercader en que aya de llevar los dichos vinos de mas nin / de menos de treinta arrovas de la medida vieja.

Que las botas sean selladas con el sello desta çibdad.

      Yten hordenamos y mandamos que ningund vezino sea osado / de entregar ningunas botas a ningund mercader nin / mercaderes que gelas tenga compradas syn que sean sella- / das con el sello desta çibdad por la presona que nos para ello / pusyeremos so las penas de iuso escriptas

El original de este notable y tan significativo documento se conserva en el Archivo Municipal de Jerez, Actas Capitulares, 1483, ago., 12



martes, 5 de noviembre de 2024

Gonzalo de Cervantes abre puertas en Jerez (1500).-

(del facebook del Archivo Mpal. de Jerez)


𝗚𝗢𝗡𝗭𝗔𝗟𝗢 𝗗𝗘 𝗖𝗘𝗥𝗩𝗔𝗡𝗧𝗘𝗦 𝗔𝗕𝗥𝗘 𝗣𝗨𝗘𝗥𝗧𝗔𝗦 𝗘𝗡 𝗝𝗘𝗥𝗘𝗭 (𝟭𝟱𝟬𝟬).-

         El corregidor Gonzalo de Cervantes dijo que para que Jerez no estuviera tan dificultada por su muralla e impedida de una comunicación fluida entre el interior y el exterior, que se abrieran puertas en su muralla: una "cerca del caño de la villa" y la otra "al postigo que abrió el marqués de Cádiz".

         Ofrecemos hoy el documento original y la transcripción que aparece en el libro de Emilio Martín y Enrique Ruiz "El viñedo en Jerez durante el siglo XV" (Ed. Peripecias, Jerez, 2019, p. 38)




domingo, 3 de noviembre de 2024

LOS DOCUMENTOS MEDIEVALES DEL ARCHIVO MUNICIPAL DE JEREZ.-

https://www.youtube.com/watch?v=sVSNgjKq4j4

Conferencia del dr. Juan Abellán, 27-10-2015

ciclo de conferencias organizado entre el Archivo Mpal. y el Ateneo de Jerez




miércoles, 30 de octubre de 2024

PLANIMETRÍA DEL ACUEDUCTO DE TEMPUL (1877).-

(DEL FACEBOOK DEL ARCHIVO MPAL. DE JEREZ)

Memoria relativa á las obras del acueducto de Tempul, para el establecimiento de aguas a Jerez de la Frontera. Tomo 3, Atlas / por Ángel Mayo
Series Anales de obras públicas
Madrid : s.n., 1877 / 11 h. de planos pleg. ; 47 cms.

RESTO DE LÁMINAS EN EL FACEBOOK DEL ARCHIVO MUNICIPAL





martes, 29 de octubre de 2024

"LA APLICACIÓN DEL ODIADO IMPUESTO DE CONSUMOS EN jEREZ (AÑOS 1880)" (JAVIER MALDONADO / VÍDEO)

𝗩𝗜́𝗗𝗘𝗢 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗜𝗠𝗘𝗥𝗔 𝗖𝗢𝗡𝗙𝗘𝗥𝗘𝗡𝗖𝗜𝗔 𝗗𝗘𝗟 𝗫 𝗖𝗜𝗖𝗟𝗢

“El documento del mes del Archivo Mpal. de Jerez” (2024-2025):

Javier Maldonado Rosso: 'La aplicación del odiado Impuesto de Consumos en Jerez (años 1880)' (martes 15/10/2024)

https://www.youtube.com/watch?v=b-serifY5jo


Los monjes de la cartuja reclaman una herencia (1478).-

(del FaceBook del Archivo Mpal. de Jerez) 


LOS MONJES DE LA CARTUJA RECLAMAN UNA HERENCIA (JEREZ, 1478).-

En el “Registro General del Sello” del Archivo General de Simancas se encuentra un documento titulado “Amparo a favor del monasterio de Santa María de la Cartuja de Jerez” (Córdoba, 1478, nov., 24) -RGS,LEG,147811,25-, cuyo alcance y contenido es (según la web de dicho archivo): “Amparo a favor del monasterio de la Cartuja de Jerez de la frontera, defendiéndoles en virtud de cierta ley que se cita, en la posesión de la herencia que fuele dejada por un licenciado vecino de la ciudad. Consejo”.

No sabemos si este documento se refiere a Álvaro Obertos de Valeto, ya que en él no se menciona su nombre y además en el texto se alude a un “licenciado”, cuando al parecer la ocupación principal del fundador de la Cartuja era la de militar.

En este documento, el prior y monjes del monasterio se dirigen al rey para decirle que, para evitar pleitos, se considere la donación del licenciado como definitiva e inamovible en beneficio de dicha cartuja.

Respecto al licenciado Álvaro Obertos de Valeto (véase: https://dbe.rah.es/biografias/7136/alvaro-obertos-de-valeto) es sabido que falleció en marzo de 1482 y que no tenía descendientes cuando hizo disposiciones testamentarias.

Es conocido también, respecto a Obertos de Valeto (que podría no ser la persona aludida en el documento) que: “No obstante, a su muerte surgieron serias trabas, pues la criada de Álvaro, Elvira Rodríguez de Villasandino, presentó un testamento (que después se demostró falso) por el que la nombraba heredera universal. Tras un largo pleito en el que la Orden Cartujana invirtió muchísimo dinero, triunfó la verdad” (M. Romero Bejarano, en: https://dbe.rah.es/biografias/7136/alvaro-obertos-de-valeto) 

TRANSCRIPCIÓN 

AGS, “Registro General del Sello”, “Amparo a favor del monasterio de Santa María de la Cartuja de Jerez” (Córdoba, 1478, nov., 24) -RGS,LEG,147811,25

fº 1

Don ferrando e dona ysabel etc a vos juan de robles mi / allcalde e corregidor de la muy noble çibdad de xeres de / la frontera salud e graçia sepades quel prior e con-/ vento e frayles de santa maria de cartuja de esa dicha / 5 çibdad nos fisyeron Relaçion por su petiçion que an- / te nos en el nuestro qonsejo presentaron disyendo que un liçen- / çiado natural de esa dicha çibdad estando proximo / a la muerte de su voluntad e entendimiento sano por / devoçion movido e porque oviese quien por su anima / 10 fisyese memoria e oraçion espeçial a nuestro señor / que dexo todos sus byenes Rayses e muebles a la / dicha casa de santa maria de cartuxa para su ayuda / con que se fesyese, el qual dicho liçençiado dis que no ovo / fijos nin otros deçendientes algunos que forçosamen- / 15 te dependiesen nin deviesen heredar como quiera que dis / que dexo padre e porque a ellos dis que es cosa muy / trabajosa e a su Religion enemiga aver de an- / dar en pleitos porque dis que la ley primera del titulo / de las sentençias del fuero de las leyes di- / 20 spone quel que fijos o nietos o dende ayuso non / toviera de bendiçion nin algunos fijos ayan derecho de he- / redar quel tal pueda faser de lo suyo todo lo que / qusiera e no ge lo puedan enbargar padre nin ma- / dre nin otro pariente alguno, por ende que nos su- / 25 plicava e pedia por merçed que les mandasemos / declarar la dicha ley e lo que se devia faser por / ella e que sobre ello les proveyesemos de Reme- / dio con justiçia o como la nuestra merçed fuese e nos / tovimoslo por bien porque vos mandamos / 30 que veays la dicha ley del fuero que çerca desto fa- / bla e llamadas e oydas las partes ayades vuestra

fº 2

ynformaçion de como e en que manera la dicha ley se suele / e acostunbra guardar en esa dicha çibdad de xeres y / en el arçobispado de sevilla e avida la dicha in- / 35 formaçion fagays guardar la dicha ley segund e / por la forma que fallaredes que sea fasta a- / qui fasyendo e administrando sobre ello breve- / mente conplimiento de justiçia al dicho monesterio por / manera que la aya e alcançe e por defecto della / 40 no se nos aya mas de venir a quexar e non / fagades ende al por alguna manera / so pena de la nuestra merçed e de dies mill maravedies / para la nuestra camara e demas mandamos / al ome que vos esta nuestra carta mostrare que vos / 45 enplase que parescades ante nos en la nuestra corte / do quier que nos seamos del dia que vos enplasare / fasta quinse dias primeros siguientes so la dicha / pena so la qual mandamos a qualquier escrivano publico / que parta esto fuere llamado que de ende al que gela mo- / 50 strare testimonio sygnado con su sygno por que / nos sepamos e como se cunple nuestro mandado, / dada en la dicha çibdad de cordova a veynte e quatro / dias del mes de novienbre año del nasçimiento del / nuestro salvador ihesuchristo de mill e quatroçientos e setenta / 55 e ocho años, __ fernandes / manrrique __ dottor joanes dotor __ liçen- / çiaty e yo alonso del marmol escrivan de camara / del Rey e de la Reyna nuestro señores la fis escrevir / por su manfdado con acuerdo de los del su qonsejo.




domingo, 27 de octubre de 2024

Deuda a un pichelero de Jerez (1540).-

 (del Facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

𝗗𝗘𝗨𝗗𝗔 𝗔 𝗨𝗡 𝗣𝗜𝗖𝗛𝗘𝗟𝗘𝗥𝗢 𝗗𝗘 𝗝𝗘𝗥𝗘𝗭 (𝟭𝟱𝟰𝟬).-


         Un pichelero es un artesano que fabrica picheles. PICHEL: “vaso alto y redondo, ordinariamente de estaño, algo más ancho del suelo que de la boca y con su tapa engoznada en el remate del asa” (diccionario RAE).


         Pues bien,
𝗱𝗼𝘀 𝗰𝗮𝗹𝗱𝗲𝗿𝗲𝗿𝗼𝘀 𝗿𝗮𝗱𝗶𝗰𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗝𝗲𝗿𝗲𝘇, 𝗝𝘂𝗮𝗻 𝗙𝗿𝗮𝗻𝗰𝗶𝘀𝗰𝗼 𝘆 𝗔𝗻𝘁𝗼́𝗻 𝗙𝗲𝗿𝗻𝗮́𝗻𝗱𝗲𝘇 (𝗳𝗿𝗮𝗻𝗰𝗲́𝘀), 𝘃𝗲𝗰𝗶𝗻𝗼𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗱𝗶𝘀𝘁𝗿𝗶𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗦𝗮𝗻 𝗠𝗶𝗴𝘂𝗲𝗹, 𝗱𝗲𝗯𝗶́𝗮𝗻 𝗮𝗹 𝗽𝗶𝗰𝗵𝗲𝗹𝗲𝗿𝗼 𝗕𝗲𝗿𝗻𝗮𝗹 𝗚𝘂𝗶𝗻𝗼𝘁𝗲 𝟰 𝗱𝘂𝗰𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗼𝗿𝗼 que este les había prestado. Los 1.500 maravedies que valían esas 4 monedas los dos caldereros debían devolvérselos al pichelero (la escritura pone “pichillero”) en un plazo no mayor al de dos meses siguientes a la fecha de la escritura (3 de febrero de 1540).


         Un calderero podía fabricar ollas, candiles, platos de metal, vasijas diversas de latón, etc. Es posible pues que el pichelero estuviera de algún modo consorciado con los caldereros para producir picheles en Jerez; es decir, el pichelero (un oficio más especializado) les prestaba un dinero a los caldereros a cambio de productos manufacturados a precio convenido más bajo, siendo ese precio convenido más bajo el interés del préstamo que no aparece en la escritura (lo que aparece es: "por hazernos plazer e buena obra"), pero que se supone.


         Puede que los caldereros hicieran la parte menos especializada del proceso de fabricación del pichel, y el maestro hacedor de este tipo específico de vasos rematara la faena con su acabado.

TRANSCRIPCIÓN

         Archivo Mpal. de Jerez, Archivo Histórico de Protocolos Notariales de Jerez, Rodrigo de Rus, 1540, Jerez, feb., 3: Reconocimiento de deuda de 4 ducados de oro de los candeleros Juan Francisco y Anton Fernandez al pichelero Bernal Guinote, vecinos de Jerez.

Debdo. Sepan quantos esta carta vyeren como yo juan françisco e yo Anton / ferrandes françes caldereros vesinos que somos desta muy noble e muy / leal çibdad de xeres de la frontera en la collaçion / de san miguel nos anbos a dos de mancomun e a bos de / 5 uno e cada uno de nos por si e por el todo renunçiando como / espresamente renunçiamos la ley del duobus res de bendy / y el benefiçio de la diviçion y el avtentica presente de fide jusoribus / otorgamos e conoçemos que devemos dar e pagar a vos bernal guinote / pichillero vecino desta çibdad questades / 10 presente conviene a saber quatro ducados de oro e de justo peso / que suman e montan mill e quinientos maravedies los quales vos nos prestas- / tes por hazernos plazer e buena obra e estan en nuestro poder / de que somos contentos y entregados a toda mi voluntad en razon / de lo qual renunçio la esevçion e querella de los dos años que / 15 ponen las leyes en derecho y en razon de la pecunia de la cosa non / vista ni contada ni reçibida ni pagada e todas las otras leyes de la / paga como en ella se contiene los quales dichos quatro ducados / de oro deste dicho debdo nos obligamos e prometemos de / mancomun segund dicho es de vos ge los dar e pagar de oy dia / 20 de la fecha desta carta en dos mezes primeros siguientes en esta / çibdad bien e cunplidamente syn pleyto ni dilaçion alguna / so pena del doblo e costas por ynteres e demas desto sy / lo ansy no tuviere ni pagare ni cunpliere por esta presente carta / damos e otorgamos todo poder conplido a qualesquier alcaldes / 25 e juezes e justiçias ansy desta dicha çibdad como de / otras partes para que por todos los remedios e rigores / del derecho nos constringan conpelan e apremien a lo ansy tener / e pagar e guardar e cunplir ansy por via de entrega e __ como / en otra qualquier manera que mejor e mas lugar aya de derecho bien ansy / 30 e tan cunplidamente como si sobre lo que dicho es fuese dada sentençia / difinitiva e aquella quedose consentida por las partes / en juysio e pasada en cosa judgada e para lo ansy tener e pagar e / guardar e cunplir obligamos nuestras personas e todos nuestros bienes / muebles e rayzes avidos e por aver, fecha la carta en la dicha / 35 çibdad de xeres de la frontera en la plaça de san dionis della / a tres dias del mes de febrero año del nasçimiento del nuestro / salvador ihesuchristo de mill e quinientos e quarenta / años testigos que fueron presentes juan de porras escrivano / de xeres que firmo por los dichos juan françisco e anton fernandes / 40 françes otorgantes e a su ruego en el registro / e juan gaytan de lara alcalde hordinario desta çibdad / e diego caçorla escrivano vesinos desta çibdad

A ruego de los susodichos e por testigo

Juan de porras escrivano de xeres

Rodrigo de rus escrivano publico




jueves, 24 de octubre de 2024

Plano del puente de Cartuja (Jerez, 1776).-

(del facebook del Archivo Mpal. de Jerez)

PLANO DEL PUENTE DE CARTUJA (JEREZ, 1776).-

En el Archivo Municipal de Jerez se conservan los siguientes expedientes sobre arreglo del puento de la Cartuja entre 1767 y 1778: 1) L. 151, exp. 4603: Que el Maestro Mayor de Obras reconozca el Puente de la Cartuja y diga lo necesario para reparar alcantarillas camino del Puerto, 1768; 2) L. 151, expe. 4605: Autos de las obras en el Puente de Cartuja, 1767-1772; y 3) L. 151, exp. 4608: Obra y composición del Puente de Cartuja (planos), 1778.

𝗘𝗹 𝗽𝗹𝗮𝗻𝗼 𝗱𝗲 𝗠𝗮𝗻𝘂𝗲𝗹 𝗱𝗲 𝗚𝗼𝗱𝗼𝘆 𝗲𝘀𝘁𝗮́ 𝗱𝗮𝘁𝗮𝗱𝗼 𝗲𝗻: 𝗫𝗲𝗿𝗲𝘇, 𝟭𝟳𝟳𝟲, 𝗱𝗶𝗰., 𝟯



“De esta forma, y según se ve en el AMJF en su Leg 151 Exp 4608 de 1778, se solicita licencia por Célula Real para la reparación del puente llamado de la Cartuja según plano y proyecto formado por el arquitecto D. Manuel Godoy por un valor de 18.525 reales de vellón y 17 maravedíes a abonar por los pueblos de la zona (en un radio de 20 leguas) en proporción. Las obras son las que ya se reseñaban en el primer expediente, dos pilares en mal estado, calzada en mal estado y peligro de ruina del único puente que unía las dos riberas del Guadalete. El informe de Godoy es muy completo y donde cabe destaca su opinión de que es más lógico conservar este que no hacer uno nuevo debido a que es usado por las fuerzas militares de la nación. El proyecto presentaba la necesidad de tener que desviar el paso del agua por ese pilar y también levantar un puente de madera para no cortar el transito. En este mismo informe reconoce que se han realizado buenas labores de reparación que no han llegado nunca a solucionar el problema por motivos ajenos a los maestros de obras, a la par comenta que la última intervención de D Pedro de Cos había evitado la caída del puente.

Manuel Godoy, arquitecto por entonces de la catedral de Jaén quien estaba levantado su Sagrario dice de el puente en su informe: “…para la conservación del edificio, que es uno de los mejores que hay en España, y su fábrica de los más bien construido que ha visto…propone hacerse más bien cargo de ella”. La obra comienza el 23 de abril de 1778 y concluye en 1788 pero ya bajo la dirección de D Manuel Machuca y Vargas arquitecto designado por la Real Academia de las Artes de San Fernando para concluir la obra tras la muerte en 1781 del arquitecto D. Manuel Godoy” (texto en: https://www.xerflonarqueologos.es/wp-content/uploads/2017/06/El-Puente-de-la-Cartuja-1.pdf)

Al dorso del plano leemos:

Es copia de su original que se remitio al Supremo Consejo de Castilla, de donde se ha debuelto firmado del sr. d. Antonio Martínez Salazar Secretario de Cámara, el qual en este dia en orden de Providencia del sr. Correxidor en los autos formados en punto a obra del Puente de Cartuja se ha entregado a el Arquitecto d. Manuel Machuca y Vargas para evaquar el encargo que en razon del mencionado Puente le ha hecho dicho Supremo Tribunal. Xerez de la Frontera y febrero catorce de mil settecientos ochenta y ocho.

Véase:

“Estampas del puente de Cartuja. Cuatro siglos de imágenes”

 https://www.entornoajerez.com/2017/11/estampas-del-puente-de-cartuja-cuatro.html